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Tuesday, December 31, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XVI

TRIGESIMA TERCERA.- (DERECHOS DE PATENTE). El PROVEEDOR asume responsabilidad de manera ilimitada y permanente en caso de reclamos de terceros por transgresiones a derechos de patente, marcas registradas, o diseño industrial causados por la adquisición y utilización de los BIENES o parte de ellos en el Estado Plurinacional de Bolivia. 
TRIGESIMA CUARTA.- (MANUALES DE OPERACION, MANTENIMIENTO Y REPARACION). (Esta cláusula debe aplicarse cuando por el tipo de adquisición, corresponda) Junto con los BIENES objeto del Contrato, el PROVEEDOR entregará al primero los correspondientes manuales de operación, mantenimiento y reparación. En lo posible, los manuales originales deberán ser escritos en idioma castellano, y cuando éstos no estuvieran disponibles en idioma castellano, el PROVEEDOR entregará un ejemplar traducido. (Adecuar esta cláusula de acuerdo con el requerimiento de manuales indicado en las especificaciones técnicas contenidas en el DBC). 
TRIGESIMA QUINTA.- (RECEPCION DEFINITIVA). Dentro del plazo previsto para la adquisición, se hará efectiva la entrega definitiva de los BIENES objeto de la adquisición, a cuyo efecto, la ENTIDAD designará una Comisión de Recepción, a esta comisión le corresponderá verificar si los BIENES provistos concuerdan plenamente con las Especificaciones Técnicas de la propuesta aceptada y el Contrato (en caso que los BIENES provistos deban entregarse funcionando, deberá hacerse constar que la comisión de recepción debe realizar las pruebas de operación). Del acto de recepción definitiva se levantará el Acta de Recepción definitiva, que es un documento diferente al registro de ingreso o almacenes. 
TRIGESIMA SEXTA.- (CIERRE O LIQUIDACION DE CONTRATO). Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de recepción definitiva, la ENTIDAD procederá al cierre del Contrato a efectos de la devolución de garantías y emisión de la certificación de cumplimiento de contrato con la adquisición por parte de la ENTIDAD. La comisión de recepción y la ENTIDAD, no darán por finalizada la adquisición y a la liquidación, si el PROVEEDOR no hubiese cumplido con todas sus obligaciones de acuerdo a los términos del contrato y de sus documentos anexos. En el cierre o liquidación de contrato, se tomará en cuenta: • El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos pendientes (si se ha otorgado anticipo). • Las multas y penalidades (si hubieren). • Por la protocolización del contrato, si este pago no se hubiera hecho efectivo oportunamente. Asimismo, el PROVEEDOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los 30 días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Este proceso utilizará los plazos previstos en la cláusula décima tercera del presente Contrato, para el pago de saldos que existiesen. 
TRIGESIMA SÉPTIMA.- (CONFORMIDAD). En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento suscriben el presente CONTRATO en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez, el _______ (registrar el nombre y cargo del funcionario habilitado para suscribir el Contrato), en representación legal de la ENTIDAD, y el ______________ (registrar el nombre del representante legal del PROVEEDOR, habilitado para la firma del Contrato) en representación legal del PROVEEDOR. Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado. Usted Señor Notario se servirá insertar todas las demás cláusulas que fuesen de estilo y seguridad. (Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribirá el Contrato)

(Registrar el nombre y cargo del Funcionario
habilitado para la firma del contrato)


(Registrar el nombre del PROVEEDOR)

Sereci entregó gratis 320 certificados de nacimiento

El Servicio de Registro Civil (Sereci) en Santa Cruz entregó ayer aproximadamente 320 certificados de nacimiento gratuitos a niños menores de 12 años, que no habían sido registrados por sus padres.
La actividad fue denominada Navidad con tu identidad y fue llevada adelante con el apoyo de seis oficiales de registro civil. El director del Sereci, Emilio Sánchez, resaltó el trabajo ejecutado y dijo que con esto se cerraron sus actividades en 2013. “Fue una forma de compartir con la población, ya que les hicimos un pequeño presente a los niños que recibían su certificado de nacimiento”, explicó el funcionario y agregó que el Sereci volverá a trabajar la segunda semana de enero 2014

Monday, December 30, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XV

TRIGESIMA.- (NORMAS DE CALIDAD APLICABLES). Los BIENES suministrados de conformidad con el presente Contrato se ajustarán a las normas de calidad mencionadas en las especificaciones técnicas y, cuando en ellas no se mencionen normas de calidad aplicables, a las normas de calidad existentes o cuya aplicación sea apropiada en el país de origen de los BIENES. 
TRIGESIMA PRIMERA.- (EMBALAJE). El embalaje, las marcas y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente normas internacionales, los requisitos especiales que se hayan consignado en los documentos de la licitación, cualquier otro requisito, si lo hubiere, y cualquier otra instrucción dada por la ENTIDAD. 
TRIGESIMA SEGUNDA.- (INSPECCION Y PRUEBAS). 
33.1. Cuando así lo requiera, la ENTIDAD de acuerdo a lo estipulado en las especificaciones técnicas, a través de instituciones oficialmente reconocidas para verificar la calidad de los bienes tendrá derecho a inspeccionar los bienes y/o someterlos a prueba, sin costo adicional alguno, a fin de verificar su conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el Documento Base de Contratación. La ENTIDAD notificará por escrito al PROVEEDOR, oportunamente, la identidad de todo representante designado para estos fines. 
33.2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del PROVEEDOR o de su(s) subcontratista(s) o proveedor(es) primario(s), en el lugar de entrega, de acuerdo a lo estipulado en las especificaciones técnicas. Cuando sean realizadas en recintos del PROVEEDOR o de su(s) subcontratista(s) o proveedor(es) primario(s), se proporcionará a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables y los datos sobre producción permitidas, sin cargo alguno para la ENTIDAD. 
33.3. La verificación de los BIENES por parte de la ENTIDAD mediante inspecciones o pruebas se realizará en un plazo de ________ (definir el número de días en que se realizarán las pruebas, siendo el máximo admisible de 30 días calendario) días calendario, debiendo estas pruebas o inspecciones iniciarse como máximo cuatro (4) días después de recibidos los BIENES. El PROVEEDOR tiene la potestad de participar en todas las pruebas e inspecciones que se realicen y tomar conocimiento si éstas cumplen o no lo estipulado en el Contrato. 
33.4. Si los BIENES inspeccionados o probados no se ajustan a las Especificaciones Técnicas, la ENTIDAD podrá rechazarlos y el PROVEEDOR deberá, sin cargo para la ENTIDAD, reemplazarlos o incorporar en ellos todas las modificaciones necesarias para que cumplan con tales Especificaciones Técnicas. Los eventuales rechazos por parte de la ENTIDAD, no modifican el plazo de entrega, que permanecerá invariable. El plazo máximo para reemplazar los BIENES o incorporar las modificaciones necesarias, es de _______ (registrar el plazo) días calendario, después de haber recibido la comunicación de rechazo. 
33.5. La falta de rechazo de los BIENES dentro del plazo comprometido, implicará aceptación por parte de la ENTIDAD. 
33.6. (Utilizar la siguiente redacción cuando corresponda) La inspección, prueba o aprobación de los BIENES por la ENTIDAD o sus representantes con anterioridad a su embarque desde el país de origen no limitará ni anulará en modo alguno el derecho de la ENTIDAD a inspeccionar, someter a prueba y, cuando fuere necesario y establecido en las especificaciones técnicas, rechazar los BIENES una vez que lleguen al país.

Sunday, December 29, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XIV

VIGESIMA SÉPTIMA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR). 28.1. EL PROVEEDOR no podrá entregar bienes usados o defectuosos, debiendo en su caso ser sustituidos a su costo, dentro del plazo máximo de ________ (registrar el número de días calendario en concordancia con el plazo del contrato), impostergablemente. Cuando el PROVEEDOR incurra en negligencia durante la adquisición de los BIENES, la ENTIDAD podrá retener el total o parte del pago para protegerse contra posibles perjuicios. Desaparecidas las causales que dieron lugar a la retención, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de los problemas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del PROVEEDOR para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. 28.2. El PROVEEDOR debe custodiar los BIENES a ser provistos, hasta la recepción definitiva de éstos por la ENTIDAD. 
VIGESIMA OCTAVA.- (SEGUROS). (Esta cláusula puede o no ser utilizada, de acuerdo a la modalidad de adquisición, por lo que en caso de ser aplicable, la ENTIDAD deberá establecer el tipo de seguro y el plazo de vigencia de éste). 
VIGESIMA NOVENA.- (SUSPENSION TEMPORAL DE LA PROVISION). La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente la adquisición de los BIENES en cualquier momento por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o convenientes a los intereses del Estado, para lo cual notificará al PROVEEDOR por escrito, con una anticipación de quince (15) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser parcial o total. En este caso la ENTIDAD reconocerá en favor del PROVEEDOR los gastos en que éste incurriera por depósito u otro justificado documentadamente, cuando el lapso de la suspensión sea mayor a los diez (10) días calendario. También el PROVEEDOR puede comunicar a la ENTIDAD la suspensión temporal de la adquisición, por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al PROVEEDOR en la adquisición de los BIENES.

Saturday, December 28, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XIII

VIGESIMA SEXTA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES) Queda convenido entre las partes contratantes, que salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados por la ENTIDAD, se aplicarán por cada periodo de retraso las siguientes multas: a) Equivalente al 3 por 1.000 por cada día de atraso desde el día 1 hasta el día 30 de atraso. b) Equivalente al 4 por 1.000 por cada día de atraso desde el día 31 en adelante. (Cuando la adjudicación sea por el total incluir el siguiente texto) El monto de la multa será calculado respecto del monto total del contrato o respecto del monto correspondiente a los saldos no entregados. (Cuando la adjudicación sea por lotes o ítems incluir el siguiente texto) El monto de la multa será calculado respecto del monto correspondiente al(los)_______(registrar son lotes o ítems) cuya entrega hubiese sufrido retraso o respecto del monto correspondiente a los saldos no entregados del (los)___________ (registrar son lotes o ítems). 
Las causales para la aplicación de multas son las siguientes: a) Cuando el PROVEEDOR, no entregara los BIENES de acuerdo a los plazos previstos en el cronograma. b) Cuando el PROVEEDOR demorará más de cinco (5) días hábiles en responder las consultas formuladas por escrito por la ENTIDAD, en asuntos relacionados con el objeto del presente contrato. De establecer la ENTIDAD que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite del 10% del monto del Contrato, podrá iniciar el proceso de resolución del Contrato, conforme a lo estipulado en la Cláusula Décima Novena. De establecer la ENTIDAD que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite del 20% del monto del Contrato, deberá iniciar el proceso de resolución del Contrato, conforme a lo estipulado en la Cláusula Décima Novena. 
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por la ENTIDAD, con base en el informe específico y documentado, de los Certificados de pagos mensuales o del Certificado de liquidación final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la jurisdicción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47 de la Ley 1178.

