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Saturday, July 11, 2015

Fundempresa Transferencia de Cuotas de Capital de Sociedad de Responsabilidad Limitada

Requisitos
1. Formulario Nº 0030 de Solicitud de Registro de Modificaciones de sociedades comerciales con carácter
de declaración jurada debidamente llenado y firmado por el representante legal.

2. Testimonio de escritura pública de transferencia de cuotas de capital y consiguiente modificación a la escritura
constitutiva en original o fotocopia legalizada legible, que contenga la transcripción del acta de asamblea
de socios que apruebe la transferencia de cuotas de capital y consiguiente modificación a la escritura
constitutiva.

3. Publicación in extenso en un periódico de circulación nacional, del testimonio de la escritura pública respectiva.
(Adjuntar página completa del periódico en que se efectúa la publicación)

4. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial cuente con la
Matrícula de Comercio actualizada.
Formulario
Descargue y llene el formulario desde su computadora.
Formulario 0030

Arancel
  • S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs. 245,00
Plazos
Siete días hábiles, a computarse a partir del día siguiente hábil del ingreso del trámite ante el Registro de
Comercio.
Concepto
Acto mediante el cual, el titular de las cuotas de capital las transfiere a favor de uno o más socios y/o de terceros ajenos al giro social, debiendo para tal efecto, tomarse en cuenta la normativa interna de la sociedad, y las disposiciones previstas en el Código de Comercio.
Marco legal
Esta figura se encuentra regulada en el Código de Comercio, en sus Art. 204 num. 6), 209, 212, 214 y 215.
Procedimientos
Presentada la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del arancel correspondiente y la emisión del código de trámite que identifica el cargo de recepción. Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis jurídico y verificar el cumplimiento de las formalidades legales establecidas, puede efectuar el registro correspondiente o en su caso observar el trámite.
- En el primer caso, se efectúa el registro de la transferencia de cuotas de capital y se procede a digitar las partes pertinentes de la documentación que corresponda al trámite. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender el respectivo certificado de registro.
En el segundo caso, se emite una nota de devolución del trámite en la que se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y cómo puede subsanarse; derivándose la documentación del trámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.
En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimonio de aclarativa, complementación o modificación al instrumento, el Analista Jurídico debe realizar el procedimiento indicado precedentemente y en caso de proceder al registro, debe digitar en forma vinculante también los datos de dichos documentos dentro del mismo registro de la escritura aclarada, complementada o modificada.

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