Busca el Trámite!!!

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Tuesday, October 29, 2019

AGETIC - Registro de Ciudadanía Digital

Brindar Identidad Digital a todos los Bolivianos y Bolivianas.

Requisitos del trámite


1. Cédula de Identidad se encuentra vigente. Para el caso de ciudadanos extranjeros con permanencia temporal en bolivia, deben contar con Cédula de Identidad de Extranjero vigente y expedido por el SEGIP.

2.- Tener cuenta de correo electrónico personal vigente.

3.- Tu número de celular personal se encuentre activo y a nombre tuyo.

Costo del Trámite


Trámite Gratuito
Pasos para realizar el trámite

Paso 1: Antes de iniciar tu pre-registro asegurate de contar con los requisitos.

Paso 2: Ingresa a la página www.gob.bo/ciudadania/#/, luego debes hacer click en el botón que dice “realiza tu pre registro aquí”, y comienza a llenar tus datos paso a paso.

Paso 3: Una vez que concluyas con el pre-registro de ciudadanía digital, el momento que lo requieras podrás acudir a cualquiera de las oficinas de registro habilitadas a nivel nacional para que concluyas con tu registro.

Paso 4: Activar tu cuenta y gozar de los beneficios de tu Ciudadanía Digital.
Direcciones donde se realiza este trámite

Sin direcciones registradas.

Más información


Duración: 1 minuto
Marco Legal:
Ley N° 1080, de Ciudadanía Digital y Lineamientos y estándares técnicos de implementación de ciudadanía digital y notificaciones electrónicas.


Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:19


Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de la Información y Comunicación - AGETIC

ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL

Sigla Entidad: AGETIC

Contacto: contacto@agetic.gob.bo

Web: https://agetic.gob.bo

Monday, December 31, 2018

Zanjan trabas y la Agetic entra al Órgano Judicial con digitalización de trámites



Tras varios desencuentros, la Agetic y el Órgano Judicial alcanzaron por fin un acuerdo para consolidar la digitalización de trámites judiciales. La meta es que en 2019 se concreten los proyectos.

El anunció lo hizo Nicolás Laguna, el director de la Agencia de Gobierno Electrónico y Comunicación (Agetic), que es brazo operador del plan de desburocratización que impulsa el gobierno de Evo Morales, en una entrevista con Bolivia Tv.

“Finalmente hemos logrado un acuerdo con el Órgano Judicial para implementar tecnología en este ámbito que ha sido tan criticado, que ha recibido tantas observaciones de parte de la población, pero creo que la tecnología nos ayudará a resolver eso”, dijo Laguna.

En noviembre de 2017, el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el Consejo de la Magistratura (CM), la Dirección Administrativa y Financiera del Órgano Judicial DAF y la Agetic firmaron un convenio interinstitucional para ese fin.



“Nuestra relación con el Órgano Judicial es muy difícil, muy complicada. Estamos haciendo ahora esfuerzos más pequeñitos para ver si logramos entablar una relación de mayor fluidez, de mayor coordinación”, reclamó Laguna en mayo de este año en una entrevista con La Razón Digital.

Urgía, comentó el funcionario en ese entonces, “una decisión política” que ahora se ha dado con miras a desburocratizar ése órgano.

Estaban en mesa el Registro Judicial de Antecedentes Penales (Rejap) y en Derechos Reales (DDRR), diligencias clave en ese órgano y que ha motivado muchas quejas en los usuarios.

Pero no es todo. Agetic también participará con sus tecnología en la puesta en marcha del Sistema Único de Salud, Universal y Gratuito (SUS).

“Por otro lado también estamos trabajando con el Ministerio de Salud para el SUS que va a permitir dar esta demanda tan sentida de todos los bolivianos que es alud para todos y esperamos que todo esto se consolide en 2019”, señaló Laguna. (31/12/2018)

Tuesday, October 23, 2018

Decreto Supremo 3525 - Establecer la Política de Atención a la Ciudadanía: Bolivia a tu Servicio y el Portal de Trámites del Estado