Friday, December 27, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XII

VIGESIMA CUARTA.- (MODIFICACION DEL CONTRATO). Los términos y condiciones contenidos en el presente Contrato no podrán ser modificados, excepto en los casos y mediante los instrumentos previstos de forma expresa en el presente Contrato, previo acuerdo entre partes, siempre que no afecte la esencia del mismo. Dichas modificaciones deberán estar destinadas al objeto de la contratación y estar sustentadas por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento. La ENTIDAD tendrá la facultad para ordenar por escrito, al PROVEEDOR, el incremento o la disminución en la cantidad de BIENES prevista en el presente Contrato. Este tipo de modificación no viciará ni invalidará el presente Contrato. 
La referida modificación se realizará a través de uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del Contrato principal. El contrato modificatorio podrá admitir la disminución hasta el diez por ciento (10%) del monto del Contrato principal. En caso de que signifique una disminución en la adquisición, deberá concertarse previamente con el PROVEEDOR, a efectos de evitar reclamos posteriores. La ENTIDAD para proceder a la suscripción del Contrato Modificatorio, deberá contar con el informe - recomendación y antecedentes de la ________ (registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento de la adquisición en la entidad), para el procesamiento de su análisis legal y formulación del Contrato Modificatorio antes de su suscripción. 
El Contrato Modificatorio, debe ser emitido y suscrito en forma previa a la adquisición de los BIENES por parte del PROVEEDOR. El incremento en la cantidad de BIENES a proveerse, puede dar lugar a la ampliación del plazo del Contrato, lo que deberá sustentarse debidamente, estableciéndose el plazo de la ampliación. 
VIGESIMA QUINTA.- (PAGO POR ADQUISICIÓN ADICIONAL). Los BIENES adquiridos adicionalmente y autorizados previamente mediante Contrato Modificatorio, serán pagados según los precios unitarios de la propuesta aceptada y adjudicada, luego de su entrega a satisfacción, dentro del plazo previsto.

Thursday, December 26, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XI

(La ENTIDAD después de haber elegido una de las modalidades descritas anteladamente, deberá a continuación aplicar el siguiente texto). El incumplimiento en los plazos de entrega y las otras obligaciones que el PROVEEDOR asume mediante el presente Contrato, independientemente del valor de los BIENES cuya entrega se halle demorada y/o las obligaciones incumplidas, suspenderá todos y cada uno de los plazos de pago por parte de la ENTIDAD.
Los plazos se reiniciarán cuando el PROVEEDOR efectúe la entrega retrasada. Adicionalmente a la suspensión de los plazos de pago, la ENTIDAD aplicará las sanciones por demoras en la entrega de los BIENES objeto del presente Contrato en la forma prevista en la cláusula vigésima sexta del presente Contrato, pudiendo procesarse la resolución del mismo por incumplimiento del PROVEEDOR. Si la ENTIDAD incurre en la demora de pago, que supere los sesenta (60) días calendario desde la fecha de emisión del certificado de cumplimiento de contrato o en cumplimiento del cronograma de entregas (cuando se realicen pagos parciales), el PROVEEDOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés equivalente a la tasa promedio pasiva anual del sistema bancario, por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre trescientos sesenta y cinco (365) días y multiplicándola por el numero de días de retraso en que incurra la ENTIDAD. A este fin el PROVEEDOR deberá hacer conocer a la ENTIDAD la demora en el pago (en días) mediante nota dirigida al RPC. 
VIGESIMA TERCERA.- (FACTURACION). El PROVEEDOR en el momento de la entrega del bien o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio del objeto de la venta (efectuado la adquisición), deberá emitir la respectiva factura oficial en favor de la ENTIDAD, por el monto de la venta. (Cuando se contemplen entregas parciales la entidad deberá introducir el siguiente texto). De acuerdo al cronograma de entregas, el PROVEEDOR emitirá la factura respectiva en cada una de las entregas, a objeto de que la ENTIDAD haga efectivo el pago; caso contrario dicho pago no se realizará.

Wednesday, December 25, 2013

MINUTA DE CONTRATO - X

VIGESIMA.- (SOLUCION DE CONTROVERSIAS). En caso surgir controversias sobre los derechos y obligaciones de las partes durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, Documento Base de Contratación, propuesta adjudicada, sometidas a la Jurisdicción Coactiva Fiscal. II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO VIGESIMA PRIMERA.- (REPRESENTANTE DEL FABRICANTE). (ESTA CLÁUSULA SE APLICARÁ EN EL CASO QUE LA COMPRA ADJUDICADA A UN PROVEEDOR IMPLIQUE UNA IMPORTACION EXPRESA PARA LA ENTIDAD. SI SE TRATA DE UNA COMPRA LOCAL, NO CORRESPONDE APLICAR ESTA CLÁUSULA). El FABRICANTE ha designado mediante la carta Nº __________ debidamente legalizada y que forma parte del presente Contrato, (registrar el número o el cite) como su representante legal en Bolivia a _______________________ (registrar el nombre de la empresa proveedora). VIGESIMA SEGUNDA.- (FORMA DE PAGO). (PARA APLICAR ESTA CLÁUSULA DEBE HABERSE ESTABLECIDO EN EL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN LA FORMA DE PAGO Y HABERSE ADECUADO EL CONTRATO ANTES DE LA APROBACIÓN DEL DBC). Modalidad 1: Pago contra entrega 
El monto del presente contrato, que corresponde a __________________ (registrar el monto en forma numérica y literal) será pagado por la ENTIDAD a favor del PROVEEDOR, una vez efectuada la recepción definitiva de los BIENES objeto del presente Contrato. Modalidad 2: Pagos parciales El monto del presente contrato, que corresponde a __________________ (registrar el monto en forma numérica y literal) será pagado por la ENTIDAD a favor del PROVEEDOR de la siguiente manera: (LA ENTIDAD DEBERA ADECUAR LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE MODALIDAD DE PAGO AL SISTEMA DE PROVISION Y PAGOS PREVISTOS EN EL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN, PUDIENDO ESTABLECER UN CRONOGRAMA DE ENTREGAS Y PAGOS PARCIALES). Modalidad 3: Pago con Carta de Crédito aplicable en procesos de contratación de bienes importados Una vez suscrito el presente contrato, la ENTIDAD solicitará al Banco Central de Bolivia la emisión de una carta de crédito a favor del PROVEEDOR cubriendo la importación de los bienes a ser provistos. Los términos y condiciones de la emisión de la carta de crédito deben guardar estrecha relación con los términos y condiciones del presente contrato. 
La carta de crédito deberá ser emitida bajo las reglas y usos uniformes de la Cámara de Comercio Internacional (UCP600) o posteriores modificaciones. La fecha de entrega de los BIENES objeto del presente contrato, se computará a partir de la fecha de la apertura de la Carta de Crédito. El PROVEEDOR debe cubrir todos los gastos y comisiones cobradas por el banco del exterior. Si el proveedor requiere que la carta de crédito sea confirmada, la comisión de confirmación será cubierta por el PROVEEDOR. El precio del Contrato será pagado por la ENTIDAD en favor del PROVEEDOR de la siguiente manera: 
􀂃 Se pagará el sesenta por ciento (60%) que corresponde a __________________ (registrar el monto en forma numérica y literal) contra la presentación al banco del exterior, de los documentos requeridos en la carta de crédito. 􀂃 El cuarenta por ciento (40%) restante correspondiente a ___________ (registrar el monto en forma numérica y literal) se hará efectivo a favor del PROVEEDOR cuando éste presente al banco del exterior el Acta de Recepción Definitiva suscrita por la ENTIDAD.

Tuesday, December 24, 2013

MINUTA DE CONTRATO - IX

DECIMA NOVENA.- (TERMINACION DEL CONTRATO). El presente contrato concluirá por una de las siguientes causas: 19.1. Por Cumplimiento de Contrato: De forma normal, tanto la ENTIDAD como el PROVEEDOR, darán por terminado el presente Contrato, uno vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él, lo cual se hará constar por escrito. 19.2. Por Resolución del Contrato: Si se diera el caso y como una forma excepcional de terminar el Contrato, a los efectos legales correspondientes, la ENTIDAD y el PROVEEDOR, acuerdan voluntariamente las siguientes causales para procesar la resolución del Contrato: 
19.2.1. Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al PROVEEDOR. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por disolución del PROVEEDOR (sea Empresa o Asociación Accidental). b) Por quiebra declarada del PROVEEDOR. c) Por suspensión de la adquisición sin justificación, por el lapso de ______ (registrar los días en función del plazo total de la adquisición) días calendario continuos, sin autorización escrita de la ENTIDAD. d) Por incumplimiento injustificado del plazo de entrega o el cronograma de entregas (si corresponde) de provisión sin que el PROVEEDOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión de la entrega dentro del plazo vigente. e) Cuando el monto de la multa por atraso en la entrega definitiva, alcance el diez por ciento (10%) del monto total del contrato (decisión optativa), o el veinte por ciento (20%), de forma obligatoria. 
19.2.2. Resolución a requerimiento del PROVEEDOR por causales atribuibles a la ENTIDAD. El PROVEEDOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD para la suspensión de la adquisición por más de treinta (30) días calendario. b) Si apartándose de los términos del contrato, la ENTIDAD pretende efectuar aumento o disminución en las cantidades de la adquisición. c) Por incumplimiento injustificado en el pago parcial o total, por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de la fecha de entrega definitiva de los bienes en la entidad. 
19.2.3. Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al PROVEEDOR. Si en cualquier momento antes de la terminación de la adquisición de los bienes, objeto del presente Contrato, la ENTIDAD se encontrase con situaciones fuera de control de las partes que imposibiliten la conclusión de la adquisición, o vayan contra los intereses del Estado, la ENTIDAD en cualquier momento, mediante carta notariada dirigida al PROVEEDOR, suspenderá la adquisición y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicho comunicación oficial de resolución, el PROVEEDOR suspenderá la adquisición de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita la ENTIDAD. Se liquidarán los costos proporcionales que demandase el cierre de la adquisición y algunos otros gastos que a juicio de la ENTIDAD fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos la ENTIDAD elaborará la liquidación final y el trámite del pago correspondiente. 
19.2.4. Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el PROVEEDOR darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce. Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de la adquisición y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato. El requiriente de la resolución expresará por escrito su conformidad a la solución, por lo que desistirá de su intención de resolución del contrato en forma escrita. En caso contrario, si al vencimiento del término de los quince (15) días no existe ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará a cuyo fin la ENTIDAD o el PROVEEDOR, según quién haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del Contrato se ha hecho efectivo. Esta carta dará lugar a que: cuando la resolución sea por causales imputables al PROVEEDOR, se consolide en favor de la ENTIDAD la garantía de cumplimiento de contrato, la de correcta inversión de anticipo (cuando corresponda) y la de funcionamiento de maquinaria y/o equipo (cuando corresponda). La ENTIDAD, procederá a establecer los montos reembolsables al PROVEEDOR por concepto de adquisición satisfactoriamente efectuada. Con base en la liquidación final y establecidos los saldos en favor o en contra cuando corresponda se hará efectiva la ejecución y cobro de la garantía de cumplimiento de contrato. 
La ENTIDAD quedará en libertad de continuar la adquisición a través de otro PROVEEDOR; preferentemente podrá efectuar consulta al proponente calificado en segundo lugar en la licitación, para establecer si mantiene su propuesta y así sucesivamente, siempre que dicha propuesta sea aceptable en precio y plazo.

