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Tuesday, December 31, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XVI

TRIGESIMA TERCERA.- (DERECHOS DE PATENTE). El PROVEEDOR asume responsabilidad de manera ilimitada y permanente en caso de reclamos de terceros por transgresiones a derechos de patente, marcas registradas, o diseño industrial causados por la adquisición y utilización de los BIENES o parte de ellos en el Estado Plurinacional de Bolivia. 
TRIGESIMA CUARTA.- (MANUALES DE OPERACION, MANTENIMIENTO Y REPARACION). (Esta cláusula debe aplicarse cuando por el tipo de adquisición, corresponda) Junto con los BIENES objeto del Contrato, el PROVEEDOR entregará al primero los correspondientes manuales de operación, mantenimiento y reparación. En lo posible, los manuales originales deberán ser escritos en idioma castellano, y cuando éstos no estuvieran disponibles en idioma castellano, el PROVEEDOR entregará un ejemplar traducido. (Adecuar esta cláusula de acuerdo con el requerimiento de manuales indicado en las especificaciones técnicas contenidas en el DBC). 
TRIGESIMA QUINTA.- (RECEPCION DEFINITIVA). Dentro del plazo previsto para la adquisición, se hará efectiva la entrega definitiva de los BIENES objeto de la adquisición, a cuyo efecto, la ENTIDAD designará una Comisión de Recepción, a esta comisión le corresponderá verificar si los BIENES provistos concuerdan plenamente con las Especificaciones Técnicas de la propuesta aceptada y el Contrato (en caso que los BIENES provistos deban entregarse funcionando, deberá hacerse constar que la comisión de recepción debe realizar las pruebas de operación). Del acto de recepción definitiva se levantará el Acta de Recepción definitiva, que es un documento diferente al registro de ingreso o almacenes. 
TRIGESIMA SEXTA.- (CIERRE O LIQUIDACION DE CONTRATO). Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de recepción definitiva, la ENTIDAD procederá al cierre del Contrato a efectos de la devolución de garantías y emisión de la certificación de cumplimiento de contrato con la adquisición por parte de la ENTIDAD. La comisión de recepción y la ENTIDAD, no darán por finalizada la adquisición y a la liquidación, si el PROVEEDOR no hubiese cumplido con todas sus obligaciones de acuerdo a los términos del contrato y de sus documentos anexos. En el cierre o liquidación de contrato, se tomará en cuenta: • El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos pendientes (si se ha otorgado anticipo). • Las multas y penalidades (si hubieren). • Por la protocolización del contrato, si este pago no se hubiera hecho efectivo oportunamente. Asimismo, el PROVEEDOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente (dentro de los 30 días de sucedido el hecho que originó el reclamo) y que no hubiese sido pagado por la ENTIDAD. Este proceso utilizará los plazos previstos en la cláusula décima tercera del presente Contrato, para el pago de saldos que existiesen. 
TRIGESIMA SÉPTIMA.- (CONFORMIDAD). En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento suscriben el presente CONTRATO en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez, el _______ (registrar el nombre y cargo del funcionario habilitado para suscribir el Contrato), en representación legal de la ENTIDAD, y el ______________ (registrar el nombre del representante legal del PROVEEDOR, habilitado para la firma del Contrato) en representación legal del PROVEEDOR. Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado. Usted Señor Notario se servirá insertar todas las demás cláusulas que fuesen de estilo y seguridad. (Registrar la ciudad o localidad y fecha en que se suscribirá el Contrato)

(Registrar el nombre y cargo del Funcionario
habilitado para la firma del contrato)


(Registrar el nombre del PROVEEDOR)