DECRETO SUPREMO N° 3525
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 103 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado garantizará el desarrollo de la ciencia y la investigación científica, técnica y tecnológica en beneficio del interés general.
Que el numeral 2 del Parágrafo II del Artículo 298 del Texto Constitucional, establece como una competencia exclusiva del nivel central del Estado, el régimen general de las comunicaciones y las telecomunicaciones.
Que el Artículo 71 de la Ley N° 164, de 8 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, declara de prioridad nacional la promoción del uso de las tecnologías de información y comunicación para procurar el vivir bien de todas las bolivianas y bolivianos.
Que el Parágrafo I del Artículo 72 de la Ley N° 164, señala que el Estado en todos sus niveles, fomentará el acceso, uso y apropiación social de las tecnologías de información y comunicación, el despliegue y uso de infraestructura, el desarrollo de contenidos y aplicaciones, la protección de las usuarias y usuarios, la seguridad informática y de redes, como mecanismos de democratización de oportunidades para todos los sectores de la sociedad y especialmente para aquellos con menores ingresos y con necesidades especiales.
Que el Parágrafo I del Artículo 75 de la Ley N° 164, dispone que el nivel central del Estado promueve la incorporación del Gobierno Electrónico a los procedimientos gubernamentales, a la prestación de sus servicios y a la difusión de información, mediante una estrategia enfocada al servicio de la población.
Que el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 2514, de 9 de septiembre de 2015, crea la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación – AGETIC, como una institución pública descentralizada de derecho público, con personalidad jurídica, autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica y patrimonio propio, bajo tuición del Ministerio de la Presidencia.
Que el Decreto Supremo N° 3251, de 12 de julio de 2017, aprueba el Plan de Implementación de Gobierno Electrónico y el Plan de Implementación de Software Libre y Estándares Abiertos.
Que es necesario el desarrollo e implementación de Gobierno Electrónico en la administración pública, que permita la simplificación de trámites y el acceso a servicios públicos con eficiencia, calidad y transparencia, avanzando en la soberanía tecnológica del Estado Plurinacional de Bolivia.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
a) Establecer la Política de Atención a la Ciudadanía: Bolivia a tu Servicio y el Portal de Trámites del Estado;
b) Normar el archivo digital, la interoperabilidad y la tramitación digital.
ARTÍCULO 2.- (ÁMBITO DE APLICACIÓN). El presente Decreto Supremo es aplicable para:
a) Las entidades públicas del nivel central del Estado;
b) Instituciones privadas que prestan servicios públicos delegados por el Estado, establecidas por el Ministerio cabeza de sector;
c) Entidades Territoriales Autónomas que implementen acciones conforme el presente Decreto Supremo;
d) Otras entidades públicas no incluidas en los incisos anteriores.
ARTÍCULO 3.- (FINALIDAD). El presente Decreto Supremo, tiene la finalidad de brindar mayor transparencia y fluidez en la interacción entre los administrados y el sector público, la transferencia de información entre entidades del Estado y entre éstas con la población, de acuerdo al ordenamiento jurídico de manera accesible e inmediata; y promover la celeridad de los trámites administrativos.
ARTÍCULO 4.- (DEFINICIONES). A efecto del presente Decreto Supremo se tienen las siguientes definiciones:
a) Archivo Digital: Es el Archivo ordenado con soporte digital, que resguarda la totalidad de los datos, información, documentos y expedientes digitales recepcionados, generados y procesados por la entidad pública;
b) Acción de participación digital con el Estado: Es toda aquella interacción del administrado con el Estado, por medio de la cual se manifiestan quejas, propuestas y sugerencias;
c) Dato: Cifra, letra, carácter, símbolo o palabra susceptible de ser generada, procesada o almacenada por medios informáticos;
d) Expediente Digital: El expediente digital es el conjunto ordenado de datos, información y documentos digitales, vinculados sobre un determinado asunto, independientemente de la naturaleza de la información que contenga;
e) Registro de Orden Cronológico e Integridad de Documentos Digitales: Es un registro de documentos y datos digitales que permite verificar posteriormente con grado de certeza la existencia y orden cronológico del registro de un documento o dato y la integridad del mismo.

CAPÍTULO II
LINEAMIENTOS Y HERRAMIENTAS
PARA EL GOBIERNO DIGITAL
SECCIÓN I
BOLIVIA A TU SERVICIO
ARTÍCULO 5.- (BOLIVIA A TU SERVICIO).
I. La política de atención a la ciudadanía Bolivia a tu Servicio, se constituye en un mecanismo de atención multicanal, destinado a la mejora de la calidad del servicio brindado a la ciudadanía por parte de los servidores públicos.
II. Bolivia a tu Servicio, a través de la implementación de lineamientos y estándares de calidad, permitirá mejorar la atención a la ciudadanía.
III. Bolivia a tu Servicio, a través de la acción de participación digital con el Estado, interactúa con el administrado respecto a:
a) Los servicios prestados por las entidades del sector público de manera presencial o a través de tecnologías de información y comunicación;
b) Cualquier queja realizada a través de los canales dispuestos por Bolivia a tu Servicio;
c) Cualquier asunto relacionado a la gestión de trámites ante el Estado.
IV. Los portales institucionales deberán contener accesos a la atención de Bolivia a tu Servicio.
V. La Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación – AGETIC es la encargada del desarrollo, aprobación y actualización de los lineamientos y los estándares de calidad de atención a la ciudadanía.
ARTÍCULO 6.- (ACCIÓN DE PARTICIPACIÓN DIGITAL CON EL ESTADO). La acción de participación digital con el Estado a través de Bolivia a tu Servicio, no requerirá necesariamente que la persona sea la directa afectada, pudiendo hacerlo cualquier persona incluso de forma anónima, debiendo la entidad atender su solicitud, conforme a los lineamientos y estándares de calidad de atención a la ciudadanía.
ARTÍCULO 7.- (PROCEDIMIENTO).
I. La acción de participación digital con el Estado, presentada de forma presencial, escrita o mediante tecnologías de información y comunicación:
a) Será recepcionada por la entidad o entidades involucradas, otorgándose un número de atención mediante los mecanismos establecidos por los lineamientos y estándares de calidad de atención a la ciudadanía;
b) Las entidades deberán procesar las solicitudes por medios digitales en el marco de los lineamientos y estándares de calidad de atención a la ciudadanía;
c) La autoridad administrativa decidirá el curso de acción conforme a normativa correspondiente y deberá reportar, en el marco de los lineamientos y estándares de calidad de atención a la ciudadanía, el resultado del procesamiento de la acción de participación digital con el Estado.
II. La AGETIC administrará la plataforma y/o gestionará los mecanismos necesarios para evaluar la calidad de la atención realizada por la entidad sustanciadora.
III. La AGETIC reportará periódicamente a las Máximas Autoridades sobre la evaluación de la calidad de la atención en las instituciones a su cargo.
ARTÍCULO 8.- (CAPACITACIÓN EN ATENCIÓN).
I. Toda servidora o servidor público y personal de entidades públicas y privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado, que brinde atención al público de manera presencial o a través de tecnologías de información y comunicación, deberán contar con la certificación de atención al administrado.
II. La AGETIC conjuntamente la Escuela de Gestión Pública Plurinacional – EGPP desarrollará programas de capacitación a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el Parágrafo anterior.


