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Friday, May 24, 2013

instrucción para tramitar asistencia familiar

INSTRUCCIÓN DE PODER
OTORGARA: El(la) Sr.(a) , Con C.I. No. , (e. Civil), con Domicilio en , ocupación , hábil por derecho.-
A FAVOR DE: El(la) Sr.(a) , Con C.I. No. , (e. Civil), con Domicilio en , ocupación , hábil por derecho.-
OBJETO: Para que para que en representación de sus personas, acciones y derechos inicie demanda de asistencia familiar contra el señor ___________________________, a favor de su hijo(a) ___________________ de ___ años de edad; apersonarse ante el juzgado en que radique la causa, y prosiga el proceso en todos sus grados e instancias hasta su conclusión.- MAS PODER.- Para asistir a audiencias preliminares, con voz y voto y plena facultad por los mandantes para conciliar, solicitar y/o fijar montos de asistencia familiar (si el caso fuera: “____y pedir la homologación de acuerdo transaccional”); cobrar por la asistencia familiar en efectivo, cheque, deposito judicial.- - - - -MAS PODER.-  Para emplazar a confesiones provocadas y deponer las que se emplazaren al poder conferente.- A los efectos señalados, se le amplié todas las facultades inherentes, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 62 del Código de Procedimiento Civil y 811 Parte II del Código Civil, y que de manera únicamente enunciativa se describe: Para apersonarse, iniciar y proseguir proceso de asistencia familiar e imprima tramite en todos sus grados e instancias hasta su conclusión.- Presentar memoriales, pedir la exhibición, confrontación y cotejo de documentos, solicitar y asistir a audiencias de conciliación, audiencias preliminares, audiencias complementarias e inspecciones con voz y voto, solicitar exámenes técnicos, médicos, psicológicos y los que fueren necesarios, solicitar y designar peritos, rechazar y observarlos, pedir ordenes instruidas, exhortos, comisiones, declinatorias de jurisdicción y competencia, ofrecer y producir toda clase de pruebas documentales, testifícales, periciales, certificaciones, fotocopias legalizadas, grabaciones magnetofónicas, objetar, tachar las de contrario; cobrar dineros por concepto de asistencia familiar, sea en efectivo, en cheque y/o deposito judicial; tramitar cualquier medida precautoria o medida provisional necesaria y conveniente, solicitar mandamientos, pedir habilitación de días y horas extraordinarias; presentar juramentos de desconocimiento de domicilio, citar por edictos, citar por cédulas, emplazar a confesiones judiciales provocadas, absolver con derecho a voz y voto las que emplacen a confesión judicial al mandante, aceptar formas de pago de asistencia familiar, pedir y observar liquidaciones, pedir arraigos contra la demandante, responder todo tipo de demandas, proponer toda clase de excepciones, responder con plena facultad traslados corridos, pedir y plantear incrementos de asistencia familiar, plantear nulidad de obrados, interponer recursos ordinarios y extraordinarios sin limitación ni exclusión alguna, tales como apelaciones de sentencias, de Autos Definitivos, Decretos y toda clase de Autos Interlocutorios, interponer enmiendas, complementaciones, explicaciones, reposiciones de autos y decretos, alternar apelaciones ante negativas y otros, recurrir de nulidad, recurrir de casación, excusar, recusar, compulsar, solicitar declinatorias de jurisdicción y competencia, ejecutar sentencias, transar con las más amplias facultades y suscribir acuerdos transaccionales, suscribir reconocimientos de firmas, firmar y presentar desistimientos en el mencionado proceso, alegar nuevos hechos, contestar excepciones en audiencia con voz y voto, interrogar y contrainterrogar a testigos, peritos y otros. Ocurrir ante autoridades administrativas, familiares, judiciales, laborales, políticas, civiles y militares, presentar toda clase de memoriales, formular reclamos y observaciones, solicitar certificaciones, informes, dictámenes, resoluciones, copias legalizadas, fotocopias, testimonios.- Interponer Acciones de defensa, Acciones de Libertad, de amparo constitucional, de Inconstitucionalidad, de cumplimiento, franqueados por la Constitución Política del Estado.- En suma  hacer cuanto sea necesario al  éxito  del presente mandato, sin que por falta de facultad expresa alguna, deje de surtir sus efectos, ni se alegue falta de personería en el(la) apoderado(a).-

Cochabamba .-

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