Segip cierra el 2013 sin implementar la cédula de identidad con chip

Desde junio de 2011 se viene anunciando por parte del director del Servicio General de Identificación Personal (Segip), Antonio Costas, la implementación de cédulas de identidad con un micro chip incorporado, como una medida de seguridad para evitar la falsificación de este documento. Hasta la fecha el proyecto quedó sólo en anuncios.



Costas admitió este martes que durante esta gestión tampoco se pudo implementar la nueva cédula de identidad con chip, sobre todo por el factor económico, pues se requiere de al menos $us 22 millones para concretar el proyecto, por ello que, para el 2014, será una asignatura pendiente a cumplir. "Dentro de la perspectiva y la proyección del Segip creo que ese es el punto que no hemos podido resolver y es una asignatura pendiente", dijo consultado por la implementación de las cédulas de identidad con chip, en una entrevista con la Red Uno.

Comentó que esa iniciativa recibió el respaldo de varias empresas que dieron varios insumos para concretarlo, pero fue postergado por este "tema presupuestario", toda vez que requiere de una fuerte inversión. Recordó que España expresó su interés en financiar el proyecto y que esa oferta se mantiene, sin embargo, es necesario una redefinición en cuanto a la condonación de la deuda que tenía Bolivia con el país ibérico.

El chip inserto en el carné de identidad, entre otras características, permitirá garantizar seguridad jurídica, toda vez que registrará la información básica de las personas. Tendrá seguridad de tipo documental semejante al billete, es decir líneas neón, micro textos y tonalidades ultravioletas.

Anuncios incumplidos

En octubre de 2011, Costas dio el primer anuncio sobre la implementación de las nuevas cédulas de identidad con un chip para mejorar las medidas de seguridad. El proyecto debía ejecutarse a lo largo del 2012.

No obstante, al no lograrse el objetivo, en diciembre de 2012, Costas, consultado al respecto, señaló que el proyecto entraría en vigencia a partir de junio o julio de 2013, empero ese anuncio tampoco se concretó.

En días pasados, el director del Segip reiteró que este proyecto iniciará en febrero de 2014.

Emisión de cédulas de identidad

Según la información del Segip, durante esta gestión se emitió más de 2.300.000 cédulas de identidad y se prevé cerrar el año con una recaudación de Bs 150.000. No obstante, los datos dan cuenta que desde junio de 2011, a la fecha, se expidieron más de 5 millones de cédulas en todo el territorio.

La misma fuente señala que en la carnetización de bolivianos en el exterior del país se lograron buenas metas. En Buenos Aires, Argentina, se superó las 10.000 personas carnetizadas y en Mendoza se logró más de 2.000. Además, en Brasil aproximadamente 3.000 personas se beneficiaron con su carnet de identidad. "En total hemos superado las 15 mil cédulas de identidad", precisó Costas.

Para el 2014, el Segip tiene previsto ampliar sus coberturas de carnetización a países como Chile, Perú y otras ciudades intermedias de Argentina, como Jujuy y Córdoba, donde hay gran presencia de bolivianos.

El Segip fue creado el 27 de junio del 2011 mediante la ley 145, que instauró además el Servicio General de Licencias para Conducir (Segelic). Ambas entidades reemplazaron a las antiguas direcciones controladas por la Policía Boliviana.

Monday, December 23, 2013

MINUTA DE CONTRATO - VII

DECIMA QUINTA.- (PROTOCOLIZACION DEL CONTRATO). La presente minuta, será protocolizada con todas las formalidades de Ley por la ENTIDAD, el importe por concepto de Protocolización debe ser pagado directamente por el PROVEEDOR, en caso que este monto no sea cancelado por el PROVEEDOR, podrá ser descontado por la ENTIDAD a tiempo de hacer efectivo el pago del Contrato. Esta protocolización contendrá los siguientes documentos: 1. Minuta del contrato (original). 2. Documento legal de representación de la ENTIDAD y poder de representación legal del PROVEEDOR (fotocopias legalizadas). 3. Garantía(s) (fotocopia simple). En caso de que por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado, servirá a los efectos de Ley y de su cumplimiento, como documento suficiente a las partes. 

DECIMA SEXTA.- (SUBCONTRATOS). El PROVEEDOR podrá realizar la subcontratación de algunos servicios que le permitan la entrega de los BIENES, bajo su absoluta responsabilidad y riesgo, siendo directa y exclusivamente responsable por los servicios contratados, así como también por los actos y omisiones de los subcontratistas. Ningún subcontrato de servicios o intervención de terceras personas relevará al PROVEEDOR del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato. Las subcontrataciones que realice el PROVEEDOR de ninguna manera incidirán en el precio ofertado y aceptado por ambas partes en el presente contrato. 

DECIMA SEPTIMA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO). El PROVEEDOR bajo ningún título podrá, ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato. En caso excepcional, emergente de causa de fuerza mayor, caso fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato, total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.

Cerca de 320 mil personas no cuentan con cédula de identidad

Hasta noviembre pasado, el Servicio General de Identificación Personal (Segip) logró emitir cinco millones de cédulas en los dos últimos años de gestión.

Los datos reflejan que Santa Cruz es el departamento donde el mayor número de personas no tiene documento.

Se calcula que aproximadamente 320 mil personas no cuentan con una cédula de identidad y están ubicados en el segmento de menores de 18 años de edad, de los cuales la mayoría está en las provincias.

Sin embargo, hay un fuerte componente de herramientas que son las mayores, así lo informó Antonio Costas, director nacional del Servicio general de identificación personal (Segip).

Para contrarrestar esta situación Costas dijo que se realizarán dos actividades.

“Queremos hacer dos actividades fundamentalmente, primero es llegar a completar los 10 millones de cédulas de identidad en los próximos años y medio, lo que nos va permitir tener la base de datos saneada y entrar en un segundo proyecto que sería la presencia del Segip en todos los municipios del país y en el caso de las ciudades grandes tener las oficinas en los distritos municipales, con menor personal pero más desconcentrado para que frecuentemente la atención sea más ágil”, dijo Costas.

En ese sentido, explicó que en relación al 2012 se ha crecido en más del 50% lo que se refleja en el número de cédulas emitidas y también en las recaudaciones que se lograron gracias a la desconcentración de las instalaciones que ha venido realizando durante este año tanto en sus servicios de cédula de identidad como de permisos de conducir con mayor número de personas. Producto de ello hasta diciembre se ha logrado emitir las 5 millones de cédulas durante los dos años de gestión.

Para el próximo año se tiene previsto encarar el proyecto con los estudiantes donde se desplegará un equipo técnico de área de cartografía para hacer una delimitación y estratificación de todo lo que va ser el área de Santa Cruz.

Chip no incrementará precio de las cédulas de identidad

El director ejecutivo del Servicio General de Identificación Personal (Segip), Antonio Costas, informó que inicialmente el costo de los carnets de identidad con chip, que serán aplicados desde febrero del 2014, no tendrán un costo adicional a los Bs 17.

“La propuesta que hemos que manejamos, como Segip, es mantener los precios, inicialmente”, dijo ayer en entrevista con Panamericana.

La implementación de este nuevo dispositivo tiene la función de informar los datos básicos de los ciudadanos, también servirá para que no exista falsificación del documento.

Costas resaltó que el propósito es disminuir el estado de indocumentación que existe en el territorio nacional donde los jóvenes comprendidos entre los 18 años son quienes no cuentan con el documento de identificación.

“Es disminuir esta indocumentación que tenemos a nivel nacional que es el 23%, sobre todo en Santa Cruz. Adicionalmente vamos a hacer el trabajo en los colegios porque se ha identificado que la mayor demanda (…) de indocumentados está entre los 18 años”, puntualizó.

Las personas que hayan adquirido el carnet de identidad en el primer período en el Segip, en el 2014 deberán actualización biométrica y hacer el pago de la correspondiente cédula para que se le emita.

Sunday, December 22, 2013

MINUTA DE CONTRATO - VI

DECIMA PRIMERA.- (IDIOMA). El presente Contrato, toda la documentación aplicable al mismo y la que emerja de la adquisición, debe ser elaborada en idioma castellano. En el caso de manuales de uso de los BIENES deberán estar traducidos al idioma castellano. En el caso de folletos informativos, deberán estar preferentemente en idioma castellano. 
DECIMA SEGUNDA.- (LEGISLACION APLICABLE AL CONTRATO). El presente Contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones: - Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. - Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS. - Ley del Presupuesto General aprobado para la gestión. - Las demás disposiciones relacionadas directamente con las normas anteriormente mencionadas. 
DECIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL PROVEEDOR). El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, a la ENTIDAD, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso. La ENTIDAD, dentro del lapso impostergable de diez (10) días hábiles siguientes, tomará conocimiento, analizará el reclamo, debiendo emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR, para que tome conocimiento y analice la respuesta a objeto de aceptar la misma, o en su caso asumir la acción legal respectiva. Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinte (20) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por la ENTIDAD. (Si el plazo de adquisición de los BIENES es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo del contrato). La ENTIDAD no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula. 
DECIMA CUARTA.- (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS). Correrá por cuenta del PROVEEDOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de la propuesta. En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el PROVEEDOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.

La demanda de licencias de conducir se ha incrementado en las escuelas

Los expertos en vialidad manifestaron que la demanda de personas que buscan obtener su licencia de conducir ha crecido de forma considerable y las escuelas de manejo han logrado descentralizar el trabajo que realizaba Tránsito.

Los profesionales aconsejan a los postulantes que opten por cursos certificados y avalados por el Servicio General de Licencias para Conducir (Segelic) antes de someterse al examen en las academias.

El ingeniero vial, Carlos Ballón, expresó que “las escuelas de conducción son importantes porque han logrado descentralizar el trabajo que hacia la Unidad Operativa de Transito” y ampliar la atención.

Agregó que “el segmento de conductores ha crecido de forma considerable, por esta razón surgen las escuelas de conducción para aprender a conducir y, algunas de ellas, están avaladas bajo las especificaciones de la Unidad Operativa de Transito y del Servicio General de Licencias de Conducir”. “Las escuelas de conducción imparten cursos y capacitación para los nuevos choferes y para los conductores que quieren revalidar su licencia”, explicó.