SECCIÓN II
PORTALES DEL ESTADO
ARTÍCULO 9.- (PORTAL DE TRÁMITES DEL ESTADO).
I. La AGETIC será responsable de administrar el Portal de Trámites del Estado Plurinacional de Bolivia que se establecerá con el nombre de dominio “gob.bo”.
II. El Portal de Trámites del Estado deberá contener mínimamente:
a) Información de trámites de las entidades públicas del nivel central del Estado;
b) Información general de las entidades públicas del nivel central del Estado;
c) Información sobre Bolivia a tu Servicio.
III. Las entidades públicas y privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado deberán publicar en el Portal de Trámites del Estado Plurinacional de Bolivia cada uno de los trámites que ofrecen, debiendo mínimamente contener los siguientes datos:
a) Nombre de la Entidad;
b) Nombre de la Unidad;
c) Nombre del trámite;
d) Descripción u objetivo del trámite;
e) Requisitos;
f) Procedimiento para realizar el trámite;
g) Costos;
h) Direcciones donde se puede realizar el trámite;
i) Horarios de atención;
j) Duración del trámite;
k) Marco legal;
l) Dirección web del trámite en línea, cuando corresponda;
m) Dirección web donde se encuentra más información del trámite, cuando corresponda;
n) Dirección web de la aplicación móvil para realizar el trámite en línea, cuando corresponda.
IV. La AGETIC queda encargada de establecer los mecanismos de acceso necesarios para que las entidades públicas y privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado efectivicen la publicación de la información referida en el Parágrafo precedente. Las entidades del Estado son responsables de publicar y actualizar la información en el portal.
V. Los trámites que brinden las entidades territoriales autónomas podrán ser incorporados en el Portal de Trámites en el marco de acuerdos o convenios con la AGETIC.
ARTÍCULO 10.- (PORTALES INSTITUCIONALES).
I. La AGETIC aprobará mediante Resolución Administrativa los estándares técnicos para la publicación de páginas web de las entidades públicas del nivel central del Estado.
II. Las entidades públicas y privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado deberán actualizar la información brindada de manera continua en las páginas institucionales y en el Portal de Trámites del Estado.

ARTÍCULO 11.- (OBLIGATORIEDAD DE PUBLICACIÓN).
I. Los requisitos, costos, horarios y procedimientos de cualquier trámite deberán ser publicados en el Portal de Trámites del Estado obligatoriamente, en la fecha de entrada en vigencia.
II. El incumplimiento de lo establecido en el Parágrafo precedente está sujeto a responsabilidad por la función pública; para el caso de instituciones privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado, el ente que ejerza supervisión respecto a sus funciones deberá establecer los mecanismos pertinentes a fin de dar cumplimiento a esta norma.

SECCIÓN III
TRÁMITES E INTEROPERABILIDAD
ARTÍCULO 12.- (TRÁMITES ADMINISTRATIVOS).
I. Las instituciones públicas deberán priorizar en todos sus trámites el uso de tecnologías de información y comunicación a efecto de digitalizar, automatizar, interoperar y simplificar la tramitación de los asuntos que son de su competencia.
II. Para facilitar la realización de trámites a la ciudadanía, las entidades públicas, en observancia de su normativa específica, deberán intercambiar entre ellas datos e información mediante interoperabilidad. Los mecanismos y condiciones de publicación y acceso a los servicios de interoperabilidad serán establecidos por el Ente Rector de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación.
III. El intercambio de datos e información mediante interoperabilidad no afectará la percepción de recursos de las entidades públicas titulares de la información por la prestación del servicio público.
IV. Las entidades públicas no podrán exigir al administrado como requisito ningún documento que hubiera sido emitido por la misma entidad, o cuya información esté disponible mediante servicios de interoperabilidad de otra entidad.
V. Las entidades públicas no podrán exigir al administrado como requisito ningún documento que hubiera sido requerido con anterioridad, salvo actualización o modificación y conforme a normativa legal vigente.
VI. Las entidades públicas tendrán un plazo máximo de veinte (20) días hábiles a partir de la publicación de un nuevo servicio de interoperabilidad para adecuar sus procesos y procedimientos al mismo.
ARTÍCULO 13.- (ENTIDADES GENERADORAS DE INFORMACIÓN).
I. Las entidades que conforme a sus atribuciones recolectan, generan, transforman y validan datos o información, son responsables en observancia de su normativa legal específica, de publicar la información y datos como fuente primaria a través de la plataforma de interoperabilidad establecida en el Plan de Implementación de Gobierno Electrónico aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 3251, de 12 de julio de 2017.
II. En el marco de procesos de actualización, certificación o emisión de copias legalizadas de documentos que aún se encuentren en formato físico, los datos e información pertinente consignados en los mismos deberán ser registrados en medios digitales que permitan ser publicados mediante servicios de interoperabilidad.


