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Wednesday, December 31, 2014

El Segip habilitará a gestores municipales



El director del Servicio General de Identificación Personal (Segip), Antonio Costas, anunció ayer que en 2015 se habilitarán a los gestores municipales para reducir el número de indocumentados.

“Uno de los retos que vamos a cumplir el próximo año es que en los municipios queremos implementar los gestores municipales, en las 339 alcaldías, para que los ciudadanos puedan hacer los trámites de modificaciones y también los trámites de reposiciones”, explicó.

Costas dijo que con ese proyecto se pretende reducir los denominados “puntos rojos”, que tienen un nivel de indocumentados superior al 30% en comparación al número de población, según el censo 2012.

“Vamos a tener brigadas muy especializadas para cubrir los pocos puntos rojos que tenemos, sobre todo en la parte de Beni, en un área muy poco poblada, pero muy dispersa, donde tenemos estas dificultades, en el norte de Potosí y parte de Chuquisaca, donde se tiene esta situación”, añadió.

Costas informó que el Segip tiene un mapa donde se clasifica el nivel de indocumentados por municipios. Las áreas rojas tienen un nivel de indocumentados superior al 30%, las áreas amarillas un nivel de 20 a 30%, las áreas verdes del 10 al 20% y las azules menor al 10%. Anunció que se trabajará también en zonas de las franjas amarillas y verdes.

“En 2015 queremos focalizar esta área porque es donde se tiene una concentración poblacional muy alta”, dijo.

Para recién nacidos Carnet y certificado juntos desde 2015

El director del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), Antonio Costas, anunció que desde el próximo año se entregarán cédulas de identidad a los recién nacidos, junto al certificado de nacimiento.

Detalles de la iniciativa. "Vamos a tratar de coordinar con el Ministerio de Salud, con un convenio formal, para empezar a trabajar con el certificado de nacido vivo (...). Pretendemos que sean los funcionarios que atiendan el parto que registren al niño y se le va a asignar un número de cédula, aunque no exista el nombre, ya va a estar asignado un número para él", explicó. Costa dijo que se prevé que en el mes de julio del próximo año se entregarán los carnets de identidad para los neonatos. La aplicación inicialmente la vamos a empezar en los centros urbanos donde las instalaciones de los establecimientos de salud tienen las condiciones.

Tuesday, December 30, 2014

SEGIP entregará cédulas a recién nacidos desde 2015

El director del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), Antonio Costas, anunció ayer que desde el próximo año se entregarán cédulas de identidad a los recién nacidos, junto al certificado de nacimiento.

"Vamos a tratar de coordinar con el Ministerio de Salud, con un convenio formal, para empezar a trabajar con el certificado de nacido vivo. (...) Pretendemos que sean los funcionarios que atiendan el parto que registren al niño y se le va asignar un número de cédula, y aunque no exista el nombre, ya va a estar asignado un número para él", explicó en conferencia de prensa.

Costa dijo que se prevé que en el mes de julio del próximo año se entregarán los carnets de identidad para los neonatos.

Dijo que esa iniciativa servirá para evitar el rapto de recién nacidos, para garantizar la seguridad jurídica del menor y para beneficiar a los padres de familia.


Baja en el registro de vehículos por exportación, obsolescencia, siniestro o robo - II

Marco legal: 
• Ley Municipal Nª 012/2011. 
• Decreto Supremo Nº 24604. 
• Decreto Supremo Nº 28963 (siniestros).

Monday, December 29, 2014

Baja en el registro de vehículos por exportación, obsolescencia, siniestro o robo - I

¿En qué consiste? Solicitud presentada a la Administración Tributaria (GAMLP) para dar de baja del registro de un vehículo automotor, por las siguientes modalidades: 1. Exportación 2. Obsolescencia 3. Siniestro 4. Robo 
Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 48 horas a partir de la presentación de documentación requerida. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. Deberá realizar seguimiento a su trámite, con el número de hoja de ruta. 
3. No debe olvidar portar las placas, plaquetas, y certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03), para presentar en el momento del procesamiento de su trámite (si correspondiera). 
4. El pago de sus impuestos debe estar al día. 
5. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: Para baja por siniestro o fin de vida útil 
1. Carta de solicitud dirigida a la Máxima Autoridad Tributaria Municipal (Director de la Administración Tributaria Municipal). 
2. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). 
3. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03), original. 
4. Informe del Organismo Operativo de Tránsito en caso de siniestro y obsolescencia (original y fotocopia). 
5. Devolución de placas y plaquetas (si las condiciones lo permiten). Para baja o suspensión en el registro por robo 
1. Carta de solicitud dirigida a la Máxima Autoridad Tributaria Municipal (Director de la Administración Tributaria Municipal). 
2. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). 
3. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03), original. 
4. Denuncia a DIPROVE (original y fotocopia). Para baja por exportación 
1. Carta de solicitud dirigida a la Máxima Autoridad Tributaria Municipal (Director de la Administración Tributaria Municipal). 
2. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). 
3. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03), original y fotocopia. 
4. Resolución Administrativa emitida por Aduana Nacional o Declaración Única de Exportación. 
5. Devolución del certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03), placas y plaquetas.

Sunday, December 28, 2014

Cambio de radicatoria

¿En qué consiste? En el proceso por el que los propietarios (contribuyentes) de vehículos realizan el traslado del vehículo de una jurisdicción municipal a otra, efectuando el trámite de registro en el GAMLP. 
Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 24 horas a partir del pago de la liquidación. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. El propietario deberá estar empadronado en el GAMLP. 
3. El pago de sus impuestos debe estar al día. 
4. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: 
1. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). 
2. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03).

Saturday, December 27, 2014

Duplicado del certificado de propiedad de vehículos CRPVA (RUA 03)

¿En qué consiste? En la obtención de una copia del certificado de registro de propiedad vehículos automotores CRPVA (RUA 03) emitido por el GAMLP a solicitud del propietario. 
Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 24 horas en dependencias del GAMLP. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. El propietario deberá estar empadronado en la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
3. El pago de sus impuestos debe estar al día. 
4. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: 
1. Denuncia al Organismo Operativo de Tránsito por la pérdida del Certificado de Registro de Propiedad de Vehículos Automotores CRPVA (RUA 03), vigente (original). 
2. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). 
Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011. 
• Decreto Supremo Nº 24604, artículo 3 inciso k.

Wednesday, December 24, 2014

Tuesday, December 23, 2014

Duplicado de placas - I

¿En qué consiste? En la obtención de una copia de placas de circulación a solicitud del propietario de un vehículo automotor, cuando éstas han sido: extraviadas, robadas, sufrieron deterioro u otras causas que involucran su desaparición. 
Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 15 días en el GAMLP. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. El propietario deberá estar empadronado en la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
3. Para recoger el duplicado de su placa, ver requisitos en la parte posterior de vehículos automotores. 
4. El pago de sus impuestos debe estar al día. 
5. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: En caso de reposición por desgaste u obsolescencia de las placas 
1. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
2. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). 
3. Devolución de placas. 
En caso de robo o pérdida de una o ambas placas 
1. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
2. Denuncia en DIPROVE por extravío de dos placas o en el Organismo Operativo de Tránsito por la pérdida de una (vigente), en el caso de propietarios este requisito no es obligatorio. 
3. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). 
4. Publicación en un medio escrito de circulación nacional por tres días. 
Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011.
• Decreto supremo Nº 24604, artículo 20 a 27.

Monday, December 22, 2014

Registro y actualización de datos del propietario

En qué consiste? Modificación de los datos generales del propietario (nombre, apellido, domicilio). Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 10 minutos en ventanilla de atención al contribuyente. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. En ninguna circunstancia la modificación de datos implica el cambio de propietario. 
3. El propietario deberá estar empadronado en la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
4. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. Requisitos: 1. Documento de identificación (original y fotocopia). 
Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011. 
• Ley de Reforma Tributaria Nº 843, artículo 58.
• Código Tributario Ley Nº 2492, artículo 70. 
• Decreto Supremo 24604.

