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Friday, November 14, 2014

Aprobación de planos arquitectónicos - I

¿En qué consiste? 
Es la obtención de la autorización (aprobación) para la construcción, sustitución, legalización, legalización de remodelación, ampliación y remodelación de edificaciones conforme a la normativa vigente. Tiene por objeto garantizar el cumplimiento de las disposiciones municipales sobre edificaciones urbanas en el Municipio de La Paz. 
Instancia responsable: 
Subalcaldías de los macrodistritos urbanos, a través de las unidades de Administración Territorial (UAT). 
Tiempo de duración: 
10 días hábiles, el resultado a la conclusión de éste término es la aprobación, observación o rechazo del trámite. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Las tipologías de aprobación de planos son: 
1. Aprobación de planos arquitectónicos de construcción.- Autorización de construcciones nuevas que cumplan la normativa vigente. 
2. Aprobación de planos arquitectónicos de sustitución.- Reemplazo de planos arquitectónicos de construcción aprobados (en caso de que no se hayan iniciado obras), de acuerdo a normativa vigente. 3. Aprobación de planos arquitectónicos de legalización.- Autorización de construcciones ejecutadas sin autorización municipal, que cumplen con la normativa vigente. 
4. Aprobación de planos arquitectónicos de ampliación.- Autorización de adiciones en edificaciones aprobadas, de acuerdo a normativa vigente. 
5. Aprobación de planos arquitectónicos de remodelación.- Autorización de modificaciones en edificaciones aprobadas, de acuerdo a normativa vigente. 
6. Aprobación de planos arquitectónicos de legalización de remodelación.- Autorización de remodelaciones en edificaciones aprobadas en unidades fraccionadas, de acuerdo a normativa vigente. 
Requisitos: 
1. Formulario Único de Administración Territorial (FUAT), debidamente llenado. 
2. Cédula de identidad (original y fotocopia). 
3. Certificado de Registro Catastral vigente (original y fotocopia). 
4. Planos arquitectónicos originales (2 ejemplares), con la firma del arquitecto proyectista y de los propietarios, visado por el Colegio Departamental de Arquitectos de La Paz. 
5. Planos arquitectónicos en formato digital (1 cd en Autocad, protegido en caja y rotulado), con 1 láyer de polígonos cerrados con el cálculo de superficies. Para edificaciones en áreas de riesgo alto y moderado (según mapa de riesgos 2011), deberá presentar adicionalmente: 
1. Estudio geológico-geotécnico firmado por un Ingeniero Geotecnista debidamente acreditado, visado por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia (SIB) y registrado en la Dirección Especial de Gestión Integral de Riesgos (DEGIR) del GAMLP. 
2. Planos estructurales firmados por un ingeniero civil debidamente acreditado, visado por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia.

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