SECCIÓN IV
ARCHIVO DIGITAL
ARTÍCULO 14.- (ARCHIVO DIGITAL).
I. Todo documento firmado digitalmente será plenamente válido en toda actuación administrativa, sea de ejecución o de control gubernamental o ante la vía judicial, conforme a lo establecido en el Artículo 78 de la Ley Nº 164, de 8 de agosto de 2011.
II. Los documentos firmados digitalmente deberán ser recepcionados y procesados obligatoriamente por todas las entidades del sector público y privado que presten servicios públicos delegados por el Estado.
III. La AGETIC, mediante Resolución Administrativa, definirá y actualizará los parámetros técnicos, estándares y formatos para la gestión documental digital.
IV. Las entidades públicas y privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado, mediante resolución expresa de la máxima autoridad, aprobarán un reglamento de gestión documental digital.
ARTÍCULO 15.- (CONVERSIÓN). Para su gestión, los documentos podrán ser digitalizados o materializados de la siguiente manera:
a) De documentos en soporte digital a soporte papel, realizando la materialización de los mismos, debiendo asegurarse que el documento físico permita verificar la validez y contenido del documento en formato digital;
b) De documentos en soporte papel a soporte digital, debiendo el responsable de la verificación firmar de manera digital los documentos en cuestión o los datos consignados en el mismo.
ARTÍCULO 16.- (REGISTRO DE ORDEN CRONOLÓGICO E INTEGRIDAD).
I. La AGETIC será responsable de implementar, gestionar y coordinar un registro descentralizado de orden cronológico e integridad de datos y documentos digitales.
II. Los datos consignados en el registro de orden cronológico e integridad de datos y documentos digitales, tendrán plena validez jurídica respecto a la integridad y temporalidad de los mismos, para asuntos judiciales y administrativos, incluyendo aquellos de ejecución y control gubernamental.
III. La AGETIC establecerá los lineamientos y condiciones técnicas para la implementación y uso del registro de orden cronológico e integridad de datos y documentos digitales.
IV. El uso del registro de orden cronológico e integridad de datos y documentos digitales, será potestativo para las entidades públicas y privadas que presten servicios públicos delegados por el Estado.

DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.-
I. Se incorpora el inciso h) en el Artículo 38 del Decreto Supremo Nº 27113, de 23 de julio de 2003, con el siguiente texto:
“ h) Otros mecanismos digitales.”
II. Se modifica el Artículo 45 del Decreto Supremo Nº 27113, de 23 de julio de 2003, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 45.- (NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA). La autoridad administrativa podrá disponer notificaciones mediante correo electrónico u otros mecanismos digitales, siempre que los administrados se hubieran registrado voluntariamente. El registro se habilitará mediante aceptación escrita o aceptación por medios digitales en la que conste la conformidad del administrado. La confirmación de envío al interesado, incorporada al expediente, acreditará de manera suficiente la realización de la diligencia. La notificación se tendrá por practicada el día de recepción de la notificación electrónica.”


DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.- En el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, la AGETIC aprobará mediante Resolución Administrativa los lineamientos y estándares de calidad de atención al administrado.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA.- En el plazo máximo de noventa (90) días hábiles, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, la AGETIC aprobará mediante Resolución Administrativa los estándares técnicos para la publicación de páginas web de las entidades públicas del nivel central del Estado.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA.-
I. La AGETIC en el plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, publicará el Portal de Tramites del Estado y otorgará credenciales de acceso a las entidades públicas.
II. En un plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles, a partir de la recepción de sus credenciales de acceso las entidades del sector público deberán publicar en el Portal del Estado los trámites e información que brinden al administrado.
III. Lo establecido en los Parágrafos IV y VI del Artículo 12 del presente Decreto Supremo entrarán en vigencia en sesenta (60) días hábiles después de su publicación.
IV. En un plazo máximo de ciento veinte (120) días hábiles, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, las entidades públicas que conforme a sus atribuciones recolectan, generan, transforman y validan datos o información requerida por otras entidades, deberán publicarlos a través de la plataforma de interoperabilidad, en observancia de su normativa legal específica y de acuerdo al Parágrafo III del Artículo 12 del presente Decreto Supremo.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA.- En un plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, la AGETIC aprobará mediante Resolución Administrativa los parámetros técnicos, estándares y formatos para la gestión documental digital.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA.- En un plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, la AGETIC aprobará mediante Resolución Administrativa los lineamientos y condiciones técnicas para la implementación y uso del registro de orden cronológico e integridad de datos y documentos digitales.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA.- En un plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles, computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el Ente Rector de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación aprobará mediante Resolución Ministerial los mecanismos y condiciones de publicación y acceso a los servicios de interoperabilidad.


DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- La aplicación del presente Decreto Supremo, no comprometerá recursos adicionales del Tesoro General de la Nación – TGN.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil dieciocho.


FDO. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, Alfredo Rada Vélez, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

Monday, June 25, 2018

Agetic Órgano Judicial y Derechos Reales resisten unirse a la era digital

No encuentra el motivo pero después de un año y medio de permanentes intentos, la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic) decidió darse una pausa para un nuevo impulso y convencer al Órgano Judicial y Derechos Reales, a que acepten ingresar a la era digital: al gobierno electrónico.

El director Nicolás Laguna, en una entrevista con Erbol, dijo que en base a una encuesta a la ciudadanía, identificó que la mayor parte de la gente está preocupada por los trámites en Derechos Reales y al poco tiempo de crearse la Agetic, tocó las puertas del Consejo de la Magistratura y no encontró una mayor predisposición a escuchar una propuesta digital.

"Lamentablemente durante dos años no hemos podido avanzar con ellos. Ha sido muy difícil; hay la predisposición, luego ya no la hay; luego otra vez, luego ya no. Casi nos hacen el vuélvase mañana como le hacen a todos los ciudadanos. A nosotros Derechos Reales nos hacen el 'vuélvase mañana'", manifestó.

Considera que el tema es la figura de la independencia de poderes, porque en el Órgano Ejecutivo la Agetic tiene el respaldo del Presidente, Vicepresidente y del Ministro de la Presidencia para que un trámite, y si hay que simplificarlo, se lo haga en las distintas entidades públicas.

"Hemos tenido problemas con ellos, hemos tenido una confrontación porque no hemos podido avanzar y hemos decidido bajar las expectativas. Estamos empezando con el trámite del Rejap, esperemos que sí funcione y se genere una relación de mayor confianza y lograr pasos más chiquitos, quizás hemos intentado muy de grande, no sé", agregó.

JUDICIAL

Dijo que lo mismo ocurrió con el Órgano Judicial donde durante un año y medio intentó hacer algo nuevo para la justicia porque la actual tecnología que hay en los juzgados no es la adecuada y por eso plantearon propuestas de una reingeniería de procesos y procedimientos, pero cuando pensaron que iba a comenzar, encontraron "muchas barreras".

"Era muy bonito el proyecto, era digitalizar, darle a los abogados firma digital, darle a los jueces firma digital, que todos los expedientes estén en línea y que la notificación también sea en línea. Ojalá avance, yo creo que todos tenemos que darnos cuenta que la justicia no está en sus mejores días y que la gente tiene muy mala imagen del Órgano Judicial; y les dijimos. Y sería bueno que lo hagan, si no quieren con la Agetic (...) pero háganlo y den los pasos necesarios para la gente", manifestó.

LEY

La Agetic impulsa la Ley de Ciudadanía Digital en la Asamblea Legislativa para ampliar la atención trámites públicos en línea y proveer los servicios a la ciudadanía vía internet, así como dar acceso a la información pública sin “estar mandando cartitas”.

El otro propósito de la ley es facilitar el ejercicio de los derechos y deberes constitucionales, ejercer control y participación social sobre el uso de recursos públicos, a través del uso de tecnologías de comunicación.

Tuesday, April 10, 2018

Decreto crea portal de trámites del Estado a cargo de Agetic

El Decreto 3525, aprobado en el último gabinete, crea el portal de trámites para que el ciudadano realice sus solicitudes en las entidades del Estado y que estará a cargo de la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic).

"La Agetic será la responsable de administrar el Portal de Trámites del Estado Plurinacional de Bolivia que se establecerá con el nombre de dominio 'gob.bo'", señala el parágrafo I del artículo I, del Decreto 3525.

Asimismo, el parágrafo III menciona que todas las entidades y empresas que presten servicios públicos deberán publicar cada uno de los trámites que ofrecen y enumera 14 requisitos que deben cumplir las empresas.

Más adelante, en su disposición transitoria tercera, parágrafo cuarto, indica que desde la publicación del Decreto las entidades tienen 120 días para aplicar dicha norma.

"En un plazo de 120 días hábiles computables a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, las entidades que conformen a sus atribuciones recolectan, generan, transforman y validan datos o información requerida para otras entidades, deberán publicarlos a través de la plataforma de interoperabilidad", resalta el documento.

Dicho decreto tiene 16 artículos, una disposición adicional única, seis disposiciones transitorias y una disposición única.

Thursday, December 21, 2017

De 45 a 5 días Agilizan trámites para constituir empresas

La Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic) se ha planteado reducir de 45 a cinco días la creación de una empresa Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) como parte de los servicios que ofrecerá el sistema informático centralizado en construir, a fin de aliviar la carga de trámites y reducir los tiempos que le dedican los empresarios a su funcionamiento formal.

En una reunión con el sector empresarial, el director ejecutivo de Agetic, Nicolás Laguna, explicó el alcance del proyecto Empresa Digital. “Es una deuda con el sector productivo, con los microempresarios, pequeños, medianos y grandes empresarios del país, que es la digitalización de los trámites empresariales, que es todo aquello que tiene que ver con el registro de las empresas, de sus actividades, certificaciones”, señaló.