Saturday, December 20, 2014

Siete requisitos para permiso de viaje de menores al exterior

Por vacaciones y fiestas de fin de año los viajes fuera del país se han incremento y también las solicitudes de permisos para que los menores salgan al extranjero.
La encargada de la Plataforma de Atención al Público e Información (PAPI) del Tribunal Departamental de Justicia Verónica Rojas informó que para sacar la autorización de viaje de los menores se tiene que cumplir siete requisitos

Para tramitar deben presentar el certificado de nacimiento (original y fotocopia), la cédula de identidad del menor o pasaporte (original y fotocopia), la cédula de identidad del o los padres, o su pasaporte (original y una fotocopia) y dos fotografías del menor de 3x3 en fondo blanco

Asimismo, un valorado de 20 bolivianos, que debe ser cancelado en ventanilla de la PAPI al momento de presentar la documentación, presentar toda la documentación en un folder amarillo y sobre manila grande y si el menor viajará acompañado debe apersonarse a ventanilla esa persona con carnet de identidad (original y fotocopia).
AMBOS PADRES A los requisitos anteriormente citados, ambos padres deben estar presentes obligatoriamente.
SIN PODER Si cualquiera de los padres tiene el poder del otro, debe adjuntarse el del padre o la madre ausente (original y copia simple) y en caso de ser más de dos hermanos adjuntar una copia simple por cada menor.
Si es un poder consular se debe presentar el original legalizado por la Cancillería y una fotocopia simple.
MADRE SOLTERA En caso de que el menor lleve el apellido de la madre se debe adjuntar la resolución emitida por el Registro Civil (original y fotocopia).
APODERADO Si el que solicita es el apoderado, debe incluir el poder de ambos padres (original y fotocopia simple), que en caso de ser varios hermanos debe adjuntarse una copia simple por cada menor.
Si el poder es consular se debe presentar el original legalizado por la Cancillería y una fotocopia simple.
PADRES SIN PODER En el caso de que cualquiera de los padres no tenga el poder del otro, deberán estar presentes dos garantes, familiares del padres o de la madre ausente, y cada uno debe llevar su cédula de identidad (original y fotocopia, más el aviso de agua o luz).
Si no existen familiares del ausente, deberá presentar dos conocidos de la familia con cédula de la identidad, aviso de luz o agua, a su nombre y con la misma dirección que indique su domicilio (copias de cada uno). También deben adjuntar un memorial dirigido al Juzgado de Partido de Turno de la Niñez y la Adolescencia, donde especifique el paradero del padre o madre ausente. Estos conocidos deberán estar presentes en Plataforma una vez que exista la orden del Juzgado del Menor.

ADVERTENCIA Rojas recomendó a la población no dejarse engañar por tramitadores que pueden hacerles el papeleo a cambio de un pago que oscila entre 100 y 1000 bolivianos.

Modificación de datos técnicos de vehículos-inspección técnica - I

¿En qué consiste? En los cambios efectuados a la información técnica del vehículo registrado en el sistema (RUAT) administrado por el GAMLP. 
Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 24 horas en instalaciones del GAMLP. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. El propietario deberá estar empadronado en la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
3. Para recoger su certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03), ver requisitos en la parte posterior de vehículos automotores. 
4. El pago de sus impuestos debe estar al día. 
5. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: Para iniciar su trámite 
1. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
2. Autorización o informe técnico del Organismo Operativo de Tránsito en caso de cambio de color y/o motor. 
3. Certificación de fichas kárdex y/o póliza de importación en el caso de errores en el certificado del registro de propiedad de vehículos automotores. 
4. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). Para continuar su trámite 
5. Presentarse a la inspección técnica con la documentación requerida en la fecha y hora programada (según corresponda).
Marco legal:
• Ley Municipal Nº 012/2011.
• Decreto Supremo Nº 24054, artículo 11.
• Ley Nº 2028, artículo 8, párrafo V, inciso 7.

Friday, December 19, 2014

Diez bancos acceden a la base de datos del SEGIP

La directora de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Lenny Valdivia, informó que 10 entidades financieras accedieron a la base de datos del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) para evitar suplantaciones.
"Al cierre de esta gestión, diez entidades financieras ya están accediendo a la base de datos del SEGIP. Con ella, pretendemos dar seguridad a los prestatarios y evitar problemas como los que advertimos”, declaró la ejecutiva.
Además, precisó que a partir del 2 de enero todas las entidades de intermediación financiera tendrán acceso a estos registros financieros.
Este acuerdo tiene el objetivo de "combatir la suplantación de identidad en transacciones bancarias, debiendo mantener constancia documentada de dicha verificación”, señala un reporte de la entidad.
Este proceso se impulsó debido a que este año la ASFI atendió 20 denuncias de suplantación de identidad. Por ejemplo, una persona que encontraba un carnet de identidad iba a solicitar un crédito a una entidad bancaria.
Además, se estableció que el costo de la consulta deberá ser asumido por la entidad financiera y será gratuito para el cliente.

Thursday, December 18, 2014

Casos de rescisión, desistimiento o devolución - II

Requisitos: 
1. Escritura pública de rescisión suscrita entre el comprador y el vendedor. 
2. Certificado de fichas kárdex emitido por el Organismo Operativo de Tránsito. 
3. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
4. Cédulas de identidad del comprador y vendedor. 
5. Comprobante de pago del impuesto municipal a la transferencia y/o minuta (original). 
6. No tiene que registrar gravámenes asociados para iniciar el trámite. 
Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011. 
• Ley de Reforma Tributaria Nº 843, artículo 107. 
• Decreto Supremo Nº 24054, artículo 11.

Wednesday, December 17, 2014

Casos de rescisión, desistimiento o devolución - I

¿En qué consiste? 
En dejar sin efecto el registro de compra-venta, mediante un proceso de reposición de la titularidad tributaria que se halla registrada antes de haber procesado el cobro del impuesto municipal a la transferencia que se pretende rescindir, desistir o devolver. En cualquiera de las operaciones se debe considerar que: 
a) Antes de estar perfeccionado el primer acto traslativo de dominio con instrumento público, el impuesto pagado en ese acto se consolida en favor del GAMLP sujeto activo del impuesto, es decir, que no se devolverá el impuesto pagado. 
b) Después de estar perfeccionado el primer acto traslativo de dominio con instrumento público, si la rescisión, desistimiento o devolución se perfeccionan con instrumento público después del quinto (5) día a partir de la fecha de perfeccionamiento del primer acto, el segundo acto se conceptúa como una nueva operación de venta. Si la rescisión, desistimiento o devolución se formalizan antes del quinto día, este acto no está alcanzado por el impuesto a la transferencia. 
Instancia responsable: 
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 
48 horas a partir de la solicitud. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. El nuevo propietario deberá estar empadronado en la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
3. Debe tener sus impuestos al día. 
4. Si el desistimiento se diera antes de los 5 días hábiles, se procede al cambio de nombre sin cobro del impuesto municipal a la transferencia, caso contrario se procederá al cobro respectivo. 
5. Si no ha llegado a la protocolización ni se ha pagado el impuesto a la transferencia se procederá a la anulación de la misma, devolviendo la titularidad tributaria al vendedor. 
6. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja.

Monday, December 15, 2014

Impuesto municipal a la transferencia - vehículos - Part 2

Para transferencias por declaratoria de herederos 
1. Deberán estar empadronados todos los herederos (con fotocopias). 
2. Certificado de registro de propiedad vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
3. Testimonio del proceso de declaratoria de herederos (original o fotocopia legalizada).
4. Cédula de identidad de todos los herederos (original y fotocopia). 
Transferencia por anticipo de legítima 
1. Deberán estar empadronados todos los beneficiarios. 
2. Certificado de registro de propiedad vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
3. Testimonio de sesión por adelanto de legítima. 
4. Cédula de identidad de todos los beneficiarios. 
Para transferencia por fusión de empresas 
1. Testimonio de fusión. 
2. Certificado de registro de propiedad vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
3. Poder notariado de los representantes legales de ambas empresas. 
4. Documento de identificación del o los representantes legales. 
Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011. 
• Ley de Reforma Tributaria Nº 843, artículo 107. 
• Decreto Supremo 24054. 
• Código Tributario Ley Nº 2492. 
• Decreto Supremo Nº 25557.

Sunday, December 14, 2014

Impuesto municipal a la transferencia - vehículos - Part 1

¿En qué consiste? Es la transmisión de dominio de propiedad del vehículo de un propietario a otro, a través de un documento (factura, minuta) y perfeccionada por el testimonio a cuyo trámite final el GAMLP emite el certificado de registro de propiedad del vehículo automotor al nuevo propietario. 
Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 24 horas en el GAMLP. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal, pero en caso de realizarlo con poder notariado vigente, éste debe mencionar explícitamente que usted se encuentra facultado para realizar la transferencia del vehículo automotor. 
2. El nuevo propietario deberá estar empadronado en la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
3. Debe tener los impuestos pagados al día. 
4. No tiene que registrar gravámenes asociados para iniciar el trámite. 
5. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: Para iniciar su trámite 
1. Documento de identidad del vendedor, vigente 
2. Documento de identidad del comprador, vigente. 
3. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
4. Minuta de transferencia. Persona natural * Cédula de identidad, pasaporte o cédula de extranjero. Persona jurídica * Número de identificación tributaria (NIT). * Poder notariado vigente y documento de identificación del representante legal. Para continuar su trámite Una vez concluido su trámite en el Organismo Operativo de Tránsito, debe volver a las instalaciones de Vehículos, con los siguientes documentos: 
1. Testimonio de compra y venta. 
2. Resolución de transferencia. 
3. Certificado de registro de propiedad vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
4. Documento de identificación del comprador. Para terminar el trámite, recojo de certificado de propiedad vehículos automotores CRPVA (RUA 03), ver requisitos en la parte final de vehículos automotores del Manual Ciudadano de Trámites. Casos especiales: Para transferencias por donación a instituciones públicas 
1. Disposición legal que autorice la transferencia del vehículo. 
2. Certificado de registro de propiedad vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
3. Número de identificación tributaria (NIT) de ambas instituciones. 
4. Memorándum de designación o poder notariado vigente. 
5. Documento de identificación de las autoridades correspondientes. 
6. Testimonio de protocolización.

