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Friday, March 8, 2019

DIGEMIG - Permanencia Transitoria por Objeto Determinado - Trabajo Transitorio.



Última actualización: 7/4/2018
Información actualizada por: DIGEMIG - Dirección General de Migración
Este trámite depende de: Unidad de Extranjería y Pasaportes
Horarios de atención tramite: 7:30 - 15:30
Horarios de atención entidad: 7:30 - 15:30

Dirigida a personas extranjeras que cumplan una tarea remunerada o lucrativa, con o sin relación de dependencia, en el territorio boliviano, cuya vigencia será hasta treinta (30), hasta noventa (90) y hasta ciento ochenta (180) días dependiendo del tiempo de la actividad que realice en territorio boliviano. Será aplicable a personas extranjeras que sean remuneradas por el Estado Plurinacional de Bolivia o por otro país (ya sea instancia pública o privada).

¿Qué requisitos se necesitan?


1. Formulario de Declaración Jurada de solicitud de permanencia transitoria obtenida en las oficinas o en los sitios web de la Dirección General de Migración.

2. Pasaporte con vigencia mínima de seis (6) meses o Documento Nacional de Identidad vigente en caso de países del MERCOSUR o CAN.

3. Certificado de vacunación contra la fiebre amarilla si visitará zonas endémicas de alto riesgo.

4. Documentación que acredite la actividad que desarrollará en territorio boliviano en caso de no haber adquirido previamente la visa consular por trabajo transitorio:

- Si aplica a permanencia transitoria hasta 30 y 90 días:

a) En caso de trabajo remunerado con relación de dependencia:

Carta de Invitación de la Entidad o Empresa adjuntando copia simple de Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – FUNDEMPRESA u otro relacionado.

b) En caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia laboral: Declaración jurada ante autoridad migratoria, que establezca la actividad que desempeñara (ver anexo Nº 14), el lugar donde se establecerá, el tiempo que pretende permanecer en Bolivia.

- Si aplica a permanencia transitoria hasta 180 días:

a) En caso de trabajo remunerado con relación de dependencia: Carta de Invitación de la Entidad o Empresa o Contrato de trabajo civil o laboral de la Institución, Entidad o Empresa, visado por el Ministerio de Trabajo (en los casos que corresponda) adjuntando copia simple del Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – FUNDEMPRESA en los casos que corresponda, u otro relacionado.

b) En caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia: Declaración jurada que establezca la actividad que desempeñará, el lugar donde se establece, el tiempo que pretende permanecer en Bolivia, otros datos.

5. Certificado vigente que acredite que la persona extranjera no tiene antecedentes penales y/o policiales, expedidos por autoridad competente en el país de origen o de su última residencia y/o certificado de antecedentes policiales internacionales emitido por INTERPOL, en caso de no haber adquirido previamente la visa consular por trabajo transitorio (no aplica a menores de 14 años de edad).

Ante la imposibilidad de la presentación de este requisito, deberá presentar declaración jurada de carencia de antecedentes policiales internacionales en su país de origen o de su última residencia, ante autoridad migratoria.

6. Solvencia económica acreditada mediante declaración jurada, respaldada documentalmente según corresponda, a través de cualquiera de los siguientes documentos, en caso de no haber adquirido previamente la visa consular por trabajo transitorio:

- Extractos bancarios de los últimos tres (3) meses que consignen el nombre de la o el solicitante de la permanencia transitoria.

- Contrato laboral o civil.

- Ingresos por concepto de alquiler y/o venta.

- Otros.

7. Fotografía actual (4x4 fondo blanco).

*Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados.

¿Cúanto cuesta el trámite?



Forma de Pago Concepto Monto Moneda Cuenta Bancaria Descripción del Pago
Depósito en cuenta Pago de trámite 100 UFV 1-3696024 Hasta 30 días
Depósito en cuenta Pago de trámite 350 UFV 1-3696024 Hasta 90 días
Depósito en cuenta Pago de trámite 600 UFV 1-3696024 Hasta 180 días

¿Cómo se realiza este trámite?


En Oficina Fronteriza

1. Se hace presente en puesto de control migratorio fronterizo terrestre o aeroportuario habilitado

2. Si cumple requisitos es remitido a la Ventanilla de la Dirección General de Recaudaciones para el pago del trámite

3. Se le autoriza el ingreso a territorio boliviano

En la DIGEMIG o en Administración Departamental

1. Se hace presente en la ventanilla de inicio

2. Si cumple los requisitos, se le autoriza el pago en Oficinas del Banco Unión

3. Se lo remite a ventanilla de registro

4. Se lo remite a ventanilla de entrega
¿Dónde puedo realizar el trámite?

: Av. Camacho No 1480 entre calles Bueno y Loayza
Teléfonos: 2110960

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 3 dias
Marco Legal:

Ley No 370 de Migración de 08 de mayo de 2013
Decreto Supremo No 1923 de 13 de marzo de 2014

Información del trámite: www.migracion.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: www.migracion.gob.bo


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