Laguna dijo que es importante que los empresarios se dediquen a producir en lugar de ocupar su tiempo en trámites, lo cual les ha restado competitividad frente a empresarios de la región. Al momento, 25 entidades públicas y privadas participan del trabajo técnico.

“Se ha calculado que la apertura de una SRL en Bolivia demora 45 días, queremos reducir a cuatro a cinco días (…). El propósito es que los empresarios puedan realizar todos sus trámites por internet desde su computadora, celular o tablet a las 23.00 horas desde la comodidad de su cama y desde cualquier sitio del mundo, es el objetivo de la Empresa Digital que es la plataforma que estamos construyendo”, explicó.

El ejecutivo de Agetic anunció el arranque de la plataforma a partir de noviembre o diciembre de 2018. Dijo que actualmente 20 profesionales entre ingenieros industriales, comerciales, informáticos e ingenieros de sistemas trabajan en el ambicioso proyecto digital.

EMPRESARIOS

Por su parte el asesor de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Gerardo Velasco dijo que hoy en día los países de la región se valen de una cantidad de nuevas herramientas que les permite hacer las sociedades más productivas a través de la facilitación de trámites.

“Un ciudadano tiene varios carnets pero no le sirven de nada cuando tiene que dar una fotocopia legalizada; hay una cantidad de papeles inútiles que la persona jurídica debe presentar duplicando y triplicando trámites, y quitándole el foco a la empresa”, señaló.

En cuanto al trámite para la devolución impositiva a los exportadores dijo que no es tanto un problema de tramitología, sino de voluntad política del ente encargado de devolver estos recursos. “Le entrego todos mis papeles y la devolución (impositiva) se da en 10 meses si le da la gana a la institución ó 40 meses cuando debería ser máximo en 30 días”, dijo en alusión al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).

Video Rodrigo Martinez de la AGETIC explica el proyecto de Ciudadania Digital en Bolivia

Sunday, October 1, 2017

Agetic desarrolla dos plataformas empresariales

En proceso dos plataformas empresariales que buscan fortalecer a la economía nacional, así como ahorrar tiempo y recursos para el sector privado, y para todos los emprendimientos económicos, los mismos ya se desarrollan en la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnología de Comunicación e Información (Agetic).

La información fue brindada a EL DIARIO por el director general ejecutivo Nicolás Laguna, a tiempo de explicar el trabajo que realizaron en la simplificación de trámites, que llegan a 21, presentados en dos fases.

Dijo que los primeros 11 trámites lo presentaron en junio de la presente gestión, la primera fase, y la segunda a finales de septiembre. La propuesta facilita los procesos de atención a la ciudadanía.

En ese contexto, ahora trabajan en proyectos ambiciosos destinados a distintos sectores señala Laguna y menciona que está en proceso una plataforma para el sector de transporte terrestre, en la que se pretende integrar a todas las instituciones, como tránsito, Vías Bolivia, la Administradora Boliviana de Carreteras, la Autoridad de Fiscalización del Transporte y Telecomunicación, el B-Sisa, los operadores que manejan el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, cuyo objetivo es integrarles en una sola plataforma.

Similar proceso también se analiza para el transporte aéreo, que también busca integrar en una sola plataforma a todas las instituciones de este sector, empezando con el Ministerio de Obras Públicas, la Dirección General de Aeronáutica Civil, Assana, así como la ATT.

TEMA EMPRESARIAL

Asimismo, informó que trabajan en una plataforma denominada Yuriña empresarial digital, en la que el empresario podrá acceder a todas las instituciones del Estado, a través de una sola puerta, como a Impuestos, Ministerio de Trabajo, Aduana, Fundempresa, Pro Bolivia, Promueve Bolivia, entre otras.

“Con todas las entidades tendrán una sola puerta de acceso; lo hacemos a partir de la integración de los sistemas de diversas entidades para que de manera fácil y simple, y por internet, los empresarios puedan realizar sus diversos trámites”, señaló.

En esa línea, también trabajan en la plataforma de Ventanilla Única de Comercio Exterior, que va a permitir acceso a todos los trámites con referencia al comercio exterior, importación y exportación, las certificaciones necesarias para los registros necesarios, entre otros beneficios.

“Se van a realizar a través de un portal centralizado, que permitirá que los empresarios hagan por línea, por internet, sus trámites para poder exportar e importar productos. Y así de esta manera, con estas dos plataformas empresariales, queremos poder fomentar el crecimiento económico del país", apuntó.

BENEFICIOS

De acuerdo con Laguna, la simplificación de trámites permite que algunos se hagan de manera automática y pueda ahorrar tiempo. Por ejemplo, “el registro obligatorio de empleadores es un trámite completamente en line e inmediato; tenemos otros trámites, como la tarjeta migratoria andina, que lo hizo la Dirección Nacional de Migración, en donde antes existía la tarjeta de migración andina, ahora es un simple tiket, ya no hay que llenar ningún baucher”, resaltó.

También mencionó el trámite de onlínea para la creación de empresas con fundempresa. “Este trámite implicaba ir a las oficinas, llenar formularios, volver nuevamente después de la evaluación, ahora es un tema informático, registra y reserva empresas automáticamente, tardas lo que tardas en llenar el formulario en internet; hay otros que redujeron su tiempo significativamente", explicó. A veces simplemente hay que ir a recoger el trámite por el tema de la presentación personal del Carnet de Identidad”, agregó.