Ballón manifestó que “es importante recalcar que las escuelas donde se puede rendir el examen de conducción gozan de la acreditación correspondiente y los estudiantes pasan cursos para conducir, tanto prácticos como teóricos”.

Agregó que “también es necesario mencionar que existen otras escuelas que no están certificadas y no tienen las condiciones para la evaluación y preparación”.

“Estas escuelas no están en condiciones académicas para otorgar el examen pero a veces por la urgencia y la necesidad, las personas se inscriben en éstas a pesar de no estar validadas”, explicó.

LEY 145 DE CREACIÓN DEL SEGELIC

El Servicio General de Licencias para Conducir (Segelic) fue creado el 27 de junio del año 2011 mediante la Ley 145.

Según esta normativa el Segelic es una entidad encargada de otorgar, registrar, renovar y ejecutar la revocatoria de las licencias para conducir vehículos terrestres en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia, además de las licencias internacionales.

Esta normativa también dispone la firma de convenios entre el Segelic y las escuelas de conducción acreditadas para tomar la prueba de conducción a las personas que deseen obtener su licencia de conducir.

También puede acreditar a los centros de salud para la toma de exámenes médicos, por ejemplo, en Cercado el centro Prosalud es el lugar habilitado para realizar las evaluaciones médicas.

También se han habilitado otros centros médicos en otras localidades del departamento de Cochabamba como ser en Quillacollo las clínicas Álvarez y Bustamante; y, en Sacaba está certificado el hospital México.

En la localidad de Punata, la revisión se realizará en el Hospital Manuel Ascencio Villarroel y en el municipio de Chimoré, en el hospital público de la localidad.

Las escuelas de conducción acreditadas están legalmente establecidas y cuentan con oficinas de atención, vehículos con doble mando.

Pero, debido a que en su mayoría carecen de un parque vial para la enseñanza, deben firmar convenios con los barrios, para usar las calles y tomar los exámenes de conducción en esos espacios. Por ejemplo en el municipio de Quillacollo están acreditadas las escuelas General Motors y Quillacollo, también en Sacaba y Chimoré, se pueden rendir los exámenes de conducción y realizar los trámites para la licencias en las oficinas del Segelic más cercanas.

Bs 136 millones recaudó el Segip por cédulas y licencias

Costas asegura que 2014 será año de desafíos porque se tiene prevista la cedulación escolar.

El director ejecutivo del Servicio General de Identificación Personal (Segip), Antonio Costas, informó ayer —en la rendición pública de cuentas gestión 2013— que esta institución recaudó 135.880.650 bolivianos por concepto de cédulas y licencias de conducir.

De ese monto, 83.636.963,33 bolivianos se transfirieron a la Policía Boliviana también por concepto de cédulas de identidad y licencias de conducir. Otros 35.749.188,96 bolivianos figuran como superávit hasta el 6 de diciembre. Las recaudaciones por cédulas para extranjeros ascienden a 16.494.498,51 bolivianos.

Costas resaltó que en los dos años y medio desde que la institución inició actividades (4 de julio 2011) se lograron importantes objetivos. También anticipó que quedan algunos trabajos pendientes para el próximo año.

EMISIÓN DE CÉDULAS

La autoridad precisó que hasta el 8 de diciembre se emitieron 2.273.483 cédulas de identidad en el territorio nacional y el exterior. Las oficinas fijas entregaron 2.124.802 carnets, las brigadas móviles emitieron 136.019 unidades y en el exterior se distribuyeron 12.662 cédulas. De julio de 2011 a noviembre de 2013, la emisión de cédulas de identidad alcanzó 5.013.534, aseguró la autoridad. Un total de 22.362 documentos de identidad se entregaron a los extranjeros entre el 2 de enero de 2013 y el 30 de noviembre. La producción acumulada de estos documentos llega a 42.945 unidades.

LICENCIAS DE CONDUCIR

En cuanto a la producción de licencias, Costas destacó que en el Segip se hizo un cambio de paradigma en el sistema de licencias de conducir. Modificaron el procedimiento de los exámenes médicos contratando a empresas privadas y del Estado para certificados médicos de aptitud para la conducción.

Ante esta situación, sostuvo que en 2013 se emitieron hasta el 8 de diciembre 476.424 licencias de conducir, mientras que la producción acumulada llega a los 967.443 documentos entre 2011 y 2013.

En ese contexto, el director Costas destacó que 2013 fue el año de la consolidación institucional, fundamentalmente porque se logró la confianza de la ciudadanía en esta entidad pública.

Asimismo, sostuvo que en 2013 —hasta el 8 de diciembre— se emitieron 476.424 licencias de conducir y la producción acumulada llega a los 967.443 documentos.


84 centros médicos de salud están avalados por el Segip para que otorguen certificados médicos.

71 escuelas de conducción funcionan en el territorio nacional para que los interesados obtengan la licencia de conducir.

Senasir señala que hay 30.000 jubilados en el biométrico

Según el director general ejecutivo a.i., Juan Edwin Mercado, en la presente gestión se registraron en todo el país 30.000 de 114.000 jubilados incluidos en este sistema de reparto. Dijo que el propósito es cruzar información con el Sereci y el Segip para evitar inconsistencia de nombres y fechas de nacimiento, fraude y corrupción.
Mercado indicó que el plazo de inscripción al biométrico está abierto hasta 2015, por lo que pidió a los beneficiarios de rentas no madrugar ni hacer filas para acogerse al programa de registro.
La observación asoma después de un rumor surgido en sentido de que el Senasir suspendería el pago de la renta a aquellos beneficiarios que no logren registrarse hasta diciembre. Aclaró que esta versión es infundada y no procede porque es inconstitucional.
No obstante, Mercado indicó que el Senasir tiene competencia para suspender el pago de la renta cuando se identifica inconsistencia de aportes (no se cumplió con los 180 aportes) y de edad (aumento de edad de 8 a 19 años para beneficiarse del sistema de reparto) / FR



Segip y Segelic dan un millón de documentos

A más de dos años de la creación del Servicio General de Identificación Personal (Segip) y del Servicio General de Licencias de Conducir (Segelic), en Cochabamba los mayores desafíos que han afrontado las nuevas instituciones han sido simplificar los trámites, reducir el tiempo de espera y transparentar la emisión de los documentos.

El coordinador departamental del Segip y el Segelic, Juan Carlos Vergara, informó que en este tiempo se han emitido 374 mil carnés y casi 500 mil licencias. Los retos para 2014 son: desplazar brigadas de carnetización a las escuelas y realizar ajustes en el examen de conducción.

¿Cómo ha mejorado el servicio del Segip en comparación a gestiones anteriores?

Al momento de crear esta nueva organización tropezamos con algunas dificultades, cuando recibimos la institución de parte de la Policía no nos facilitaron los procedimientos a seguir para la cedulación y tampoco los requisitos que se manejaban en ese momento.

Lo primero que hicimos fue establecer que el usuario no debería pagar ni un sólo centavo en las instituciones del Segip, el monto por este servicio debería ser directamente depositado en una cuenta bancaria y el usuario debe traer únicamente hasta estas dependencias la boleta de constancia.

Queremos evitar que el ciudadano haga circular dinero en las mesas de cedulación para poder controlar la corrupción ya que cuando alguien pagaba un poco más del costo de la cédula la misma salía más rápido. Ese fue uno de nuestros principales desafíos.

Nos costó mucho establecer estos nuevos procedimientos y el único pago que debería hacerse en nuestras oficinas era el de 17 bolivianos. Ya, en esta gestión todas las personas saben que el depósito se debe realizar en el Banco Unión

¿Cuántos documentos de identidad y licencias de conducir se han emitido en 2013?

En 2011 se emitían 400 cédulas de identidad, en 2013 hemos incrementado a 1.100 por día en la oficina principal. Si sumamos las oficinas provinciales estamos alrededor de 2.500 documentos de identidad por jornada.

A nivel departamental, desde enero hasta noviembre, se han emitido 374.469 cédulas de identidad y para extranjeros residentes en Bolivia se han otorgado 6.284 carnés en 2013.

Las licencias de conducir emitidas desde enero a noviembre de 2013 son en total 94.493, que hacen una suma de 475.2546 documentos desde 2011.

Es importante indicar que en diciembre tenemos un promedio mensual de 35.000 documentos al mes y se prevé llegar a los 500.000 al cierre de esta gestión 2013 en el Segelic de Cochabamba.

¿Cómo se realiza el trámite para los casos de problemas en el nombre y otros?

Los registros de identidad que hubieran sido realizados en la anterior administración y tienen problemas de nombre, cambios de apellidos, fechas y lugar de nacimiento, así como, de corrección en los nombres de los padres los estamos saneando para lograr que sean una copia fiel de los datos que lleva el certificado de nacimiento.

En total se han realizado 25.267 resoluciones administrativas de saneamiento desde enero a noviembre de 2013 y también se realizan correcciones de números de carné de identidad con 2.721 resoluciones, esto sucede cuando una o varias personas llevan el mismo número de carné de identidad.

También hemos realizado resoluciones para corregir errores de nombres en los registros de extranjeros, donde se tiene un total de 268 cédulas.

Las correcciones que no ameritan resolución para su corrección se dan en los casos de cambio de una letra, que no modifica el apellido, este trabajo lo realizamos de forma diaria y atendemos entre 50 y 70 casos al día.

¿Cómo funciona el programa de carnetización en las escuelas?

El Segip tiene un programa para carnetizar a estudiantes en las unidades educativas y hemos programado en principio este trabajo para la gestión 2013, sin embargo, estamos a la espera de la adquisición de los equipos móviles.

Para la próxima gestión 2014 esperamos recibir el presupuesto necesario y estaríamos haciendo la cedulación en las unidades educativas donde existen estudiantes que nunca obtuvieron una cédula de identidad.

Pedimos hace un tiempo atrás que el Seduca realice un relevamiento de información a través de los directores de las unidades educativas para que nos informe cuántos estudiantes nunca sacaron su carné.

¿Cuántas escuelas de conducir están certificadas?

En el departamento de Cochabamba tenemos 17 autoescuelas habilitadas. El Segelic ha controlado su permiso de funcionamiento, el Número de Identificación Tributaria (NIT), el registro de Fundempresa y la acreditación de la infraestructura, como ser aulas, equipos de conducción e instructores.

Estos requisitos están en el reglamento para habilitar autoescuelas y si alguien quiere habilitar una autoescuela o un centro médico para las revisiones pueden hacerlo.

¿Qué es lo que se enseña en estas autoescuelas?

Las autoescuelas realizan un trabajo en dos dimensiones, la primera es la enseñanza de la conducción, que implica clases teórico-prácticas, en las que los estudiantes aprenden lo establecido en el código de tránsito y su reglamento, así como normas de circulación y señalización.