Saturday, December 13, 2014

Impuesto a la propiedad de vehículos automotores de acuerdo a valor tablas (personas naturales) - II

Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011. 
• Ley 843, artículo 9. 
• Código Tributario Ley Nº 2492, artículos 68 y 70.

DDRR abre una oficina en el Distrito 8 de El Alto



Derechos Reales abrió ayer una oficina en el Distrito 8 de El Alto, en instalaciones de la Subalcaldía de ese sector. En ella se podrán realizar todos los trámites de derecho propietario, de manera desconcentrada. El objetivo, según las autoridades municipales, es facilitar documentos a los vecinos.

Derechos Reales ocupará seis ambientes, en la planta baja de la Subalcaldía del Distrito 8, que fueron refaccionados por el municipio con una inversión de 10.000 bolivianos.

En el acto de apertura, algunos vecinos de las 240 juntas de este distrito coincidieron en que casi todos los habitantes del sector carecen de documentos de Derechos Reales. Ellos dijeron que poseen sus propiedades solo con testimonio y sin registro oficial.

Trabajo implementa oficina virtual

El Ministerio de Trabajo atenderá desde este 15 de diciembre los trámites del Registro Obligatorio de Empleadores (ROE) a través de su Oficina Virtual de Trámites (OVT), que se encuentra a disposición en el portal web: www.mintrabajo.gob.bo
Los trámites que se atenderán por la OVT de la entidad estatal son Registro para las y los empleadores nuevos, actualización del Registro Obligatorio de Empleo (ROE), reimpresión del Certificado ROE y la baja temporal o permanente del ROE.
Según la instructiva 16/14, del 10 de diciembre de 2014, emitida por ese despacho, este procedimiento para la atención de los usuarios desde su oficina virtual, es una nueva forma, no sólo para agilizar los trámites, sino para evitar que la población esté en las oficinas de esta entidad estatal. esperando su turno en la atención. Con esta medida lo que se quiere es facilitarle a los usuarios comodidad en este tipo de gestiones administrativas.

Friday, December 12, 2014

Video Autoridades inauguran oficinas de Derechos Reales en Colcapirhua

Impuesto a la propiedad de vehículos automotores de acuerdo a valor tablas (personas naturales) - I

¿En qué consiste? En generar el valor de acuerdo a las tablas que anualmente son elaboradas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en concordancia con la representación de las asociaciones de los Gobiernos Municipales de Bolivia, las que son aprobadas mediante Resolución Suprema y publicadas en la Gaceta Oficial hasta el 20 de enero de cada año, posterior al cierre de la gestión fiscal.
Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 5 minutos por vehículo. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Pueden solicitar valor tablas 
1. Las personas naturales que hayan adquirido vehículos de empresas. 
2. Las empresas que no tienen registrados dentro de sus activos fijos y/o no están obligadas a llevar registros contables, deberán presentar anualmente la justificación escrita ante la Administración Tributaria del GAMLP. 
3. El propietario o representante legal deberá estar empadronado en el GAMLP. 
4. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: 
1. Presentación del formulario 409. Personas naturales que compraron de una empresa 
1. Minuta de transferencia. 
2. Poder notariado vigente. 
Organizaciones no gubernamentales (ONG) 
1. Poder notariado vigente del representante legal. 
2. Detalle de las placas.
 Personas jurídicas (empresas) 
1. Justificación de por qué el vehículo no está formando parte del activo fijo de la empresa. 
2. Documento de identificación del solicitante. 
3. Número de identificación tributaria (NIT) de la empresa (no indispensable). 
4. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
5. Detalle de placas. 
6. Poder notariado vigente.

Thursday, December 11, 2014

Impuesto a la propiedad de vehículos automotores de acuerdo a valor en libros (personas jurídicas) - II

Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011. 
• Ley de Reforma Tributaria Nº 843, artículos 58 al 63. 
• Código Tributario Ley Nº 2492, artículos 66 y 70. 
• Decreto Supremo Nº 24051, artículo 37. 
• Resolución Administrativa de cobro de impuestos, emitida anualmente por la Administración Tributaria del GAMLP.

Wednesday, December 10, 2014

Impuesto a la propiedad de vehículos automotores de acuerdo a valor en libros (personas jurídicas) - I

¿En qué consiste? 
Las personas jurídicas (empresas) deben presentar anualmente sus estados financieros declarados en Impuestos Nacionales, que contengan la valuación de los bienes que integran sus activos fijos, la cual es proporcionada a la Administración Tributaria Municipal del GAMLP, para la liquidación del impuesto de vehículos automotores, en la forma, medios, plazos y lugares establecidos. 
Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 10 minutos en ventanilla de atención al contribuyente. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. La Administración Tributaria Municipal emite anualmente una Resolución Administrativa señalando los plazos para la presentación de documentos necesarios para la inserción de la base imponible, con la cual se determina el monto del pago de impuesto anual, plazo que una vez vencido genera la imposición de multas y sanciones por incumplimiento a deberes formales. 
2. Usted puede encontrar la resolución administrativa en el portal web del GAMLP www.lapaz.bo 
3. Evite retrasos y multas presentando su documentación en los plazos establecidos. 
4. El propietario o representante legal deberá estar empadronado en el GAMLP. 5. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 6. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: 
1. Presentación del formulario Nº 409. 
2. Estados financieros de la gestión adeuda (balance con sello de Impuestos Internos y estados financieros auditados, si corresponde). 
3. Anexo de activos fijos correspondientes al (los) vehículo (s) automotores detallando: • Número de placas. 
• Fecha de incorporación. 
• Valor inicial. 
• Depreciación acumulada. 
• Porcentaje de depreciación acumulada. 
• Valor total en libros. 
• Cuadro de ajustes al 31/12/..., en caso de empresas (minero-agropecuarias e industriales) que cierran al 31/03/... y 31/09/... 
• Una explicación clara y específica y fundamentación legal de los métodos de valuación actualizados y depreciación utilizados. 
4. Documento de identificación del solicitante o apoderado.

Tuesday, December 9, 2014

Video Pampa de la Isla.- Oficína del SEGIP desmantelada por delincuentes

Pago de impuesto a la propiedad de vehículos automotores (emisión de proformas) - II

Requisitos: 
1. Número de placa, póliza, número de placa anterior o copo. 
Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011. 
 Ley de Reforma Tributaria Nº 843, artículos 58, 60 y 61. 
• Código Tributario Ley Nº 2492, artículo 70, inciso 1.

Monday, December 8, 2014

Belén de Andamarca se sumó a campaña de certificación gratuita

El municipio de Belén de Andamarca se sumó a la campaña de certificación gratuita que emprende el Servicio de Registro Cívico (Sereci), con el objetivo de declarar el 2015 a Oruro como departamento libre de indocumentados.

En recientes días comenzó la campaña que recorrerá las diferentes poblaciones de este municipio, hasta el 9 de diciembre, posteriormente se entregará el documento que certifique a Belén de Andamraca como un municipio libre de indocumentados.

El director interino del Sereci regional Oruro, Alberto Condori, manifestó que la campaña de certificación gratuita se inició la pasada gestión, y continuará hasta declarar a todos los municipios como libre de indocumentados, es decir que cada ciudadano que habita en el departamento tenga su certificado de nacimiento, el cual es elemental para efectuar cualquier trámite y la base para que ejercer los derechos ciudadanos.

Indicó que se recorrerán cuatro poblaciones de Belén de Andamarca: Calama, Real Machacamarca y Cruz de Huayllamarca, además de entregar los certificados de nacimiento gratuitos a personas que no tengan este documento, también se saneará las partidas observadas.

Señaló que es importante que cada autoridad municipal y originaria coadyuve con esta campaña, motivando a los pobladores que aún no cuentan con este documento o tienen observaciones en su partida, acudir a las brigadas que efectuarán este trabajo.