GOBIERNO ELECTRÓNICO

Asimismo, dijo que todas esas acciones y plataformas que implementan están bajo el objetivo del gobierno electrónico, que implica la reingeniería de procesos y procedimientos, es decir volver a repensar el funcionamiento de las oficinas públicas, y es por ello que se abocan a simplificar los procesos internos de las entidades.

También se dedican a la implementación de tecnología, desarrollar nuevos sistemas que permitan simplificar los trámites. “Tenemos herramientas fundamentales, como la automatización, es decir cosas que los seres humanos hacen manualmente; utilizamos la interoperabilidad, que nos permite reducir requisitos. Antes el ciudadano entregaba como requisito fotocopia legalizada de un documento determinado, ahora lo obtenemos entre medios informáticos, conectándonos entre entidades públicas y con eso reducimos requisitos a veces a cero a veces a uno”, señaló.

Saturday, September 30, 2017

Agetic instala 10 nuevos trámites digitales

El Director Ejecutivo de la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnología de la Información y Comunicación (Agetic), Nicolás Laguna, informó que se instauraron diez nuevos trámites digitales, que buscan la desburocratización de los procesos institucionales. De esta manera simplificar las filas por parte de los ciudadanos en diferentes puntos de la ciudad.

Entre estos trámites están, la obtención del certificado de nacido vivo, registro único para las organizaciones no gubernamentales, la certificación del sello “Hecho en Bolivia”, el carnet de discapacidad, certificación de condición migratoria, citas para la obtención de licencia de conducir, registro de transportistas, certificación de personas investigadas, seguimiento de trámite en línea, y trámites para el programa de vivienda para municipios.

“Las entidades deben entender que están al servicio de la ciudadanía, y que están ahí para servir a las personas. El servidor público debería quedarse más tiempo, atender, poner el esmero en comprender la problemática que tiene un ciudadano, y resolvérsela. Ser más solución que problema”, enfatizó el director.

Además de ello mencionó que son tres elementos que regirán el gobierno electrónico: arquitectura institucional, implementación de equipos tecnológicos y mejorar el trabajo en el servicio a la población. Asimismo el responsable anunció que la agencia tiene un año de funcionamiento y ambiciona que todas las instituciones simplifiquen los procesos burocráticos, a través de la tecnología para mejorar sus procesos.

Friday, September 29, 2017

Morales anuncia segunda fase de desburocratización

Oficinas estatales como los ministerios ingresaron a la segunda fase de desburocratización y empezaron a digitalizarse con el objetivo de agilizar la atención administrativa pública informó en conferencia de prensa el presidente Evo Morales.

“Uno de los problemas que tenemos es la burocracia (…). El gran deseo que tenemos es pasar de un Estado democrático a un Estado digitalizado”, declaró.

La autoridad informó sobre las cifras de resultados de la primera fase plan de desburocratización en entidades estatales, señaló que desde el 2 de junio (fecha cuando se lanzó el programa de desburocratización) su primera etapa fue aplicada a 11 tipos de trámites, algunas en el Ministerio de Trabajo, de Gobierno, en el Servicio General de Identificación Personal (Segip), entre otros.

Especificó que se realizaron 2.261 publicaciones en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio de Bolivia de forma gratuita ahorrando dinero a los empresarios y microproductores.

Y en el Registro Único del Empresarial (RUE) se dieron 105 empresas de manera digital, 24 empresas enviaron de manera digital sus planillas laborales.

En Segip se realizaron más 15.000 personas el pago por internet de sus trámites de cédulas de identidad y licencias de conducir.

Indicó que en el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural en el trámite de creación de nuevas unidades, 137 empresas se inscribieron de manera digital y 1.687 realizaron reservas de nombres para las nuevas empresas.

Por otra parte, el Ministerio de Salud asignó de manera digital e inmediata el Servicio Rural Obligatorio a 2.188 estudiantes de los departamentos de Cochabamba, Sucre y Oruro.

SEGUNDA ETAPA

Para la segunda etapa del plan de desburocratización de la digitalización se tienen previstos nuevos trámites digitalizados. En el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural el trámite para adquirir el sello “Hecho en Bolivia”, actualmente tiene una duración de 10 diez días, pero con la etapa digital las empresas de producción nacional, los productores y microproductores podrán hacer su solicitud vía web (internet).

Añadió que en el registro de Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y las certificaciones migratorias, cuyo trámite antes tardaban ocho días, ahora demorarán solo uno.

FIDEICOMISO

En la conferencia de prensa, el Jefe de Estado informó también que se puso a disposición de los gobiernos departamentales y municipales el fideicomiso de Bs 710 millones, monto económico con el cual se deberán concluir algunos proyectos.

“El objetivo del fideicomiso es otorgar financiamiento, mediante crédito, a los gobiernos departamentales y municipales que tengan obligaciones pendientes de proyectos propios que se encuentran paralizados por falta de recursos”, dijo.

El plazo del crédito será de 15 años, la tasa de interés es 2 por ciento anual.

Las condiciones para que un proyecto pueda ser beneficiado con el fideicomiso son: ejecución física del proyecto igual o mayor al 50 por ciento, además debe tener planillas de avance de las obras, los municipios con 11 concejales o una población de más 500 mil habitantes podrán acceder solamente al 50 por ciento de los montos solicitados.