También se les enseña cuáles son las funciones de la Unidad Operativa de Tránsito y se les exige conocimientos de mecánica básica, entre otros temas.

En la parte práctica las escuelas deben contar con vehículos de doble comando para que puedan brindar una enseñanza adecuada. Estos cursos no están regulados por el Segelic y cada una de las escuelas, según sus costos, define un precio.

La toma de exámenes en las autoescuelas sí está regulada por el Segelic según el reglamento de emisión de licencias. Las academias deben tomar los exámenes de conducción a sus estudiantes o a personas que lo soliciten por un monto no mayor a 100 bolivianos, costo que implica la toma del examen teórico y práctico.

Los exámenes están supervisados por el personal del Segelic que va a las escuelas de conducción, para realizar controles.

También cuando se reporta alguna irregularidad tenemos sanciones para las autoescuelas que actúan al margen de la reglamentación.

¿Cuál es la situación de la escuela de tránsito, ésta enseña a conducir o sólo evalúa?

Tránsito no enseña a conducir, sólo toma exámenes de conducción ya que no cuenta con vehículos especiales con doble mando; pero, se toman las pruebas en vehículos normales que alquilan de personas particulares. Esta unidad está certificada como una escuela más por parte del Segelic. Nosotros desplazamos también un supervisor para que controle las pruebas.

“Queremos evitar que se haga circular dinero en las mesas de cedulación, para prevenir la corrupción”

“Desde 2011 hasta noviembre de 2013 se han emitido un total de 475.246 licencias de conducir”.

EXÁMENES PARA LA LICENCIA DE CONDUCIR

El Segelic acreditó 17 escuelas de conducir

El Servicio General de Licencias de Conducir (Segelic) informó que en el departamento están habilitadas 17 escuelas donde se pueden rendir las pruebas de conducción para obtener la licencias de conducir, incluyendo la escuela de la Dirección de Tránsito.

Las autoescuelas funcionan en Cercado, Quillacollo, Chimoré, Sacaba y Punata, y pronto se creará una en Aiquile. En la ciudad, las escuelas de conducción acreditadas para los exámenes de conducción son: Bolivia, Dakar, Sur, Fórmula Uno, Cochabamba, Internacional, Detroit, Concordia, Automóvil Club, Indianápolis y Colombo. El costo del examen es de 100 bolivianos. Prosalud es el centro médico acreditado para realizar las revisiones médicas, en la ciudad. La meta es incrementar la emisión de licencias de 300 a 500 por día y reducir el tiempo de espera de los ciudadanos.

1 TRÁMITE DE LICENCIA POR PRIMERA VEZ

Los interesados deben presentar la cédula de identidad vigente, el certificado de aprobación del examen de conducción otorgado por escuelas de conducción acreditadas por el Segelic, el certificado de antecedentes de la Felcc, Felcn y Tránsito. Los documentos se verifican en las oficinas del Segelic, ubicadas en la avenida América Este casi Circunvalación. El documento sin observaciones se entrega en el día.

2 RENOVACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR

Para renovar la licencia de conducir, en todas las categorías se deben presentar los siguientes documentos: cédula de identidad vigente, licencia para conducir caducada (en caso de reposición de kárdex), certificado médico (evaluación física, visual y auditiva) otorgado por instituciones de salud acreditadas por el Segelic. Además de certificado de antecedentes de Tránsito y la constancia de depósito en el Banco Unión para poder iniciar el trámite.

3 CAMBIO DE CATEGORÍA Y REPOSICIÓN

Para el cambio de categoría se requiere presentar: la cédula de identidad vigente, el certificado de aprobación del examen de conducción otorgado por una escuela de conducción acreditada por el Segelic, el certificado médico otorgado por instituciones acreditadas, el certificado de antecedentes de tránsito y el depósito bancario. Para la reposición se necesita la cédula de identidad, denuncia de pérdida o extravío en el Segelic (formulario disponible página web) y constancia de depósito.

4 COSTO DEL SERVICIO SEGÚN CATEGORÍAS

Para obtener las licencias según la categoría se debe presentar la boleta de constancia de depósito:

Motocicletas (M): 80 bolivianos.

Particular (P): 160 bolivianos.

Máquina Pesada (T): 80 bolivianos.

Profesional (A): 225 bolivianos.

Profesional (B) y profesional (C): 200 bolivianos.

Profesional (C) indefinida: 200 bolivianos.

Duplicado de licencia de conducir: 80 bolivianos

Cédulas con chip demandan $us 21 millones

El costo de las cédulas se mantendrá en Bs 17.

El Servicio General de Identificación Personal (Segip) precisa contar con un fondo de $us 21 millones para implementar chips en las cédulas de identidad que emitirá a partir de febrero de 2014 y cuyo fin es brindar mayor seguridad al documento y evitar su falsificación.

Así lo informó ayer el director Ejecutivo de esa entidad, Antonio Costas, al dar a conocer que el proyecto se encuentra en su fase final y que los dispositivos que se utilizarán son de alta confianza y podrán almacenar los datos básicos de los ciudadanos.

En un primer periodo se mantendrá el costo de Bs 17, y quienes hayan obtenido su carnet del Segip sólo deberán actualizar sus datos biométricos y pagar por la nueva cédula.

El anuncio de la implementación de chips en las cédulas de identidad fue hecho por el Segip en 2012 y debieron entrar en vigencia entre junio y julio de 2013, pero surgieron retrasos sobre todo por la falta de presupuestario.

TUPAC KATARI

El Segip será cliente del satélite boliviano de telecomunicaciones Tupac Katari, que permitirá mejorar la capacidad operativa de la entidad, anunció Costas.

“Desde luego que seremos clientes del satélite, ya que disponemos de enlaces satelitales en nuestras brigadas móviles y oficinas semipermanentes y otras en ciudades donde la señal que tenemos alquilada no alcanza la velocidad deseada y tiene deficiencias”, apuntó .

En ese marco, prevé que el satélite mejorará el rendimiento y redundará en una mejor atención para la ciudadanía.

Inmueble que ocupaba el Segip fue entregado a la Alcaldía

El inmueble que era ocupado por la Dirección Departamental del Servicio General de Identificación Personal de Oruro (Segip) en ambientes de la Estación Policial Integral de la zona Este, fue entregado en días precedentes a las autoridades del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro (GAMO).

El Segip compartía las instalaciones de la EPI con Radio Patrullas 110, inmueble ubicado en las calles Quintana y Bolívar.

Para hacer la entrega de los ambientes que eran ocupados por la mencionada entidad se hizo una inspección previa a todas las oficinas que eran ocupadas, posteriormente se procedió a entregar las oficinas que según los personeros del Segip, se encontraban en aceptables condiciones y repintadas.

Asimismo se entregaron algunos muebles que pertenecían a la Alcaldía y las llaves de las puertas del inmueble en presencia del jefe de Seguridad Ciudadana del GAMO, Eliberto Paco, así como del notario de Gobierno, Jorge Medina, el comandante de la Policía Departamental, coronel Eddy Espinoza y el representante de activos fijos de la Policía de Oruro, suboficial Aldo Foronda.



DIRECTORA

La Directora Departamental del Segip, Ninoska Urquieta manifestó unas cuantas palabras antes de hacer entrega de las llaves y de las oficinas como tal, que ocuparon desde el 4 de julio de 2011.

"Lo que nos corresponde es hacer la devolución de este inmueble, nosotros nos quedamos tranquilos porque como Segip hemos cumplido, se está entregando en buen estado y también se está entregando bajo inventario de los activos de propiedad de la alcaldía, se realizo la verificación de los ambientes tanto de la Policía como la Alcaldía quienes han quedado conformes con la entrega que hemos realizando", indicó.

A la fecha, la Dirección Departamental del Servicio General de Identificación Personal de Oruro, tiene sus oficinas en la zona Sudoeste de la ciudad, en las calles Alejandro Tartawoski entre Toledo y Avenida Dehene, muy cerca de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Pecuarias de la Universidad Técnica de Oruro (UTO).

Saturday, December 21, 2013

MINUTA DE CONTRATO - V

OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACION). Cualquier aviso o notificación que tengan que darse las partes bajo este Contrato será enviada: Al PROVEEDOR: _______________________ (registrar el domicilio que señale el PROVEEDOR, especificando calle y número y ciudad del inmueble donde funcionan sus oficinas). A la ENTIDAD: _____________________(registrar el domicilio de la ENTIDAD, especificando calle y número del inmueble y ciudad donde funcionan sus oficinas). 
NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO). El presente Contrato entrará en vigencia una vez que haya sido firmado por ambas partes, debiendo luego cumplirse con los siguientes trámites: 1. Ser protocolizado. 2. Ser registrado en la Contraloría General del Estado. 
DECIMA.- (DOCUMENTOS DE CONTRATO). Para cumplimiento de lo preceptuado en el presente contrato, forman parte del mismo los siguientes documentos: 
10.1. Documento Base de Contratación de la Licitación Pública Nº ______ (registrar el número de la licitación y las aclaraciones y enmienda(s) al DBC de condiciones, si existieren). 
10.2. Propuesta adjudicada 
10.3. Documentos completos de la propuesta del PROVEEDOR, incluyendo propuesta económica y programa de entrega. 
10.4. Otros documentos específicos de acuerdo al tipo de contratación. Fotocopias legalizadas de: 
10.5. Testimonio de Constitución del PROVEEDOR, exceptuando a empresas unipersonales. 
10.6. Contrato de asociación accidental (si corresponde). 
10.7. Certificado de Actualización de Matricula emitido por el Registro de Comercio (si corresponde). 
10.8. Numero de Identificación Tributaria NIT 
10.9. Poder general del representante del PROVEEDOR. Originales de: 
10.10. Certificado de Información Sobre Solvencia Fiscal, emitido por la Contraloría General del Estado. 
10.11. Resolución de Adjudicación. 10.12. Garantía de Cumplimiento de Contrato. 
10.13. Garantía de Correcta Inversión de Anticipo (si corresponde). 
10.14. Garantía de Funcionamiento de Maquinaria y/o Equipo (si corresponde).

Segip anuncia implementación de chips en las cédulas de identidad



El director Ejecutivo del Servicio General de Identificación Personal (Segip), Antonio Costas anunció que a partir del mes de febrero de 2014 se implementarán chips en los carnets de identidad que tendrá la función de informar los datos básicos de los ciudadanos, evitando cualquier tipo de falsificación. Además, los sistemas de seguridad de los chips desarrollados actualmente son de muy alta confianza.

Costas sostuvo que el proyecto de la implementación de este dispositivo prácticamente ya está concluido, pero para aplicarlo aún hace falta el presupuesto de aproximadamente 21 millones de dólares.

"Van a ser los mismos exactamente de la cédula actual de hecho las personas que ya han obtenido su Carnet de Identidad en este periodo en el Segip solamente van a tener que hacer una actualización biométrica y hacer el pago de la correspondiente cédula para que se le emita", manifestó Antonio Costas.

