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Tuesday, December 23, 2014

Duplicado de placas - I

¿En qué consiste? En la obtención de una copia de placas de circulación a solicitud del propietario de un vehículo automotor, cuando éstas han sido: extraviadas, robadas, sufrieron deterioro u otras causas que involucran su desaparición. 
Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
Tiempo de duración: 15 días en el GAMLP. 
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder notariado vigente. 
2. El propietario deberá estar empadronado en la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos. 
3. Para recoger el duplicado de su placa, ver requisitos en la parte posterior de vehículos automotores. 
4. El pago de sus impuestos debe estar al día. 
5. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la rúbrica del solicitante en cada hoja. 
Requisitos: En caso de reposición por desgaste u obsolescencia de las placas 
1. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
2. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). 
3. Devolución de placas. 
En caso de robo o pérdida de una o ambas placas 
1. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03). 
2. Denuncia en DIPROVE por extravío de dos placas o en el Organismo Operativo de Tránsito por la pérdida de una (vigente), en el caso de propietarios este requisito no es obligatorio. 
3. Documento de identificación del propietario (original y fotocopia). 
4. Publicación en un medio escrito de circulación nacional por tres días. 
Marco legal: 
• Ley Municipal Nº 012/2011.
• Decreto supremo Nº 24604, artículo 20 a 27.

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