El Presidente manifestó que espera ayudar principalmente a los municipios rurales y de las ciudades intermedias, aunque la cobertura del fideicomiso es a nivel nacional.

Video Nicolas Laguna Director de la AGETIC explica el tramite digital de Nacido Vivo

Monday, August 7, 2017

Alistan nuevo plan de desburocratización

El presidente Evo Morales anunció este domingo que se aplicará un nuevo plan de desburocratización en el Estado para agilizar los trámites.

“Hemos empezado con algunos problemas y el próximo mes nuevamente habrá otro paquete de desburocratización, aprovecho esta oportunidad (para pedir) a todos los funcionarios de alcaldías, gobiernos departamentales y en especial del Gobierno nacional más responsabilidad”, aseveró.

Señaló que algunos funcionarios, como tienen un sueldo garantizado, no aceleran los trámites y esa actitud perjudica al país, principalmente, en los planes de inversión que tiene para enfrentar la crisis económica internacional.

“No sé qué mecanismo hay que crear para hacer un control correspondiente (para evitar este tipo de situaciones), pero les advierto que todos tenemos la obligación de acelerar los trámites para garantizar el tema de la inversión. La crisis internacional nos afecta bastante y estamos enfrentando con mayor inversión”, manifestó en su mensaje al país por el aniversario de Bolivia.

Asimismo pidió a la población boliviana hacer un control permanente a los funcionarios públicos y denunciar si es posible de manera pública si constatan que no aceleran los trámites. (ANF)

Saturday, July 29, 2017

Oficina virtual agiliza el registro de firmas



Desde junio, los empresarios pueden iniciar la inscripción de su empresa ante el Registro de Comercio utilizando el portal web www.miempresa.gob.bo, lo que representa una reducción de hasta el 65% en el costo del trámite y el 50% en tiempos.

La oficina virtual permite que el empresario realice el control de homonimia (saber si el nombre comercial ya está o no registrado) en línea, de manera inmediata y gratuita, y también que llene el formulario de solicitud de inscripción, lo que simplifica los requisitos pues ya no debe presentar la fotocopia de documentos personales ni el balance de apertura de su negocio.

Otra innovación es el acceso a la Gaceta Electrónica, sistema diseñado y desarrollado por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, con el apoyo del concesionario del Registro de Comercio Fundempresa. Se trata de un medio válido de publicación de actos de comercio, al que se puede acceder por internet en la dirección www.gacetadecomercio.gob.bo.

“Esta herramienta permite agilizar el proceso de publicación. Se habilitará el sistema de la Gaceta Electrónica para que las empresas dejen de publicar por medio impreso su estructura organizacional, sus objetivos y estatutos de funcionamiento. Con ello se evitará que gasten entre Bs 500 y 2.000 por espacios en periódicos de circulación nacional”, remarcó Eugenio Rojas Apaza, ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, según un comunicado enviado por Fundempresa.

Simplificación. El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural aprobó la simplificación de trámites para reducir costos, requisitos y tiempo en la inscripción de empresas en Bolivia, en el marco del plan de desburocratización de trámites, presentado por el presidente Evo Morales el 2 de junio. Para desarrollar la oficina virtual, el ministerio contó con el apoyo de la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (AGETIC) y del concesionario del Registro de Comercio Fundempresa.

Friday, June 2, 2017

Video Evo presenta plan para reducir la burocracia

El presidente del Estado, Evo Morales, presentó este viernes en La Paz el programa de desburocratización de entidades estatales que contempla 11 medidas. Este sistema permitirá a empresas del Estado realizar trámites usando un sistema digitalizado y vía internet.

"Estamos empezando ministerio por ministerio para desburocratizar el Estado, quisiéramos un Estado electrónico o digitalizado, pero también necesitamos funcionarios amables"

El mandatario explicó que gracias a este sistema los trámites podrán hacerse sin necesidad de acudir a las oficinas. "El sistema informático sustituye el llenado a mano en beneficio de los viajeros", dijo Morales en conferencia de prensa en La Paz.

El presidente dijo que se identificó a la burocracia junto a la microcorrupción como algunos de los problemas de gestión que necesitan soluciones inmediatas.

Primera fase

Entre los trámites incluidos en el primer paquete, citó el Registro Obligatorio de Empleadores (ROE), planillas de trabajadores, tarjeta andina migratoria que se presenta en los aeropuertos, trámites que se realizarán en línea, el pago de licencia de conducir y cédula de identidad que se efectuará mediante cajeros automáticos del banco Unión o Prodem.

La desburocratización toma en cuenta también al registro de unidades productivas en Probolivia y Promueve, trámite de inscripción de empresas y el registro de comercio con la implementación de la gaceta electrónica, que evitará la publicación impresa del documento de constitución de una compañía en un periódico de circulación nacional.

La asignación para el servicio social de salud obligatorio en el área rural se efectuará con un sistema aleatorio y electrónico.

El trámite para el pago del bono de frontera que reciben los docentes será gratuito y durará cinco días.

Los trámites del Registro Docente Administrativo (RDA) y la calificación de años de servicio se realizarán en línea y sin costo.