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Thursday, June 11, 2015

Certificado de óbito (I)

¿En qué consiste?

Solicitud expresa presentada por el interesado para la extensión de certificación de los datos del fallecimiento de una persona cuyos restos fueron inhumados en el Cementerio General de la ciudad de La Paz, el Certificado de Óbito incluirá los datos que se consigna en el pase de inhumación como ser los relativos al lugar, fecha y causas del deceso y los
datos de registro del mismo (libro, folio y partida registrados por el Oficial del Registro Civil).

El certificado de óbito es un documento emitido por la Administración del Cementerio General, que contempla a detalle datos consignados en el pase de inhumación.

Instancia responsable:

Cementerio General.

Tiempo de duración:

24 a 48 horas (según el caso) hasta el recojo del certificado.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
1. Si los restos no se encuentran en el Cementerio General no es necesario presentar el pago de perpetuos o revalidaciones.
2. El pase de inhumación es un documento que otorga el Oficial de Registro Civil inmediatamente después de practicada la inscripción de defunción y es exigido por el cementerio para dar sepultura al cadáver y los datos contemplados en el mismo, no pueden ser modificados ya que la única instancia que tiene la tuición para dicha modificación es el Tribunal Supremo Electoral mediante el Servicio de Registro Civil.
3. Podrán solicitar el certificado de óbito familiares en línea directa y línea colateral (1er. y 2do. grado).
4. En caso de terceros interesados debe adjuntarse una Orden Judicial o Requerimiento Fiscal.
5. El solicitante debe indicar la fecha exacta del fallecimiento.

Requisitos:

1. Comprobante de pago de revalidación o perpetuos al día (fotocopia).
2. Fotocopia de la cédula de identidad del familiar en línea directa o colateral vigente (fotocopia).


Marco legal:

• Ordenanza Municipal Nº 165/2004.

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