Explicó que para acceder a este beneficio se debe presentar los certificados de bautismo, de vacunas o de nacido vivo, o cualquier documento donde figure el nombre de la persona; además de la declaración de dos testigos mayores de edad o autoridad originaria que certifique la identidad del poblador.

En caso de los menores de edad, mencionó que los padres deben presentar su cédula de identidad, libreta de servicio militar o libreta de matrimonio.

Pago de impuesto a la propiedad de vehículos automotores (emisión de proformas) - I

¿En qué consiste? 
Es la obligación de pago que tiene el sujeto pasivo (contribuyente o responsable) de cumplir con el impuesto anual sobre la propiedad de vehículos automotores de las personas naturales o jurídicas en la forma, medios, plazos y lugares establecidos por la Administración Tributaria Municipal. 
Instancia responsable: 
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 
2 minutos, mediante plataforma de atención. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El impuesto de su vehículo automotor con radicatoria en el municipio de La Paz puede pagarse en todas las agencias de entidades bancarias o financieras autorizadas, a nivel nacional, con los siguientes documentos o datos: 
• Número de placa que asigna la Administración Tributaria Municipal. 
• Proforma obtenida de la página web del RUAT (www.ruat.gob.bo) o en la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 2. Usted puede obtener el dato del monto que adeuda por concepto del impuesto a la propiedad de vehículos automotores mediante:
• Página web www.ruat.gob.bo 
• Enviando un mensaje de texto desde su celular con el número de placa, póliza, placa anterior y copo de su vehículo al 4444. 
• Línea fija 2124444, marque el número de su tercera placa que se encuentra en el lado izquierdo del stícker. 3. Las personas jurídicas deben, previamente, tramitar su liquidación de valor libros (ver los documentos requeridos y los pasos del trámite en la misma guía). 4. Usted puede realizar pagos a cuenta por la gestión vigente hasta la fecha de vencimiento. También puede realizar pagos a cuenta por las gestiones vencidas, comenzando por las antiguas.

Friday, December 5, 2014

Inscripción del vehículo automotor - II

Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011. 
• Ley de Reforma Tributaria Nº 843, artículo 58 al 61. 
• Código Tributario Ley Nº 2492, artículo 70 inciso 2. 
• Ley de Municipalidades Nº 2028, artículo 8, párrafo V, inciso 7. 
• Decreto Supremo Nº 24604.

Thursday, December 4, 2014

Inscripción del vehículo automotor - I

¿En qué consiste? 
Es la inscripción de un vehículo automotor por primera vez en el registro tributario del GAMLP, asignando la identificación del vehículo (número de placa) a efectos del cumplimiento de las obligaciones impositivas tributarias. 
Instancia responsable: 
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 
24 horas mediante ventanilla. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. El propietario deberá estar empadronado en la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
3. Como resultado del trámite de inscripción recogerá: placas, plaquetas, certificado de propiedad CRPVA (RUA 03) en almacén central (edificio Tobía, subsuelo) y la tercera placa en instalaciones del “Centro Multipropósito”, ubicado en el Mercado Camacho. 
4. La tercera placa estará disponible para recojo después de 5 días, una vez cancelado el costo del trámite de inscripción. 
5. Para recoger sus placas, plaquetas y/o certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03), ver requisitos en la parte final de vehículos automotores. 
6. Deberá cancelar los impuestos a la propiedad, dependiendo de la fecha de ingreso de su vehículo al país. 
7. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles, sin enmiendas y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: 
1. Póliza legalizada de importación o declaración única de importaciones (DUI) y formulario de registro de vehículo (FRV). 
2. Persona natural: Documento de identificación, pasaporte o cédula de extranjero del propietario (original). Persona jurídica: Número de identificación tributaria (NIT), poder notariado vigente y documento de identificación del representante legal. 
3. Factura en caso de adquirir el vehículo de una casa comercial legalmente establecida.

Wednesday, December 3, 2014

Empadronamiento del contribuyente - II

Marco legal:
• Ley Municipal Nº 012/2011.
• Código Tributario Ley Nº 2492, artículo 70, inciso 2.

Tuesday, December 2, 2014

Padres de familia deben tramitar autorización para viaje de sus hijos

El director de Igualdad de Oportunidades del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro (GAMO), Jorge Coca recomendó ayer a los padres de familia recabar la autorización de viaje para sus hijos, con el fin de prevenir la trata y tráfico de personas.

Coca explicó que los controles se han intensificado con mayor cantidad de personal en la Terminal de Buses, que no sólo emiten la autorización sino también efectúan el control como manda la Ley 548 el Código Niño, Niña y Adolescente.

"Esta normativa nos faculta realizar el control permanente en la Terminal de Buses, hemos implementado a ocho personas más que estarán realizando los controles y también extendiendo los permisos que corresponden para los distintos viajes interdepartamentales que se efectúan en esta época de vacaciones", refirió la autoridad.

Informó que durante el fin de semana se han detectado a once menores de edad, de entre 13 y 15 años, que estaban volviendo a su lugar de residencia, en este caso Cochabamba, y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (DNA) realizó las acciones que corresponde, impidió su partida y se buscó a la familia ampliada que luego de certificar a los menores, pudieron viajar.

"Todo menor tiene que tener el permiso que corresponde para poder viajar dadas las características de casos de trata y tráfico que se han conocido, recomendamos a los padres que van a viajar porten los documentos de los niños y de ellos mismos. Si están yendo en familia, no necesitan sacar un documento de verificación, sino sólo presentar los documentos de identidad, pero si sólo está yendo el papá o la mamá con los hijos, deben sacar el documento de verificación de la Defensoría de la Niñez en la Terminal de Buses, estamos trabajando en horario extendido de 07:00 a 23:00 horas", manifestó Coca.

Explicó que también en las oficinas de la DNA se pueden recabar las autorizaciones, y pueden hacerlo con anticipación para no tener contratiempos en el horario de salida de las flotas.

"Muchos padres a premura y por el tiempo quieren sacar en ese momento, pero les pedimos que puedan hacerlo por lo menos con 24 horas de anticipación, para que no estén en correteos por el tiempo, porque la flota les está dejando, y muchas veces no se los puede atender ese instante, como ahora que la oficina está bastante concurrida en la terminal", indicó.

Empadronamiento del contribuyente - I

¿En qué consiste?
Es el registro de los datos personales del contribuyente en la base de datos, ante la Administración Tributaria Municipal de La Paz. 
Instancia responsable: 
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 
10 minutos en ventanilla de atención al contribuyente. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. Todo trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. Para poder realizar todo trámite, el propietario del vehículo deberá estar empadronado. 
3. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles, sin enmiendas y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: 
Personas naturales 
1. Documento de identificación (original y fotocopia). Apoderados - personas naturales 
1. Documento de identificación del propietario. 
2. Documento de identificación del apoderado. 
3. Poder notariado vigente. 
Personas jurídicas 
1. Certificado de inscripción del número de identificación tributaria (NIT). 
2. Documento de identificación del representante legal. 
3. Poder notariado de administración vigente del representante legal. Apoderados - personas jurídicas 1. Documento de identificación (original y fotocopia). 
2. Certificado de inscripción del número de identificación tributaria (NIT). 
3. Documento de identificación del representante legal. 
4. Poder notariado de administración vigente del representante legal.

Sunday, November 30, 2014

La Defensoría dará permisos para viajes de menores



Culminado el calendario escolar es frecuente que los padres de familia permitan viajar a sus hijos al interior del país y fuera de las fronteras. Ante esta situación, la responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Bermejo, Martha Espíndola, indicó que es importante que los progenitores tramiten las autorizaciones de viaje.

Para ello se habilitó una oficina en la Terminal de Buses. De esa manera, recalcó la funcionaria, se evitarán inconvenientes al momento de que la Policía Boliviana realice los controles.
“Por las vacaciones se previó habilitar una Unidad para la emisión de autorización de viajes. Invitamos a los padres de familia para que se acerquen y soliciten el permiso, porque este documento será estrictamente controlado en el interior del país. Así que para evitar contratiempos y perjuicios, los padres de familia deben solicitar esa autorización con anticipación. No tiene ningún costo para los solicitantes y quienes lo entregan son los funcionarios de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia ubicados en la Terminal de Buses”, explicó Espíndola.
Para tramitar la autorización de viaje, los progenitores deben adjuntar dos fotocopias, de cada uno, de la cédula de identidad. En caso de que el menor no viva con los padres, debe ser fotocopia de la cédula del tutor o familiar con quien viajará. También dos copias del documento de identidad del menor.
“Los trámites y la otorgación de este permiso es gratuito y no tarda mucho, ya que es emitido el mismo día. También es correcto señalar que en el Puente Internacional existen controles por parte de Migración y la Policía Boliviana, tanto para viajar al interior como al exterior del país. El objetivo es evitar la trata y tráfico de personas”, explicó la responsable de la Defensoría.

