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Monday, March 11, 2019

SENASIR - Emisión Del Certificado de Compensación de Cotizaciones

Última actualización: 2/2/2018
Información actualizada por: SENASIR - Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Este trámite depende de: Unidad Compensación de Cotizaciones
Horarios de atención tramite: 11:30 - 15:30 - 17:30 - 21:30
Horarios de atención entidad: 8:30 - 12:30 - 14:30 - 18:30

Certificar los aportes realizados al antiguo Sistema de Reparto hasta el 30 de abril de 1997

¿Qué requisitos se necesitan?


Fotocopia de Cedula de Identidad vigente
Fotocopia de Certificado de Nacimiento
Estado de Cuenta de la AFP/Gestora Pública
Documentos de respaldo laboral (Según el Sector donde trabajó; Ferroviario, Minero, Comercio, YPFB, Aduana, Universitario, Servicio Nacional de Caminos y ramas anexas, Banca Privada, Banca Estatal, Corporaciones de Desarrollo, Caja Ferroviaria de Salud, Comunicaciones, Construcción, Administración Pública, COSSMIL o Fabril)

¿Cúanto cuesta el trámite?


Forma de pago: Efectivo

Monto: 25 BS

Por concepto de: Certificado de Compensación de Cotizaciones Papeletas valoradas


¿Cómo se realiza este trámite?


El solicitante se apersona a Plataforma de Atención al Ciudadano del SENASIR y solicita la Certificación de Compensaciones de Cotización
Recibe Formulario de Requisitos que debe presentar según el Sector donde trabajó, compra el “Folder/Carpeta de la Compensación de la Cotización” y presenta los requisitos en dicha carpeta
Cuando SENASIR emite la Resolución sobre la Compensación de Cotizaciones y notifica al solicitante, el solicitantedebe elaborar Nota de Conformidad a la notificación (si está de acuerdo)
Recoge de Plataforma de Atención al Ciudadano el Certificado de Compensaciones de Cotización

¿Dónde puedo realizar el trámite?


La Paz: PRESBITERO MEDINA N° 2491 ESQUINA PEDRO SALAZAR,Pasaje Cervantez Nº 456 - Calle Estados Unidos
Teléfonos: 2422425 - 2414398

Más información del trámite


Tiempo promedio para realizar el trámite: 15 dias
Marco Legal:

Ley de Pensiones N° 65 (Art. 24)
Decreto Supremo N° 822
Resolución Administrativa SENASIR 064

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