El Segip ha previsto que en el primer periodo de emisión de las cédulas de identidad con chip se mantenga el costo actual de 17 bolivianos y el mismo trámite de tal manera que los ciudadanos puedan acceder a este documento de identidad.

Hace un año atrás el Segip ya anunció la implementación de chips integrados en las C.I. las cuales debieron entrar en vigencia desde junio o principios de julio del 2013, sin embargo se tuvo retrasos en el tema del proyecto y principalmente en el tema de presupuesto.

Friday, December 20, 2013

MINUTA DE CONTRATO - IV

SEPTIMA.- (GARANTIA) El PROVEEDOR garantiza el correcto cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con la __________ (registrar el tipo de garantía otorgada, Boleta de Garantía, Boleta de Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento), a la orden de _________ (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por el siete por ciento (7%) del valor del Contrato que corresponde a ________ (registrar el monto en forma numeral y literal). El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el PROVEEDOR, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su sólo requerimiento. Si se procediera a la recepción definitiva de los BIENES objeto de la adquisición, dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta de recepción definitiva, suscrita por ambas partes contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. 
El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuantas veces lo requiera la ENTIDAD por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. (En caso de convenirse el desembolso de anticipo, en la presente cláusula se deberá adicionar el siguiente texto). Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. 
El PROVEEDOR entregará a la ENTIDAD, una ________ (registrar el tipo de garantía requerida en el Documento Base de Contratación), por el cien por cien (100%) del monto del anticipo solicitado por el PROVEEDOR que corresponde a __________ (registrar el monto en forma numeral y literal, el mismo que no podrá exceder del 20% del monto total del contrato), con vigencia hasta la amortización total del anticipo, a la orden de _________ (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD). El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, cuantas veces lo requiera la ENTIDAD, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El importe de esta garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el PROVEDOR no invierta el mismo en la adquisición de los BIENES, dentro de los ___________ (registrar en forma literal y numérica, el plazo que prevea al efecto la ENTIDAD). (En caso de que la entidad requiera la garantía de Funcionamiento de Maquinaria y/o Equipo, en la presente cláusula se deberá adicionar el siguiente texto. Cuando el proveedor solicite retención en sustitución de esta garantía la entidad deberá adecuar esta cláusula). Garantía de Funcionamiento de Maquinaria y/o Equipo. El PROVEEDOR, se obliga a constituir una ________ (registrar el tipo de garantía requerida en el Documento Base de Contratación), a la orden de _________ (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por el ________ (La Entidad deberá registrar el monto de la garantía, que no exceda el uno y medio por ciento (1.5%) del monto del contrato) que avalará el correcto funcionamiento y/o mantenimiento de los BIENES objeto del presente contrato, con una vigencia de ________ (La Entidad deberá registrar el plazo de vigencia de la garantía en literal y numeral que deberá exceder en treinta días el plazo de garantía de los bienes) computable a partir de la Recepción Definitiva de los bienes. 
El importe de esta garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que los bienes adquiridos por la entidad no presenten buen funcionamiento y/o el PROVEEDOR no hubiese efectuado el mantenimiento preventivo dentro del plazo de vigencia de la garantía. Si dentro del plazo previsto por la ENTIDAD los BIENES objeto del presente contrato, no presentasen fallas en su funcionamiento y tuvieran el mantenimiento adecuado, dicha garantía será devuelta una vez concluida la vigencia de la garantía de los bienes.

En 2014, las cédulas de identidad tendrán chip



El Servicio General de Identificación Personal (Segip) anunció, mediante un comunicado, que en 2014 se implementará la Cédula de Identidad con chip y se pondrá en marcha la Cedulación Escolar. Este informe será presentado en una audiencia pública de rendición de cuentas.

“Se tiene prevista la Cedulación Escolar, que permitirá documentar a un sector masivo, pero aún vulnerable de la sociedad boliviana. Otro desafío será la implementación de la Cédula de Identidad con chip, situándonos como uno de los países líderes en la región”, indica el documento.

El Segip tiene más de dos años de existencia y en este tiempo ha puesto en marcha un moderno sistema de cedulación y cada ciudadano puede obtener su carnet ahora en 20 minutos, según el Segip.

En su informe, esta entidad también destaca que ha habilitado un millar de agencias de entidades bancarias para el cobro del costo de la cédula, bajo el programa “Depósito fácil con el Segip”, entre otros logros institucionales. El Gobierno creó el Segip en junio de 2011 y le entregó la cedulación de identidad y de la licencia de conducir, que antes estaban en manos de la Policía.

Dircabi y Migración deben mejorar servicios ‘desastrosos’

En el informe sobre la lucha contra el delito en Bolivia, presentado ayer en el hotel Casa Blanca de Santa Cruz, el ministro de Gobierno, Carlos Romero, calificó de desastrosos el servicio de Migración en cuanto al control fronterizo y el manejo de la Dirección de Registro, Control y Administración de los Bienes Incautados (Dircabi).

Frontera vulnerable
Romero reveló que Migración solo tiene 17 puestos de control para 7.000 kilómetros de frontera de Bolivia con sus países vecinos. “Casi el 50% de esa frontera está en Santa Cruz, por lo que siempre somos vulnerables y corremos el riesgo de que ingresen droga, químicos o delincuentes o que alguien se nos escape, como el señor Ostreicher”, dijo el ministro.
Sobre Dircabi, la autoridad opinó que en gestiones pasadas el manejo fue un desastre. “La actual directora (Iveth Álvarez), a la que designé personalmente, reveló que cuando asumió el cargo no había registrado ningún bien incautado. Dircabi es un desastre, estamos tratando de salvarla. Hemos contratado una consultora para inventariar los bienes”, dijo. Este año, Dircabi transfirió a favor del Estado solo $us 316.863 de oficinas de siete departamentos

Thursday, December 19, 2013

MINUTA DE CONTRATO - III

QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO).- El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente contrato es de: ___________ (registrar en forma numérica y literal el monto del contrato, en bolivianos, establecido en la Resolución de Adjudicación). (En caso de que el precio total contratado fuese en moneda extranjera se debe dejar expresamente establecido que el pago se realizará en moneda nacional y al tipo de cambio oficial de venta establecido por el Banco Central de Bolivia en el día de la facturación) 
El precio o valor final de la adquisición, será el resultante de aplicar los precios unitarios de la propuesta adjudicada a las cantidades de BIENES efectiva y realmente provistas. Queda establecido que los precios unitarios consignados en la propuesta adjudicada obligan a la provisión de BIENES nuevos y de primera calidad, sin excepción. Este precio también comprende todos los costos de verificación, transporte, impuestos aranceles, gastos de seguro de los BIENES a ser provistos, es decir, todo otro costo que pueda tener incidencia en el precio hasta su entrega definitiva de forma satisfactoria. Es de exclusiva responsabilidad del PROVEEDOR, efectuar la provisión de los BIENES contratados por el monto establecido, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por provisiones que hiciesen exceder dicho monto. 

SEXTA.- (ANTICIPO) (En caso de no existir anticipo, la entidad deberá eliminar la presente cláusula) La ENTIDAD, podrá otorgar uno o varios anticipos al PROVEEDOR, cuya suma no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto entregado. El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el PROVEEDOR no haya iniciado la provisión de los BIENES dentro de los __________ (Registrar en forma literal y numeral, el plazo previsto al efecto) días establecidos al efecto. Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente por otra garantía, cuyo valor deberá ser la diferencia entre el monto otorgado y el monto ejecutado. 
Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta la amortización total del anticipo. La ENTIDAD llevará el control directo de la vigencia y validez de esta garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al PROVEEDOR. Este anticipo deberá ser amortizado por el PROVEEDOR de la siguiente manera __________ (la entidad, de acuerdo al tipo de adquisición, deberá establecer la modalidad de amortización).

Cada mes se reciben de 80 a 100 quejas por las demoras en DDRR



La Oficina Distrital de Control y Fiscalización del Consejo de la Magistratura recibe entre 80 y 100 denuncias mensuales por demora de trámites en Derechos Reales (DDRR) de La Paz, informó su titular Víctor Poma. Usuarios protestan por las filas y el tiempo que dura el papeleo.

“Desde julio que estoy tratando de hacer un trámite, el cual fue observado por mi estado civil. Reingresé el documento, pero resulta que la funcionaria no registró mi trámite y ayer (lunes) recién me dijeron lo que sucedió”, protestó un usuario que prefirió guardar su nombre en reserva.

El encargado departamental del Consejo de la Magistratura, Francisco Tarquino, explicó que desde que se implementó el Sistema Nacional de Registro Público (Sinarep) los procesos deberían estar listos en tres días, pero por la alta carga procesal duran entre seis y diez días.

Otro de los factores que incide en el retraso es la falta de personal, pues un funcionario atiende por día hasta 25 trámites, informó Víctor Poma, encargado Distrital de Control y Fiscalización del Consejo de la Magistratura.

Una usuaria que se encontraba en la ventanilla de consulta realizando la verificación de su trámite mostró la boleta de inicio del proceso, fechada el 29 de octubre. “Se supone que debe durar de 10 a 15 días, pero ya estamos a 18 de diciembre y hasta ahora no me entregan nada”, cuestionó. Ambos coincidieron en que el personal de DDRR en La Paz no sabe guiar a los usuarios.

Disculpa. “Es posible que por el número excesivo de trámites, a veces los funcionarios demoren porque hay inscripciones con un tema o porque son trámites complejos”, argumentó Tarquino. El Sinarep, que fue puesto en marcha en julio en La Paz y Santa Cruz, redujo de diez a cuatro los pasos para el registro de trámites.

El usuario debe entrar en contacto con el asesor de registro quien guía sobre cómo efectuar el trámite (1); el inscriptor registra el documento y lo vacía en el sistema (2); el inscriptor informa al director sobre los trámites ya realizados, quien tiene 72 horas para entregar el documento (3); finaliza el trámite y el interesado recoge el documento (4).

Estos pasos no están disponibles para todos los procesos. En DDRR se efectúan 26 tipos de trámites de inscripción sobre bienes inmuebles. Según el Consejo de la Magistratura, con el Sinarep los trámites que se realizan en la registraduría llegaban en octubre a 300 por día en La Paz.

Poma explicó que de las 80 a 100 denuncias por retrasos en las diligencias que reciben al mes, entre dos y cinco “son problemas extremos con trámites recurrentes de tardanza de hasta más de dos años”. “En estos casos siempre se hizo la notificación a las unidades para que informen el porqué del retraso”, señaló el funcionario, quien aclaró que si un trámite dura hasta un mes está dentro del plazo normal, pero si pasa de ese tiempo es un caso extremo.

Apuntan a otros culpables

Requisitos

Según la Oficina Distrital de Control y Fiscalización del Consejo de la Magistratura, uno de los factores que retrasa los trámites es el incumplimiento de los usuarios en la presentación de requisitos.