Padres elegirán orden de apellidos y expertos advierten dificultades

El orden de los apellidos de los hijos recién nacidos será elegido por sus progenitores, por lo que ahora el de la madre podrá ir antes que el del padre en el certificado de nacimiento.

Así lo establece el artículo 13 del nuevo Código de Familias y Procesos Familiares, que señala que el Estado reconoce la filiación materna, paterna o de ambos.

La filiación podrá realizarse por voluntad conjunta de los progenitores, por indicación de la madre o del padre o por resolución judicial.

Según el director del Servicio de Registro Cívico (Sereci), Édgar Gonzalez, esta situación podría desencadenar en una serie de problemas futuros para los inscritos con un orden de apellidos diferentes al de los hermanos, sobre todo en la declaratoria de herederos.

Hasta la fecha se continúa inscribiendo a los niños recién nacidos con el apellido paterno, primero, y el materno después.

Gonzalez manifiesta que la institución esperará la reglamentación de la nueva ley para comenzar a aplicar el orden de los apellidos.

“Puede haber hasta problemas conyugales, porque quién será el que va a definir qué apellido se lleva primero. Los padres se pelean actualmente hasta por el orden del nombre de sus hijos”, sostiene.

HERENCIAS

Gonzalez sostiene que el principal problema será para la declaratoria de herederos, pues actualmente hay dificultades incluso por diferencias en una sola letra en alguno de los apellidos de los hermanos.

“Por ejemplo, si en una familia uno de los hermanos apellida Torrez con la letra z y por error se le puso a otro de los hijos el apellido con la letra s, el juez rechaza el proceso. Tiene que haber uniformidad”, informa.

Agrega que el reglamento debe ser claro en el tratamiento de este tipo de procesos.

Acerca de este punto, el juez Helmut Balderrama del juzgado de Partido Sexto de Familia coincide con Gonzalez y señala que el desorden que haya en el orden de apellidos en una misma familia podría llevar a juicios por parte de uno de sus miembros.

JUICIO

Gonzalez señala que para resolver un error en el nombre se debe realizar un juicio, cuando la persona es menor de edad.

Cuando la persona alcanza la mayoría de edad y hay errores en la escritura del nombre en el certificado de nacimiento se pueden hacer cambios de algunas letras en el registro sin un proceso judicial de por medio.

Eso solamente si se comprueba que la persona tiene todos sus documentos que ha tramitado durante su vida con ese nombre.

“Hay padres que traen a sus hijos, los inscriben, y a los dos días ya quieren cambiar el nombre. Eso no se puede hacer, tiene que haber un proceso judicial”, dice y pide a los padres pensar bien los nombres y apellidos de sus hijos para luego no arrepentirse en el registro.

FORMULARIOS

Uno de los principales problemas para la aplicación de la nueva norma es que el Servicio de Registro Cívico ya cuenta con los certificados de nacimiento impresos que están distribuidos en todas las notarías.

González destaca que es una inversión que la institución no puede dejar de lado, pues para dar cumplimiento a lo establecido en el nuevo código, se deberán imprimir otros certificados.

Los certificados que se utilizan actualmente tienen un costo de 30 bolivianos y Gonzalez estima que hay por lo menos 100 millones de estos documentos que fueron impresos y no se han usado hasta la fecha en el país.

Por su parte, la diputada proyectista del Código de Familias y Procesos Familiares Marianela Paco destaca que el cambio no solamente se deberá hacer en el documento que entregue el Sereci, sino también en otro tipo de documentos como las libretas escolares, los carnets de identidad, entre otros.

UN SOLO APELLIDO

La Ley 603 también prevé que el recién nacido puede llevar solamente un apellido.

El artículo 65 de la Constitución Política del Estado (CPE) de cierta forma ya establece este derecho, pues menciona que “en virtud del interés superior de las niñas, niños y adolescentes y de su derecho a la identidad, la presunción de filiación se hará valer por indicación de la madre o del padre”.

Gonzalez sostiene que con este artículo los oficiales del Sereci ya realizaban registros de niños con un solo nombre.

Esto sucedía generalmente cuando el padre no estaba presente, abandonaba al recién nacido o cuando el niño o niña era fruto de abuso sexual.

El artículo 13 de la nueva norma da la posibilidad a los padres de inscribir al recién nacido con el apellido materno, paterno o con ambos.

A pesar de ello, los oficiales recomiendan siempre a los padres que los niños lleven dos apellidos, esto con el fin de que el hijo pueda acceder a su derecho de asistencia familiar.

Este artículo de la CPE también da la opción a que la madre o el padre registre a su hijo con el apellido de su pareja sin que esté presente en ese momento.

El director departamental del Sereci recuerda que existen casos específicos para que los hijos puedan impugnar los apellidos.

Siete pasos básicos para obtener visa para USA

Al menos siete son los pasos que un solicitante debe realizar para obtener la visa norteamericana de no inmigrante.



* Paso 1. Obtenga una foto 5x5 centímetros con fondo blanco de frente, impresa y en formato electrónico.



* Paso 2. Ingrese a la página de la Embajada en Bolivia spanish.bolivia.usembassy.gov/ Complete el formulario de solicitud para la visa DS-160 e imprima la hoja de confirmación cuando termine de llenarlo.



* Paso 3. Ingrese a la página web del CSC Servicio de Información de Visa, regístrese y recabe la hoja de confirmación del monto a pagar de acuerdo al tipo de visa.



* Paso 4. Pague la tarifa de procesamiento de visa (MRV Fee) en cualquier sucursal del Banco BISA. Lleve una fotocopia de su pasaporte y la hoja de confirmación de pago que recabó de la página web del CSC Servicio de Información de Visa. Descargue las tarifas actualizadas (PDF, 50.7kb)



* Paso 5. Después de 24 a 48 horas hábiles de haber cancelado la tarifa de procesamiento (MRV), ingrese a la siguiente página web del CSC Servicio de Información de Visa o llame al teléfono 3-3871544 para programar su fecha de entrevista y para registrar la información de donde preferiría que su pasaporte le sea devuelto a través de DHL si la visa es aprobada.



* Paso 6. Preséntese en la Embajada en la fecha programada para su entrevista. Planifique llegar quince minutos antes de la hora asignada.

Las entrevistas se efectúan de lunes a jueves solo con cita previamente programada a través del Centro de Llamadas.

* Paso 7. Los pasaportes visados serán devueltos vía DHL a la ciudad que el solicitante especificó al momento de registrarse.

Según el sitio oficial de la Embajada, estos pasos son imprescindibles para el proceso de obtención de visas.

Regularización de trazos viales - II

Requisitos: 
1. Formulario de Regularización de Trazos (FRT). 
2. Fotocopia de la cédula de identidad del propietario solicitante. 
3. Testimonio de propiedad. 
4. Folio real o tarjeta de propiedad del propietario solicitante (fotocopia). 
5. Carta de conformidad de los vecinos involucrados en la regularización del trazo. 
6. Tres fotografías del sector objeto de regularización de trazo, mostrando el grado de consolidación del sector (construcciones, material de vía, cordones de acera y toda obra que represente un parámetro medible de consolidación). 
7. Croquis de ubicación exacta y actualizada de la vía, especificando la denominación de las mismas. 
Marco legal: 
• Reglamento de Usos del Suelo y Patrones de Asentamiento (USPA vigente). 
• Guía Técnica de Orientación de Trámites DAT-(Resolución Administrativa Nº 326/2006).

Saturday, November 29, 2014

Regularización de trazos viales - I

¿En qué consiste? Es la autorización (aprobación) de modificaciones en los trazos viales contenidos en las planimetrías vigentes, con el objeto de consolidar la línea municipal respecto a los asentamientos, realizar mejoras de tipo vial y administrar adecuadamente las áreas públicas y privadas. 
Instancia responsable: Subalcaldías de los macrodistritos urbanos, a través de sus unidades de Administración Territorial. 
Tiempo de duración: Está en función de la disposición de los afectados y de la celeridad con que éstos presenten los documentos requeridos para la regularización de trazo. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
Las solicitudes de regularización de trazo, en todos los casos, deberán ser realizadas por: 
1. Propietario del inmueble colindante al trazo a regularizar. 
2. Junta de vecinos de la urbanización o Comité de Vigilancia del distrito. 
3. Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. Existen cuatro tipologías de regularización de trazos: 
1. Regularización de trazo.- Se considera como “tipología A”, cuando la consolidación de trazo no guarda relación con el aprobado mediante planimetría aprobada o vigente, sin embargo, tampoco se observa una reducción ni ampliación en el ancho de vía, encontrándose la diferencia en el alineamiento de eje de vía. 
2. Reducción de vía.- Considerada como “tipología B”, es cuando el trazo consolidado no respeta o técnicamente no puede respetar al aprobado en planimetría vigente, por lo que se requiere reducir el ancho de vía aprobado o vigente y se justifica sólo en los casos en los cuales la consolidación de los predios fuera del trazo vigente es de por lo menos el 80 % o cuando los predios colindantes demuestran su derecho propietario hasta el lugar que ocupan. 
3. Ampliación de vía.- Se considera “tipología C”, cuando el trazo consolidado no respeta al aprobado en planimetría vigente siendo el ancho de vía consolidado mayor al aprobado, por lo que se requiere ampliarlo en planimetría aprobada o vigente. 
4. Anulación de vía.- Es cuando el trazo aprobado en planimetría vigente no respeta al aprobado y/o es inexistente y se justifica en el caso de existir mejor derecho propietario que el GAMLP en la superficie a anular o cuando exista una razón técnica fundamentada que demuestre la inutilidad del trazo y la imposibilidad de su habilitación.