Monday, December 30, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XV

TRIGESIMA.- (NORMAS DE CALIDAD APLICABLES). Los BIENES suministrados de conformidad con el presente Contrato se ajustarán a las normas de calidad mencionadas en las especificaciones técnicas y, cuando en ellas no se mencionen normas de calidad aplicables, a las normas de calidad existentes o cuya aplicación sea apropiada en el país de origen de los BIENES. 
TRIGESIMA PRIMERA.- (EMBALAJE). El embalaje, las marcas y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente normas internacionales, los requisitos especiales que se hayan consignado en los documentos de la licitación, cualquier otro requisito, si lo hubiere, y cualquier otra instrucción dada por la ENTIDAD. 
TRIGESIMA SEGUNDA.- (INSPECCION Y PRUEBAS). 
33.1. Cuando así lo requiera, la ENTIDAD de acuerdo a lo estipulado en las especificaciones técnicas, a través de instituciones oficialmente reconocidas para verificar la calidad de los bienes tendrá derecho a inspeccionar los bienes y/o someterlos a prueba, sin costo adicional alguno, a fin de verificar su conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el Documento Base de Contratación. La ENTIDAD notificará por escrito al PROVEEDOR, oportunamente, la identidad de todo representante designado para estos fines. 
33.2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del PROVEEDOR o de su(s) subcontratista(s) o proveedor(es) primario(s), en el lugar de entrega, de acuerdo a lo estipulado en las especificaciones técnicas. Cuando sean realizadas en recintos del PROVEEDOR o de su(s) subcontratista(s) o proveedor(es) primario(s), se proporcionará a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables y los datos sobre producción permitidas, sin cargo alguno para la ENTIDAD. 
33.3. La verificación de los BIENES por parte de la ENTIDAD mediante inspecciones o pruebas se realizará en un plazo de ________ (definir el número de días en que se realizarán las pruebas, siendo el máximo admisible de 30 días calendario) días calendario, debiendo estas pruebas o inspecciones iniciarse como máximo cuatro (4) días después de recibidos los BIENES. El PROVEEDOR tiene la potestad de participar en todas las pruebas e inspecciones que se realicen y tomar conocimiento si éstas cumplen o no lo estipulado en el Contrato. 
33.4. Si los BIENES inspeccionados o probados no se ajustan a las Especificaciones Técnicas, la ENTIDAD podrá rechazarlos y el PROVEEDOR deberá, sin cargo para la ENTIDAD, reemplazarlos o incorporar en ellos todas las modificaciones necesarias para que cumplan con tales Especificaciones Técnicas. Los eventuales rechazos por parte de la ENTIDAD, no modifican el plazo de entrega, que permanecerá invariable. El plazo máximo para reemplazar los BIENES o incorporar las modificaciones necesarias, es de _______ (registrar el plazo) días calendario, después de haber recibido la comunicación de rechazo. 
33.5. La falta de rechazo de los BIENES dentro del plazo comprometido, implicará aceptación por parte de la ENTIDAD. 
33.6. (Utilizar la siguiente redacción cuando corresponda) La inspección, prueba o aprobación de los BIENES por la ENTIDAD o sus representantes con anterioridad a su embarque desde el país de origen no limitará ni anulará en modo alguno el derecho de la ENTIDAD a inspeccionar, someter a prueba y, cuando fuere necesario y establecido en las especificaciones técnicas, rechazar los BIENES una vez que lleguen al país.

Sunday, December 29, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XIV

VIGESIMA SÉPTIMA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR). 28.1. EL PROVEEDOR no podrá entregar bienes usados o defectuosos, debiendo en su caso ser sustituidos a su costo, dentro del plazo máximo de ________ (registrar el número de días calendario en concordancia con el plazo del contrato), impostergablemente. Cuando el PROVEEDOR incurra en negligencia durante la adquisición de los BIENES, la ENTIDAD podrá retener el total o parte del pago para protegerse contra posibles perjuicios. Desaparecidas las causales que dieron lugar a la retención, la ENTIDAD procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de los problemas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos. Esta retención no creará derechos en favor del PROVEEDOR para solicitar ampliación de plazo, ni intereses. 28.2. El PROVEEDOR debe custodiar los BIENES a ser provistos, hasta la recepción definitiva de éstos por la ENTIDAD. 
VIGESIMA OCTAVA.- (SEGUROS). (Esta cláusula puede o no ser utilizada, de acuerdo a la modalidad de adquisición, por lo que en caso de ser aplicable, la ENTIDAD deberá establecer el tipo de seguro y el plazo de vigencia de éste). 
VIGESIMA NOVENA.- (SUSPENSION TEMPORAL DE LA PROVISION). La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente la adquisición de los BIENES en cualquier momento por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o convenientes a los intereses del Estado, para lo cual notificará al PROVEEDOR por escrito, con una anticipación de quince (15) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser parcial o total. En este caso la ENTIDAD reconocerá en favor del PROVEEDOR los gastos en que éste incurriera por depósito u otro justificado documentadamente, cuando el lapso de la suspensión sea mayor a los diez (10) días calendario. También el PROVEEDOR puede comunicar a la ENTIDAD la suspensión temporal de la adquisición, por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al PROVEEDOR en la adquisición de los BIENES.