Terceros

Otro de los problemas es la proliferación de tramitadores que dilatan los procesos en desmedro de los clientes, aseguró. Desde las 06.00, de lunes a viernes, los usuarios hacen colas para ser atendidos.

Al menos 5.000 extranjeros se beneficiarán con la amnistía

La Dirección de Migración prevé que al menos 5.000 extranjeros con residencia ilegal en Bolivia sean beneficiados con la amnistía, a partir de este mes hasta junio de 2014, una vez que paguen el costo de su estadía en el país y cumplan otros 10 requisitos.
Este beneficio fue aprobado por el presidente Evo Morales el 20 de noviembre, seis meses después de la promulgación de la Ley de Migración, mediante el Decreto Supremo 1800.
El responsable de Comunicación de la Dirección General de Migración, Jorge Gutiérrez, declaró ayer: "Todavía no tenemos un número de beneficiarios porque la norma recién fue aprobada, pero el universo que se espera alcanzar es de 5.000 personas”.

El funcionario explicó que los extranjeros tienen seis meses para realizar sus trámites y los beneficiarios serán quienes se encuentren en Bolivia de forma ilegal al menos dos años hasta el 8 de mayo de esta gestión.
"Una situación irregular es cuando un extranjero ingresó al país por un punto fronterizo no autorizado, no actualizó su permanencia o no renovó su cédula de identidad”, dijo Gutiérrez.
Las personas extranjeras que quieran acogerse a esta amnistía deberán pagar 2.980 bolivianos por el trámite de residencia temporal de dos años y 450 bolivianos al Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) para el trámite de la cédula de identidad.
"La amnistía es para perdonar las multas a los extranjeros que están en una situación irregular. Se acumula un monto de 20 bolivianos por día (mientras no se regularice el trámite)”, explicó.
Otros requisitos
Una vez que se paguen los costos por la residencia y por el trámite de cédula de identidad, un extranjero debe presentar 10 documentos para ser considerado un residente legal.
Los requisitos consisten en presentar una declaración jurada de permanencia temporal de dos años, pasaporte vigente, un certificado que acredite que el extranjero no tiene antecedentes en la Interpol, la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) y la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), principalmente.

Gutiérrez agregó que de enero a octubre de este año se efectuaron 1.171 operativos y se emitieron 1.783 notificaciones, pero sólo 600 personas regularizaron sus estadía en el país. "Con esta amnistía pretendemos realizar un censo de los extranjeros indocumentados”, añadió.

180 extranjeros fueron expulsados
La Dirección General de Migración otorgó la salida obligatoria del país al menos a 180 extranjeros y dio residencia legal a 22.365 personas. Los datos corresponden a este año.
"Son personas que no tienen documentación, que han vivido menos de dos años en el país y antes de la promulgación del decreto; generalmente son gente que viaja por todo el mundo, hacen malabarismos o a veces son delincuentes”, dijo el responsable de Comunicación de Migración, Jorge Gutiérrez.
Agregó que en las expulsiones a los extranjeros intervienen agentes del Ministerio Público y la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC).
Según los datos otorgados por esta instancia, de los 22.365 extranjeros, 7.856 sudamericanos que pertenecen al Mercosur solicitaron residencia temporal durante dos años y 5.774 pidieron un traspaso de residencia permanente.
"La norma señala que, en primer lugar, un extranjero puede pedir una residencia de dos años, que es lo que normalmente se hace, y luego ya hacen un traspaso para quedarse permanentemente en Bolivia”, agregó.

Wednesday, December 18, 2013

MINUTA DE CONTRATO - II

TERCERA.- (OBJETO DEL CONTRATO) El PROVEEDOR se compromete y obliga por el presente Contrato, a proveer _______________ (describir de forma detallada el tipo de bienes a ser provistos y en caso de tratarse de muchos ítems, deberá hacerse constar que el detalle de los bienes objeto del contrato, se encuentran en documento anexo), que en adelante se denominará los BIENES, con estricta y absoluta sujeción a este Contrato, a los documentos que forman parte de el y dando cumplimiento a las normas, condiciones, precio, dimensiones, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de entrega y características técnicas establecidas en los documentos del Contrato y a las cláusulas contractuales contenidas en el presente instrumento legal. Para la adquisición de los BIENES dentro de las especificaciones técnicas que forman parte del presente Contrato, así como para garantizar la calidad de los mismos, el PROVEEDOR se obliga a efectuar la provisión de acuerdo con los documentos de contratación y propuesta adjudicada. 

CUARTA.- (PLAZO DE ADQUISICIÓN) El PROVEEDOR entregará los BIENES en estricto apego a la propuesta adjudicada, las especificaciones técnicas y el cronograma de entregas (cuando corresponda), en el plazo de _________ (registrar literalmente el plazo total de entrega de los BIENES) ____________ (registrar numéricamente el plazo, entre paréntesis) días calendario, que serán computados a partir, de _______ (Elegir una de las siguientes opciones, de acuerdo a lo que corresponda) - la fecha de apertura de la Carta de Crédito (Cuando se trate de importación por el PROVEEDOR) - desembolso del anticipo (Cuando se trate de compra local con anticipo) - la firma del presente contrato, (Cuando se trate de compra local sin anticipo). (En caso de que las entregas fuesen parciales, dentro del plazo total, se deberá hacer constar las cantidades y fechas, a efectos del control del cumplimiento del contrato). El plazo de adquisición de los BIENES, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado cuando la ENTIDAD, mediante el procedimiento establecido en este mismo Contrato, incremente la cantidad de los BIENES a ser provistos y ello repercuta en el plazo total o cuando por demora en el pago de las partidas entregadas o de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo, el PROVEEDOR efectúe el trámite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que será analizado por la ENTIDAD para luego suscribir el respectivo Contrato Modificatorio que establezca la ampliación de plazo.

SEGIP planea tener presencia en todos los municipios del país

El director nacional del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), Antonio Costas, informó el martes que tiene planificado sanear su base de datos completando la emisión de casi 10 millones de cédulas de identidad para poder tener presencia en todos los municipios del país.

'Queremos hacer dos actividades fundamentalmente, la primera es llegar a completar los 10 millones de cedulas de identidad en el próximo año y medio lo que permitirá la base de datos saneada y entrar en un segundo proyecto que sería la presencia del SEGIP ya en todos los municipios del país', señaló.

Costas explicó que en el caso de las capitales se desconcentraría personal en todos los distritos municipales generando, consecuentemente, una 'atención más ágil'.

'El próximo año vamos a estar en los colegios que constituye un reto importante' añadió a tiempo de indicar que la dificultad que presenta Santa Cruz es la falta de documentación para iniciar el trámite de identificación en casi 320 mil jóvenes menores de 18 años.

Por otro lado, el responsable del SEGIP informó que poco a poco se convierten en un referente de consulta para otras instituciones como la Policía o el Ministerio de Economía y Finanzas, este último que ejecuta el Registro Único de Proveedores.

Costas indicó que en la emisión de cédulas en el extranjero, en Argentina y Brasil inicialmente, se superaron las 13 mil cédulas de identidad emitidas.

'En el caso de la Argentina y Brasil se utiliza mucho ese documento para todas las actividades civiles y para los residentes en el extranjero significa un gran ahorro, cercano a los 10 millones de bolivianos que se gastarían en caso de realizar el trámite en Bolivia', precisó.

Ley Municipal de Catastro reduce trámites a 10 días

Con la Ley Municipal de Catastro, aprobada ayer y que será promulgada en 10 días por el alcalde Luis Revilla, el ciudadano realizará el trámite en 10 días; además el documento será observado sólo una vez y no así dos o tres.
"La ley va a permitir que las subalcaldías otorguen el catastro, ya que nuestra base de datos tendrá el respaldo jurídico”, dijo la concejala Gabriela Niño de Guzmán, como otra de las ventajas de la Ley de Catastro.
Niño de Guzmán argumentó que la Alcaldía cumple con las previsiones y el mandato de la Constitución Política del Estado (CPE) en la Ley Marco de Autonomías, que estable que es competencia de gobiernos municipales el registrar y administrar el catastro.
La ley trabajará en dos aspectos, en el ordenamiento dentro del municipio al dar el valor jurídico a la base de datos georreferenciales y el procedimiento para el otorgamiento del catastro, que incluye los requisitos y los plazos, refirió la concejala.
Niño de Guzmán aclaró que el catastro no da derecho propietario, "es un documento de orden técnico que identifica el lugar exacto donde está un predio, eso es el catastro; y la superficie de un terreno, si hubiera uno, daría las características y el volumen de la construcción”.
Otro elemento importante, además de la descentralización del trámite en las subalcaldías, es que, si antes el ciudadano contrataba los oficios de un topógrafo, con la aplicación de la ley la Alcaldía dotará de un funcionario municipal para este trabajo.
"En muchos casos las familias de laderas no tienen dinero para contratar profesionales, por lo que la Alcaldía destinará a funcionarios para que hagan el levantamiento topográfico a costos menores”, explicó.
Según Niño de Guzmán, esta ley también establece márgenes de tolerancia respecto a la medición del predio, ya que en su momento se lo realizaba con una cinta métrica, lo que ahora no sucede porque hay nuevos equipos.
Lo anterior, al igual que la importancia de los nombres de las calles, era un requisito que prolongaba el trámite de catastro. "Ahora ya no nos interesa, sino la ubicación georreferencial”, señaló la concejala, quien espera que la ley se promulgue en 10 días.

Otros beneficios

Trámites La entrega de certificados catastrales será en subalcaldías.
Observación Con la ley, el trámite del catastro sólo tendrá una observación.
Requisito Para tener el catastro uno debe tener el documento derecho propietario.
Ventaja Si uno no cuenta con el documento de derecho propietario, con la ley se entregará un certificado catastral provisional para el trámite.