Friday, November 28, 2014

Video Segip denuncia que Autoescuela Berlín entregaba licencias de conducir falsas

El SEGIP saneó los carnets de más de 6 millones de personas

En tres años y medio, el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) saneó las cédulas de identidad de más de seis millones de personas, que tenían su documento de identificación duplicado o con algún otro problema, informó este jueves su director, Antonio Costas.
"Han sido sometidas a este proceso de saneamiento alrededor de 6,2 millones de personas”, informó Costas, quien explicó que la depuración no se realizó de oficio, sino a solicitud de las personas afectadas por la duplicidad de sus números de identidad.
A las cédulas duplicadas -dijo Costas- se adicionó un número complementario y otras fueron invalidadas "en presencia del ciudadano afectado”. Añadió que el trámite se efectuó de manera gratuita tanto en lo administrativo como en lo legal.
La Ley del Servicio General de Identificación Personal y del Servicio General de Licencias para Conducir establece en el artículo 18 del parágrafo II: "Se mantendrá el número de la Cédula de Identidad asignado con anterioridad a la presente ley, con excepción de aquellos casos en los que se advierta irregularidades”.
Antonio Costas informó que los números duplicados se detectaron en los trámites de solicitud de renovación de las cédulas de identidad.
Por otra parte, Costas informó que el SEGIP, en tres años y medio, emitió 7.734.052 cédulas de identidad, 1.435.258 licencias de conducir y como producto de las recaudaciones fueron transferidos 320 millones de bolivianos a la Policía Nacional.

Una de las intenciones del SEGIP -dijo Costas- es tramitar ante las autoridades para que la transferencia de recursos a la Policía lo realice el Tesoro General de la Nación.

Otro de los objetivos que tiene el SEGIP para 2015 es emitir 10 millones de cédulas de identidad.

Según Costas, en tres años y medio se redujo a un 7% la cantidad de personas sin cédulas de identidad. Recordó que, según datos del Censo, había en el país alrededor de 700 mil personas que no contaban con su documento de identificación.
Este hecho fue posible -dijo Costas- gracias a los programas de cedulación que implementó el SEGIP en unidades educativas.
Asimismo, Costas expresó su deseo de concretar los últimos detalles para lograr la emisión de la cédula de identidad con chip, utilizando tecnología de punta, similar a la de los países del primer mundo y con el uso de estándares de seguridad internacional. El plan incluye las licencias de conducir.

"Esperamos concretarlo pronto”, manifestó Costas.


SEGIP ofrece apoyo al TSE en depuración

El director del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), Antonio Costas, afirmó que si el Tribunal Supremo Electoral (TSE) así lo requiere, la entidad que dirige brindará su apoyo en la depuración de fallecidos del padrón biométrico.
"Si es solicitada la intervención del SEGIP, lo vamos hacer, no sólo por el apoyo institucional, sino en cumplimiento de las normas. Tenemos la obligación legal (de hacerlo)”, señaló Costas.
Informó que en la pasada elección, recomendaron al TSE depurar a las 20.000 personas fallecidas que estaban habilitadas pava votar, pero no lo hicieron.

Segip entregó más de Bs 300 MM a Policía

La Policía Boliviana recibió del Servicio General de Identificación Personal (Segip) más de 300 millones de bolivianos por concepto de la cedulación que realiza en todo el territorio nacional. Así lo hizo conocer ayer en un encuentro con los periodistas el director ejecutivo Antonio Costas.

De acuerdo con los últimos datos, el Segip, dijo Costas, en la presente gestión ha recaudado 132 millones 430 mil bolivianos.

“Hasta este momento hemos transferido a la Policía, en los tres años y medio, 320 millones de bolivianos”, dijo el responsable del Segip a los periodistas que acudieron ayer a un desayuno trabajo en el Hotel Presidente.

Dijo que se tiene excedentes en las recaudaciones lo que puede ser utilizado en el registro de los estudiantes escolares.

Afirmó que de seguir en ese ritmo se depende menos del Tesoro General de la Nación (TGN) para realizar esta documentación.

“Quisiéramos a futuro poder tramitar de tal manera de las transferencias que hacemos a la Policía las haga el TGN y no nos asigne ningún refuerzo”, sostuvo.

Asimismo, aclaró que durante el tiempo que esta institución se hizo cargo del registro no se ha realizado ningún incremento en los documentos (a la fecha el costo por cédula de identidad es de 17 bolivianos al igual que la licencia de conducir).

También afirmó que no se realiza ningún cobro por trámite, al igual que ya no se requiere de fotografías porque ellos las toman, las resoluciones administrativas no tienen costo, al igual que las certificaciones.

“Paralelamente estamos estableciendo convenios y acuerdos, tanto con instituciones del Estado, como instituciones privadas para la validación y verificación de la información de identificación de las personas. Esperemos que en esta dinámica el Segip alcanzó el punto de eficiencia que permite dar mejor servicio a la población”, afirmó.

RETO

En la reunión con los periodistas, el director del Segip, Antonio Costas, dijo que como tarea para el próximo año está sobrepasar los 10 millones de cédulas de identidad tomando en cuenta que entre julio de 2011 y el 25 de noviembre de 2014 se emitió 7.734.052 documentos.

“Consideramos que fue una gestión bastante positiva porque hemos superado los dos millones y medio de cédulas emitidas este año y también en el número de licencias de conducir que tuvo un importante incremento”, afirmó en una evaluación de fin de año.

A su juicio, la tarea principal es reducir el número de personas que no tienen cédula de identidad al menos a cinco por ciento.

Tanto en cédulas de identidad (7.734.052) como en licencias de conducir (1.400.000) el Segip superó 9.134.052 documentos que fueron emitidos en tres años y medio de trabajo, justificó.

El titular del Segip destacó también la emisión de 78.850 cédulas para residentes bolivianos en el extranjero.

Entre otros logros, puntualizó la consolidación del saneamiento de la Base del Registro Único de Identificación en un DATA-Center, que concentra la información de la identificación de los bolivianos.

Asimismo, remarcó la entrega, por primera vez en la historia del país, de licencias de conducir en España y en otros países en los que los residentes bolivianos pueden obtener esos documentos sin “necesidad de viajar a Bolivia”.

Costas subrayó la tarea de las Brigadas Móviles que, a su juicio, se constituyen en los brazos operativos del Segip para llegar a los confines más recónditos del territorio nacional.

Remarcó que este año, en apego al convenio con el ‘Plan Vida’ del Ministerio de Planificación del Desarrollo, municipios de extrema pobreza en los departamentos de Potosí y Cochabamba se beneficiaron con cédulas de identidad gratuitas.

Segip entregó cédulas a estudiantes en Tarija

Más de cinco mil estudiantes de nivel primario de al menos 103 unidades educativas de la ciudad de Tarija accedieron a la cédula de identidad gratuita en el marco de la campaña que promueve el Servicio General de Identificación Persona (Segip) a través de un convenio con el Ministerio de Educación y la Dirección Distrital de Educación.

La directora regional del Segip, Ingrid Gonzales, indicó que la campaña en la ciudad de Tarija concluye este viernes y se constituye en un aporte importante para prevenir la trata y tráfico de niños, niñas y adolescentes.

Explicó que la campaña denominada “el Segip en tu escuela” continuará la gestión 2015 en todo el departamento a fin de lograr identificar a todos los niños de edad escolar.

“Sólo en la provincia Cercado, incluida la ciudad de Tarija la meta es llegar a 200 unidades educativas, de las cuales hasta el momento se cubrió a 103 unidad educativa. Por ello el próximo año se realizará un cronograma de trabajo para ingresar a la segunda fase de la campaña una vez que inicien las labores escolares”, explicó.

