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Sunday, April 13, 2014

Claves que deben tomar en cuenta para cobrar su Renta Dignidad





_ ¿Quiénes son los beneficiarios de la Renta Dignidad?
Los beneficiarios de la Renta Dignidad son todas las bolivianas y bolivianos de 60 años que radican en Bolivia y que no perciben ningún sueldo del sector público.

_ ¿En qué fecha debo cobrar?
El cronograma de pago es el siguiente:

i. El beneficiario que cumpla los requisitos para el pago podrá cobrar la Renta Dignidad mensualmente, a partir del día de su cumpleaños. (ejemplo: si nació el 1 de enero, podrá cobrar a partir del 1 de febrero y así sucesivamente a partir de los días 1 de cada mes).

ii. Si el día de su cumpleaños cae en un día que no se repita en todos los meses, podrá cobrar a partir del día siguiente. (Ejemplo: Si nació el 31 de enero, podrá cobrar su pago de Renta Dignidad de los meses que no tengan 31 a partir del 1 del mes siguiente).

iii. En el pago correspondiente a febrero (28 días) y los nacidos el día 29, 30 o 31, podrán cobrar a partir del día siguiente. (Ejemplo: Si nació el 31 de agosto, podrá cobrar su pago de Renta Dignidad de febrero a partir del 1 de marzo de 2008).
En las ciudades donde no operen las FFAA y en la eventualidad que el beneficiario cumpliese años en día feriado o día no hábil para el pago, o no exista el día de su cumpleaños en el mes de pago, podrá cobrar a partir del primer día hábil siguiente / www.aps.gob.bo

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