Tuesday, December 17, 2013

MINUTA DE CONTRATO - I

SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE ___________ (registrar el lugar donde será protocolizado el Contrato). En el registro de Escrituras Públicas que corren a su cargo, sírvase usted insertar el presente contrato de adquisición de _____________ (registrar el tipo de bien o bienes objeto de la Adquisición), sujeto a las siguientes términos y condiciones: I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 

PRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES) Dirá usted que las partes CONTRATANTES son: ___________ (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la ENTIDAD), representada por __________ (registrar el nombre y el cargo del responsable de la suscripción del Contrato de Adquisición) designado por _____________ (Registrar la Resolución o documento legal de designación), que en adelante se denominará la ENTIDAD y ______________ (registrar la Razón Social del Adjudicado), legalmente representada por __________ (Registrar el nombre completo y número de Cédula de Identidad del representante legal habilitado para la suscripción del Contrato), en virtud del Testimonio de Poder Nº _______ (Registrar el numero) otorgado ante __________________ (Registrar el N° de Notaria de Fe Pública ante la cual fue otorgada el Poder), el __________ (Registrar la fecha, día, mes y año) en la __________ (Registrar el lugar donde fue otorgado el Poder), que en adelante se denominará el PROVEEDOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato de Adquisición de Bienes (los documentos que acrediten la legal constitución deberán ser los pertinentes a cada caso o a cada tipo de organización a contratarse) 

SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO) Dirá usted que la ENTIDAD, mediante Licitación Pública Nº.___________ (registrar el número de la Licitación), convocó a Empresas interesadas a que presenten documentos y propuestas técnicas y económicas de acuerdo a las especificaciones técnicas y condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación aprobado mediante Resolución Nº ____ de ______ (registrar el número y fecha de la Resolución de aprobación del Documento Base de Contratación), proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Que la Comisión de Calificación de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas realizó el análisis y la evaluación de las mismas, habiendo emitido informe de evaluación y recomendación al Responsable del Proceso de Contratación (RPC), el mismo que fue aprobado y en base al cual se pronunció la Resolución de Adjudicación Nº _________ (registrar el número y la fecha de la Resolución), resolviendo adjudicar la adquisición de los bienes a __________ (registrar la razón social de la Empresa o Asociación de Empresas adjudicatarias de la adquisición de el (los) bien(es) ), al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de la ENTIDAD. (Si el RPC, en caso excepcional decide adjudicar la adquisición a un proponente que no sea el recomendado por la Comisión de Calificación, debe adecuarse este hecho, en la redacción de la presente cláusula)

La renovación de licencias de venta de coca volverá a Bs 200

El viceministro de Coca y Desarrollo Integral, Gumercindo Pucho, anunció que el precio de la renovación de licencias de comercialización de coca al detalle volverá a ser de 200 bolivianos, después de haber dejado sin efecto normas administrativas autorizadas por dos exautoridades, que en tres gestiones hicieron subir el costo hasta 1.200 bolivianos.
"Todas las disposiciones o resoluciones que se han emitido en 2007, 2011 y 2013 han quedado sin efecto legal, entonces vuelve al precio que dicta el reglamento”, confirmó ayer Pucho.
Las normas fueron emitidas los años 2007, 2011 y 2013, firmadas por el exviceministro de la Coca Dionisio Núñez y el exdirector general de Coca e Industrialización (DIGCOIN) Luis Cutipa. Este último, en días pasados recuperó su libertad después de una detención preventiva en la cárcel de Patacamaya.
A través de la norma interna 410/2013, el actual viceministro de la Coca, Gumercindo Pucho, anuló las resoluciones a pedido de la ministra de Desarrollo Rural y Tierras, Nemesia Achacollo, el 22 de octubre pasado, por considerarlas ilegales.
El viceministro explicó ayer que en reuniones con los dirigentes de los comercializadores de coca al detalle se manifestó que ese sector estuvo de acuerdo en pagar más por la renovación de su permiso de venta.
No obstante, al enterarse de que las resoluciones firmadas por Cutipa y Núñez fueron anuladas, el ejecutivo de la Federación Nacional de Comerciantes Minoristas de Coca, Emilio Choque, planteó la semana pasada la posibilidad de que su gremio pida al Gobierno la devolución del dinero adicional que pagó por la renovación de las licencias.
Al respecto, el viceministro Pucho señaló que habrá que analizar esta posibilidad. "Veremos luego”, dijo escuetamente.

A través de la primera resolución (174/2007), firmada por Cutipa, se establece que el costo de la renovación suba de 200 a 400 bolivianos. Para la gestión 2013, la resolución 29/2013, firmada por Núñez, indica que el precio de ese trámite para los comercializadores detallistas debe ser de 1.200 bolivianos.

El proceso
Investigación El Ministerio Público investiga a Luis Cutipa y a Dionisio Núñez por presuntos cobros ilegales en la renovación de licencias de comercialización, entre otros delitos de corrupción relacionados con DIGCOIN.
Libertad La pasada semana, el juez Fernando Rivadeneira determinó la libertad pura y simple para Cutipa, quien guardaba detención preventiva en la cárcel de Patacamaya. Núñez, por su parte, cumple medidas sustitutivas dentro del proceso que inició la Fiscalía.

Monday, December 16, 2013

ANEXO 5 MODELO DE CONTRATO INDICE DEL CONTRATO DE ADQUISICION DE BIENES - II

II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO

VIGESIMA PRIMERA Representante del Fabricante
VIGESIMA SEGUNDA Forma de Pago
VIGESIMA TERCERA Facturación
VIGESIMA CUARTA Modificación de la Adquisición
VIGESIMA QUINTA Pago por Adquisición Adicional
VIGESIMA SEXTA Morosidad y sus Penalidades
VIGESIMA SÉPTIMA Responsabilidad y Obligaciones del Proveedor
VIGESIMA OCTAVA Seguros
VIGESIMA NOVENA Suspensión Temporal de la Adquisición
TRIGESIMA Normas de Calidad Aplicables
TRIGESIMA PRIMERA Embalaje
TRIGESIMA SEGUNDA Inspección y Pruebas
TRIGESIMA TERCERA Derechos de Patente
TRIGESIMA CUARTA Manuales de Operación, Mantenimiento y Reparación
TRIGESIMA QUINTA Recepción Definitiva
TRIGESIMA SEXTA Cierre o Liquidación de Contrato
TRIGESIMA SÉPTIMA Conformidad

Segip y Sereci entregaron documentos a más de 2.000

El Servicio de Registro Cívico (Sereci), en coordinación con el Servicio General de Identificación Personal (Segip), entregó más de dos mil documentos de identidad a pobladores del municipio tarijeño, Caraparí.
La meta que tienen el Segip y el Sereci, según el director de esta última institución, Alberto Mealla Lema, es de beneficiar a 3.500 personas en ese municipio, hasta el 20 de diciembre de 2013.
Una vez que el Sereci entrega el certificado de nacimiento, inmediatamente, el beneficiado puede tramitar su carnet de identidad.
Mealla dijo que dentro del Plan de Derecho a la Identidad que debe cumplirse hasta 2015, y que es promovido por el Tribunal Departamental Electoral y el Sereci, son realizadas las campañas de saneamiento y entrega de certificados de nacimientos en los municipios de Tarija, de acuerdo a un cronograma.
Es así que a través de las campañas realizadas en Yunchará fueron beneficiadas cerca de cinco mil personas, mientras que en Villa Montes, 3.190.
Caraparí será el tercer municipio del Tarija en ser declarado como libre de indocumentados.
El primer municipio de Bolivia en ser declarado como “cero indocumentados” fue Villa Montes.
El Director del Sereci mencionó que el objetivo de las campañas es sanear las partidas de nacimiento y el registro de las personas en forma gratuita.
Para el siguiente año está previsto continuar con las campañas de saneamiento. La labor iniciará en la provincia O´Connor.

Sunday, December 15, 2013

ANEXO 5 MODELO DE CONTRATO INDICE DEL CONTRATO DE ADQUISICION DE BIENES - I

I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA Partes Contratantes
SEGUNDA Antecedentes Legales del Contrato
TERCERA Objeto del Contrato
CUARTA Plazo de Adquisición
QUINTA Monto del Contrato
SEXTA Anticipo
SEPTIMA Garantía
OCTAVA Domicilio a Efectos de Notificación
NOVENA Vigencia del Contrato
DECIMA Documento del Contrato
DECIMA PRIMERA Idioma
DECIMA SEGUNDA Legislación Aplicable al Contrato
DECIMA TERCERA Derechos del Proveedor
DECIMA CUARTA Estipulaciones Sobre Impuestos
DECIMA QUINTA Protocolización del Contrato
DECIMA SEXTA Subcontratos
DECIMA SEPTIMA Intransferibilidad del Contrato
DECIMA OCTAVA Causas de fuerza Mayor y/o Caso Fortuito
DECIMA NOVENA Terminación del Contrato
VIGESIMA Solución de Controversias

Saturday, December 14, 2013

FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y PROPUESTA TÉCNICA

La entidad deberá definir los criterios y puntajes para los factores de evaluación de la calidad de la propuesta técnica dependiendo del tipo de bien, los cuales deberán mejorar la especificación mínima solicitada o establecer condiciones adicionales que mejoren la calidad de los bienes requeridos. 
Los factores de evaluación deberán ser definidos de manera previa a la publicación de la convocatoria y no podrán ser modificados. Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con los siguientes parámetros:

Friday, December 13, 2013

FORMULARIO Nº V-2 PROPUESTA ECONÓMICA AJUSTADA

Trámites de pasaporte se disparan a fin de año


ATENCIÓN. La Dirección de Migración recibe entre 20 y 40 solicitudes diarias.

SE EMITIERON 1.500 DE NOVIEMBRE A LA FECHA

Trámites de pasaporte se disparan a fin de año

Trabajo, estudio y vacaciones; las personas salen del país en busca de otras opciones labolares, de formación o esparcimiento

Dayana Martínez Carrasco

Representado más del 30% de incremento en el flujo migratorio, un total de 1.500 pasaportes se tramitaron únicamente de noviembre a la fecha, según datos de la Dirección Distrital de Migración Chuquisaca.
El incremento en viajes al exterior sube en los últimos meses del año, pero solamente en el mes de noviembre y la primera quincena de diciembre de este año, casi se igualó el número de emisión de pasaportes en 2010, según los datos otorgados por el director de la Dirección Distrital de Migración de Chuquisaca, Álvaro Durán.
En aquél entonces, el destino de los viajeros era España; ahora es Chile el país al que se dirige más del 70% de los que tramitan su pasaporte, especialmente por motivos laborales.
A la fecha, de los 4.500 pasaportes emitidos en lo que va de 2013, más del 50% corresponden a estudiantes que oscilan entre los 18 y 25 años de edad, que se dirigen a otros países, especialmente Chile, con motivos laborales y continuación de estudios.
Al número de estudiantes, le sigue un gran porcentaje de amas de casa y otro de albañiles, todos con el objetivo principal de mejorar su calidad de vida.
Sin embargo, el Director de Migración indicó que si bien es importante viajar con pasaporte, no es imprescindible, ya que muchos países no exigen ese documento al ingresar a sus fronteras, gracias a los acuerdos establecidos con el Estado, como es el caso de Mercosur, con el que Brasil, Argentina, Chile y otros, permiten el ingreso de bolivianos solamente con su cédula de identidad.
Por eso, se estima que el número de migrantes es mucho más alto que el registrado en la oficina de Migración.


Chile, el destino
Desde el 2011, Chile es el destino preferido por los migrantes que dejan el país en busca de fuentes laborales con mayor remuneración económica, mientras que muchos viajantes regresan de España, ya que su economía se vio afectada en los últimos años.

Cifra

4.500 pasaportes se tramitaron a la fecha, de los cuales 1.500 fueron gestionados de noviembre a la fecha.


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