Agregó que una vez concluida la labor en la provincia Cercado, se prevé llegar a Yacuiba, Villamontes, Bermejo y Entre Ríos, donde aún existe un importante número de menores de edad sin el documento de identidad.

En tanto, el presidente de la federación de juntas escolares de Tarija, Javier Astorga, indicó que si bien la campaña de identidad en las unidades educativas logró una buena aceptación, se recibió varias reclamos de los padres de familia sobre el costo para acceder al carnet de identidad, debido a que cuentan con más de un niño y que no era accesible sacar al mismo tiempo los certificados de nacimiento originales, requisitos que se exige para la carnetización.

En ese sentido, Astorga manifestó que no es obligatoria la carnetización, aunque puntualizó que es una medida muy favorable para frenar la trata y tráfico de personas, toda vez que el carnet de identidad que se entrega a los niños lleva el nombre y apellido de los padres.

SEGIP DESCENTRALIZARÁ SERVICIOS EN LOS DISTRITOS MUNICIPALES

Al menos 300 gestores serán capacitados para conceder cédulas de identidad a personas en distritos municipales urbanos y rurales del país, anunció Antonio Costas, director nacional del Servicio General de Identificación Personal (Segip).

Esta propuesta, según la autoridad, busca descentralizar los servicios que actualmente presta la entidad para entregar nuevas cédulas, registrar datos y hacer renovaciones o reposiciones en caso de extravío.

Empero, en estas gestorías deberán también instalar oficinas del Servicio de Registro Civil (Serecí) para gestionar los certificados de nacimiento que se requiere para trámites nuevos y una sucursal bancaria.

“Estamos viendo que los gestores del SEGIP puedan estar en los distritos urbanos y rurales para descentralizar el servicio que actualmente tenemos”.

Costas explicó que en estos tres años y medio. el Segip logró bajar el índice de indocumentados en hasta en 7 por ciento. Afirmó que “de los dos millones de indocumentados, ahora solo tenemos 600 mil personas".

Servicio de autorización de obras menores - III

Marco legal: 
• Reglamento de Usos del Suelo y Patrones de Asentamiento (USPA vigente). 
  ¿Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted?

Thursday, November 27, 2014

Servicio de autorización de obras menores - II

Requisitos: 
• Demolición: 1. Cédula de identidad del (los) propietario (s), original y fotocopia. 
2. Certificado de Registro Catastral vigente (original y fotocopia). 
3. Carta notariada de deslinde de responsabilidades al GAMLP por parte del usuario (conforme a la valoración técnica en sitio). 
• Construcción de muro de cerco: 
1. Cédula de identidad del (los) propietario (s), original y fotocopia. 
2. Certificado de Registro Catastral vigente (original y fotocopia). 
• Construcción de muro de contención: 
1. Cédula de identidad del (los) propietario (s), original y fotocopia. 
2. Certificado de Registro Catastral vigente (original y fotocopia). 
3. Diseño y cálculo estructural, firmados por un ingeniero civil y visado por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia (SIB), si el caso amerita. 
• Movimiento de tierras: 
1. Cédula de identidad del (los) propietario (s), original y fotocopia. 
2. Certificación de Registro Catastral vigente (original y fotocopia). 
3. Estudio geológico-geotécnico, visado por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia y cálculo del volumen de movimiento de tierras, ambos registrados en la Dirección Especial de Gestión Integral de Riesgos (DEGIR) del GAMLP. 
4. Carta notariada de deslinde de responsabilidades al GAMLP por parte del usuario (conforme a la valoración técnica en sitio). 
• Inicio de obras: 
1. Cédula de identidad del (los) propietario (s), original y fotocopia. 
2. Copia de los planos arquitectónicos de construcción aprobados del inmueble. 
• Ocupación de vía: 
1. Cédula de identidad del (los) propietario (s), original y fotocopia. 
• Ocupación temporal de retiro frontal: 
1. Cédula de identidad del (los) propietario (s), original y fotocopia. 
• Refacción y mantenimiento: 
1. Cédula de identidad del (los) propietario (s), original y fotocopia. 
• Apertura de vanos: 
1. Cédula de identidad del (los) propietario (s), original y fotocopia. 
2. Documentación específica para el caso de inmuebles ubicados en el centro histórico (CH) y áreas patrimoniales establecidas en el USPA vigente. 
3. Carta de conformidad de la asociación de co-propietarios en los casos de edificaciones en propiedad horizontal. Los documentos originales serán devueltos al interesado una vez verificada su veracidad.

Wednesday, November 26, 2014

Servicio de autorización de obras menores - I

¿En qué consiste? 
En la otorgación de permiso municipal para la realización de trabajos destinados al mantenimiento, mejoramiento, estabilización, protección y reparación de inmuebles. Esta autorización es extensible a los trabajos preparatorios para la construcción de nuevas edificaciones y la ocupación temporal de retiros frontales y espacios públicos. El objetivo es garantizar el cumplimiento de las disposiciones municipales sobre edificaciones urbanas en el Municipio de La Paz. 
Instancia responsable: 
Subalcaldías de los macrodistritos urbanos, a través de sus unidades de Administración Territorial. 
Tiempo de duración: 
3 días hábiles. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
Las tipologías de autorización de obras menores son: 
1. Demolición.- Es la eliminación material de una edificación o de elementos pertenecientes a ella, de manera parcial o total, realizada con fines de renovación edilicia y otros. 
2. Construcción de muro de cerco.- Es la ejecución de un cierre vertical, destinado a delimitar el perímetro de un predio respecto a sus colindancias. El muro de cerco debe emplazarse hacia el interior del predio, conforme a los trazos establecidos en la planimetría aprobada o vigente. 
3. Construcción de muro de contención.- Es la ejecución de un elemento estructural, destinado a estabilizar taludes, edificaciones y estructuras que garantice la seguridad de las edificaciones situadas dentro de un predio como fuera de el y conforme a los trazos establecidos en la planimetría aprobada o vigente. 
4. Movimiento de tierras.- Es la realización de trabajos de modificación de la topografía de un predio con fines de construcción, que no se entiende como trabajos de excavación para cimientos. Los métodos de realización de dichos trabajos pueden ser ejecutados manualmente o con ayuda de maquinaria pesada. 
5. Inicio de obras.- Es el comienzo de los trabajos destinados a la construcción de una nueva edificación, siendo requisitos indispensable la aprobación de los planos de construcción respectivo. 
6. Ocupación de vía.- Es la ocupación con carácter temporal que se hace del espacio público vial (calle, avenida, callejón, etc.), para la disposición de elementos que permitan realizar trabajos de construcción, mantenimiento y/o reparación de una edificación. 
7. Ocupación temporal de retiro frontal.- Es la ocupación con carácter temporal que se hace del retiro frontal de las edificaciones sujetas a éste parámetro, para la disposición de ambientes destinados a usos y actividades económicas, cuya aprobación está sujeta a las consideraciones contenidas en el Reglamento de Uso de Suelo y Patrones de Asentamiento (USPA) vigente. 
8. Refacción y mantenimiento.- Son los trabajos destinados a mantener la edificación en óptimas condiciones de uso, seguridad y aspecto, tanto hacia el exterior como al interior de la misma. 9. Apertura de vanos.- Es la modificación parcial de la fachada de una edificación, consistente en la habilitación de nuevas aberturas destinadas a puertas, ventanas, escaparates y otros elementos de ingreso, iluminación, ventilación y/o exhibición.

Saturday, November 22, 2014

Derechos Reales abre oficinas en el Distrito 8



El 1 de diciembre se inaugurará una oficina de Derechos Reales en predios de la Subalcaldía del Distrito 8 para que la población sea atendida con mayor comodidad y eficacia, informó el director general de Asesoría Jurídica de la Alcaldía de El Alto, Abraham Aliaga.

“Estamos entregando en comodato toda la planta baja de la Subalcaldía. (A partir de la instalación de las oficinas), seguro se va a descongestionar en gran medida la oficina que está en la Ceja, además se agilizarán los trámites”, explicó el funcionario municipal.

La cesión de los ambientes será por tres años, pero podría ampliarse según la acogida de los vecinos. “Estamos empezando con la descentralización porque era una necesidad de los vecinos debido al constante crecimiento de El Alto y la gran demanda de regularizar los documentos”, explicó Aliaga.

El subalcalde del Distrito 8, Moisés Ramírez, anunció que los ambientes ya fueron refaccionados para otorgar comodidades a los funcionarios y a la ciudadanía.

“Son seis ambientes en los que se han invertido unos 10.000 bolivianos para la refacción completa. Derechos Reales va a poder instalar sus equipos y desplegar a su personal de manera inmediata”, dijo Ramírez. La Alcaldía trabaja en la cesión temporal de otro inmueble en el Distrito 14 también para Derechos Reales.

