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Sunday, January 7, 2018

Mediante proyecto de ley Gobierno central busca “acceso irrestricto” a datos del Sereci

El Gobierno central busca que el Servicio General de Identificación Personal (Segip) que es dependiente del Ministerio de Gobierno, tenga un acceso irrestricto de los datos personales de los inscritos en el Servicio de Registro Cívico (Serecí) que está bajo la tutela del Órgano Electoral. Para tal efecto, envió un proyecto de ley a la Asamblea Legislativa.

El ministro de Gobierno, Carlos Romero confirmó que el proyecto de ley fuera presentado por esa instancia. Este documento es de conocimiento de la presidenta del Tribunal Supremo Electoral (TSE), sin embargo, el vicepresidente de esta instancia, José Luis Exeni dijo que no conoce dicho proyecto.

“Agetic también tiene que ver en esto y se ha incorporado en el proyecto de ley que trabajamos y hemos enviado (a la Asamblea Legislativa)”, señaló la autoridad de Estado.

La propuesta fue remitida el 14 de diciembre de la gestión pasada a las cámaras de Diputados y Senadores bajo la nominación de proyecto de Ley 436 “Incorpora el artículo 79 BIS a la Ley 018 de 16 de junio de 2010 del Órgano Electoral Plurinacional”.

El artículo único que contiene el proyecto de ley, al que accedió El Diario, establece que “El Servicio de Registro Cívico (Sereci) deberá otorgar al Servicio General de Identificación Personal - SEGIP acceso irrestricto de consulta en línea y tiempo real a los datos de nacimiento, estado civil y de defunción de las personas naturales registradas en su base de datos y también debe habilitar servicios de verificación y contrastación en línea y en tiempo real de la información del registro biométrico”.

La finalidad de este proyecto es para que el Segip utilice la información para otorgar la cédula de identidad y que no podrá ser transferida ni certificada a terceros o entidades públicas o privadas.

MODIFICACIÓN

El parágrafo II en adelante del artículo 79 de la ye 018 del Órgano Electoral Plurinacional determina que “El Servicio de Registro Cívico, proporcionará anualmente datos demográficos y de residencia de las personas naturales al Consejo de la Magistratura para el sorteo de Jueces Ciudadanos”

A la vez añade que proporcionará los datos solicitados de las personas naturales, a requerimiento escrito y fundamentado del Ministerio Público, de un Juez o de un Tribunal competente, no podrán utilizar estos datos para ninguna otra finalidad.

Las instituciones públicas podrán solicitar la verificación de identidad de personas naturales, previo cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos mediante Reglamento por el Tribunal Supremo Electoral.

Sin embargo con el proyecto se plantea modificar el artículo y que esta información sea de acceso irrestricto para el Segip.

FUNDAMENTOS

Según la explicación de los motivos de la propuesta determina que la ley 145 de creación del Servicio General de Identificación Personal respalda el proyecto, tomando en cuenta que en el parágrafo II del artículo 2 establece al Segip como la única entidad del Estado que está facultada para otorgar la cédula de identidad, a todos los bolivianos por nacimiento, a partir de la contratación de la base de datos del Sereci y el certificado de nacimiento.

Asimismo, conforme al artículo 5 de la citada Ley, al Segip se le atribuye el registro biométrico de la ciudadanía garantizando su autenticidad y confiabilidad, en coordinación con el Sereci.

Conforme a tal mandato legal, la contrastación de la base de datos se constituye en un acto administrativo necesario para que el Segip proceda a identificar a las personas y su coordinación no debe ser restringida a la elaboración de convenios, tal como lo establece la Ley 018.

AGETIC

Por ultimo en dicho proyecto también se propone que la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic), que fue creada por decreto supremo 2514, el 9 de septiembre de 2015, pueda acceder a la información del registro cívico, debiendo coordinarse servicios de interoperabilidad con el Sereci bajo criterios de seguridad de la información y únicamente para fines públicos de protección de los derechos ciudadanos.

El parágrafo II del proyecto determina que “La Agetic, en el marco de la implementación del Gobierno Electrónico, a través de la Plataforma de Interoperabilidad que administra, brindará a las entidades públicas en el marco de sus atribuciones, para fines únicamente de consulta, acceso a los datos de nacimiento, estado civil, filiación, datos del registro biométrico y de defunción de las personas naturales registradas en la base de datos del Sereci”.

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