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Tuesday, October 21, 2014

Plan de pagos para el impuesto a la propiedad de bienes inmuebles - I

¿En qué consiste? 
Facilidad de pago del impuesto en cuotas, sujeto a una programación de acuerdo a la solicitud del contribuyente. 
Instancia responsable: 
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. 
Tiempo de duración: 
20 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder de representación legal. 
2. El beneficio del pago en cuotas puede solicitarlo el propietario del bien inmueble y/o un apoderado, asimismo puede efectuarse la subrogación del adeudo por un tercero, a solicitud por escrito. 
3. El incumplimiento del pago de cualquier cuota, revierte el plan automáticamente y el impuesto es actualizado con los accesorios y multas de ley.
 4. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. 
Requisitos: 
Persona natural 
1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente. Para trámite realizado por terceras personas, adjuntar: 
2. Fotocopia de la cédula de identidad y de poder específico de representación legal. Persona jurídica 1. Fotocopia del NIT (si corresponde). 
2. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal. 
3. Fotocopia del poder del representante legal. 
4. Fotocopia de la personería jurídica, testimonio o acta de constitución (según corresponda). Para trámite realizado por terceras personas, adjuntar: 
5. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder específico de representación legal.

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