Aprobación de planos de división y partición de predios - III

Friday, November 21, 2014

Sereci aún no está listo para la nueva filiación



Tras la promulgación del nuevo Código de las Familias y del Proceso Familiar, y el anuncio de asambleístas sobre la implementación inmediata de la elección del orden de apellidos, el Sereci indicó que aún no realiza ajustes pero que cumplirá antes de 2015.

“Necesitamos la publicación de la norma (en la Gaceta Oficial) e inmediatamente activamos los procesos de ajuste y procuraremos que el registro sea lo más rápido posible, antes de 2015”, indicó ayer el director nacional del Servicio de Registro Cívico (Sereci), José Luis Pardo.

El anuncio fue a propósito de la aplicación de elección en el orden de apellidos para el registro de bebés sin certificado de nacimiento, una de las modificaciones del Código de las Familias y del Proceso Familiar, promulgado el miércoles por el presidente Evo Morales.

La diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS) Marianela Paco reiteró ayer que el registro del orden de los apellidos es inmediato, por lo que pidió al Tribunal Supremo Electoral (TSE), a través del Sereci, trabajar en los cambios para un nuevo formulario.

“Una vez publicado (el Código) se pone en vigencia y debemos dar cumplimiento en la parte que nos corresponde”, afirmó el vicepresidente del TSE, Wilfredo Ovando.

Pardo reconoció que si bien el Código dispone plena vigencia en 2015, hay disposiciones que se aplicarán casi de inmediato. “En esa tarea está el Sereci, necesitamos conocer la ley y los instructivos que correspondan para aplicar estos nuevos derechos”.

Adelantó que se emitirán instructivos para que los oficiales de registros civiles y direcciones departamentales puedan aplicar esta nueva normativa.

“La primera acción que tomaremos será en el registro de recién nacidos, que ya se debe hacer conforme a la nueva normativa”, dijo. La Razón publicó ayer que la diputada Paco y el senador René Martínez (MAS) informaron sobre la implementación inmediata del Código, en el caso del orden de apellidos. El segundo asambleísta consideró necesario un reglamento.

La diputada sostuvo que el Registro Cívico debe modificar su formulario y colocar en la parte de apellidos: primer apellido y segundo apellido, sin especificar si se trata del paterno o del materno. El nuevo código abrogó la anterior norma de 1988.

Aprobación de planos de división y partición de predios - II

¿Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted?

Thursday, November 20, 2014

Familias pueden elegir desde hoy el orden de apellidos de sus hijos



La elección del orden de apellidos en el registro de filiación, para padres con hijos recién nacidos y sin certificado de nacimiento, rige desde hoy con la publicación del nuevo Código de las Familias y del Proceso Familiar, promulgado ayer por el presidente Evo Morales. Sereci pide reglamentación.

“Si desde mañana (hoy) deciden poner el orden de los apellidos de forma invertida, primero de la mamá y después del papá, no hay problema, no hay restricción, considerando que ya hay una ley, y no debería ser un obstáculo para el derecho de filiación que tienen las familias”, indicó a La Razón Marianela Paco, diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS).

El nuevo Código de las Familias fue promulgado ayer en Sucre (Chuquisaca) por el mandatario Morales, y aunque su vigencia plena será a partir del 6 de agosto de 2015, las disposiciones transitorias establecen la aplicación inmediata de algunas disposiciones, entre ellas la agilización del divorcio, la asistencia familiar, entre otras.

En el caso de la filiación y el orden de apellidos, Paco sostuvo que al promulgarse el nuevo Código no existen argumentos válidos para negar a las parejas la opción de invertir los apelativos. “El registro cívico debe modificar ahora su formulario y colocar en la parte de apellidos: primer apellido y segundo apellido, sin especificar si se trata del paterno o del materno”.

Aclaró que las solicitudes de cambio en el orden de apellidos, para niños que ya cuenten con el certificado de nacimiento, deberán esperar hasta el 6 de agosto de 2015, cuando el Código entre en vigencia plena, por corresponder a trámites de la administración de Justicia. “Para estos casos sí se necesitará el Plan de Implementación (establecido en las disposiciones adicionales)”. El senador del MAS René Martínez ratificó que el orden de los apellidos está vigente desde la promulgación de la normativa. “Ya están en vigencia estos derechos, pero con un reglamento básico se tendría un norte”.

Reglamento. Al respecto, el director departamental del Servicio de Registro Cívico (Sereci) La Paz, Eugenio Condori, consideró la necesidad de un reglamento para aplicar los cambios. “Mientras no hay una reglamentación, el Sereci no puede hacer nada porque no existe una orden del Tribunal Supremo Electoral que nos asigne la tarea”.

Según la diputada Paco, al menos el trámite de filiación no necesita de un reglamento. “En el tema de la filiación ya no debemos esperar, más bien se deben modificar los formularios de certificados de nacimiento inmediatamente. No veo obstáculos”. Añadió que el Registro Cívico tiene la obligación de conocer y actualizar toda su normativa. Pero en los casos procesales, sostuvo que sí amerita una capacitación previa en la aplicación.

El viceministro de Descolonización, Félix Cárdenas, consideró necesaria la reglamentación y un periodo de información de la norma. En anteriores oportunidades, la autoridad cuestionó la libre elección de apellidos, pues advirtió que con ello se abre la posibilidad de extinguir los apelativos indígenas, por lo que insistió en anteponer el apellido materno, en torno a la despatriarcalización de la sociedad. Marvin Molina, director de Gestión Pública Plurinacional, dependiente de Descolonización, indicó ayer que se debe trabajar más en el fortalecimiento de las identidades culturales.

Ley contra agresores

Pedido

El presidente Evo Morales, durante el acto de promulgación del nuevo Código de las Familias, pidió a los abogados crear una ley que ponga fin a la carrera pública de personas que continúen agrediendo física y psicológicamente a su pareja.

Se agilizan los divorcios con mutuo acuerdo

El trámite de divorcio con mutuo acuerdo durará hasta seis meses, según el nuevo Código de las Familias y del Proceso Familiar, promulgado ayer por el presidente Evo Morales en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en Sucre. “Con todo, me refiero a la apelación, casación y su llegada al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el divorcio debe salir en seis meses como máximo”, explicó Marianela Paco, diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS).

La rápida desvinculación conyugal del matrimonio o la unión libre procederá cuando haya mutuo acuerdo, no existan hijos o bien sean mayores de 25 años, no hayan bienes gananciales sujetos a registros, ni solicitud de asistencia familiar. Según las disposiciones transitorias rige desde hoy.

Entre las modificaciones, respecto al Código de 1988, se establece también la figura de emancipación a los 16 años para hombres y mujeres, en el caso del derecho al matrimonio. Antes era de 14 años para féminas y 16 para varones. Además, en la nueva norma se reconocen cinco tipos de familias: unimarentales, uniparentales, familias ampliadas, familias comunitarias y familias no parentales. “Antes era solo familia funcional y disfuncional”, recordó Paco, quien impulsó este nuevo Código de las Familias en el Legislativo.

Retendrán el salario para pensiones

Guiomara Calle, Yuvert Donoso

Ante el incumplimiento de la asistencia familiar por parte de uno de los progenitores, el nuevo Código de las Familias autoriza la retención de hasta el 50% del salario para garantizar el bienestar de los hijos. Por primera vez, se establece un mínimo de Bs 288 para pensiones.

“El Estado se reserva el derecho o el privilegio para que los hijos e hijas tengan garantizado su bienestar con la retención del salario hasta el 50%, en caso de incumplimiento de la asistencia familiar por parte del padre o de la madre”, informó Marianela Paco, diputada del MAS .

Agregó que el Juzgado de Familia es el encargado de solicitar a la institución, en la que trabaja el papá o la mamá que incumple, la retención del salario. “Hay una cuenta bancaria que se está creando como una medida para efectivizar este pago y que permitirá hacer un seguimiento, de tal forma que las mujeres ya no estén peregrinando para tener las pensiones o sean sometidas a chantajes, como ocurre ahora”.

El nuevo Código de las Familias también fija el 20% del mínimo nacional, equivalente a Bs 288, como el monto mínimo para la asistencia familiar hasta que los hijos e hijas cumplan 25 años. La norma abrogada establecía el pago solo hasta los 18 años. “El monto va subiendo en la medida que hayan más hijos. Si son tres, esos Bs 280 pueden elevarse hasta Bs 500, pero tiene que haber un justo equilibrio para no afectar el sustento de quien paga la asistencia”, agregó.

El apremio corporal ante el incumplimiento, que figuraba también en el anterior Código, continúa vigente con la diferencia de que quedará registrado en antecedentes penales como una forma de violencia a la mujer y a los hijos, situación que afecta la carrera pública.