Saturday, December 28, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XIII

VIGESIMA SEXTA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES) Queda convenido entre las partes contratantes, que salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados por la ENTIDAD, se aplicarán por cada periodo de retraso las siguientes multas: a) Equivalente al 3 por 1.000 por cada día de atraso desde el día 1 hasta el día 30 de atraso. b) Equivalente al 4 por 1.000 por cada día de atraso desde el día 31 en adelante. (Cuando la adjudicación sea por el total incluir el siguiente texto) El monto de la multa será calculado respecto del monto total del contrato o respecto del monto correspondiente a los saldos no entregados. (Cuando la adjudicación sea por lotes o ítems incluir el siguiente texto) El monto de la multa será calculado respecto del monto correspondiente al(los)_______(registrar son lotes o ítems) cuya entrega hubiese sufrido retraso o respecto del monto correspondiente a los saldos no entregados del (los)___________ (registrar son lotes o ítems). 
Las causales para la aplicación de multas son las siguientes: a) Cuando el PROVEEDOR, no entregara los BIENES de acuerdo a los plazos previstos en el cronograma. b) Cuando el PROVEEDOR demorará más de cinco (5) días hábiles en responder las consultas formuladas por escrito por la ENTIDAD, en asuntos relacionados con el objeto del presente contrato. De establecer la ENTIDAD que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite del 10% del monto del Contrato, podrá iniciar el proceso de resolución del Contrato, conforme a lo estipulado en la Cláusula Décima Novena. De establecer la ENTIDAD que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite del 20% del monto del Contrato, deberá iniciar el proceso de resolución del Contrato, conforme a lo estipulado en la Cláusula Décima Novena. 
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por la ENTIDAD, con base en el informe específico y documentado, de los Certificados de pagos mensuales o del Certificado de liquidación final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la jurisdicción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Artículo 47 de la Ley 1178.

Friday, December 27, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XII

VIGESIMA CUARTA.- (MODIFICACION DEL CONTRATO). Los términos y condiciones contenidos en el presente Contrato no podrán ser modificados, excepto en los casos y mediante los instrumentos previstos de forma expresa en el presente Contrato, previo acuerdo entre partes, siempre que no afecte la esencia del mismo. Dichas modificaciones deberán estar destinadas al objeto de la contratación y estar sustentadas por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento. La ENTIDAD tendrá la facultad para ordenar por escrito, al PROVEEDOR, el incremento o la disminución en la cantidad de BIENES prevista en el presente Contrato. Este tipo de modificación no viciará ni invalidará el presente Contrato. 
La referida modificación se realizará a través de uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del Contrato principal. El contrato modificatorio podrá admitir la disminución hasta el diez por ciento (10%) del monto del Contrato principal. En caso de que signifique una disminución en la adquisición, deberá concertarse previamente con el PROVEEDOR, a efectos de evitar reclamos posteriores. La ENTIDAD para proceder a la suscripción del Contrato Modificatorio, deberá contar con el informe - recomendación y antecedentes de la ________ (registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento de la adquisición en la entidad), para el procesamiento de su análisis legal y formulación del Contrato Modificatorio antes de su suscripción. 
El Contrato Modificatorio, debe ser emitido y suscrito en forma previa a la adquisición de los BIENES por parte del PROVEEDOR. El incremento en la cantidad de BIENES a proveerse, puede dar lugar a la ampliación del plazo del Contrato, lo que deberá sustentarse debidamente, estableciéndose el plazo de la ampliación. 
VIGESIMA QUINTA.- (PAGO POR ADQUISICIÓN ADICIONAL). Los BIENES adquiridos adicionalmente y autorizados previamente mediante Contrato Modificatorio, serán pagados según los precios unitarios de la propuesta aceptada y adjudicada, luego de su entrega a satisfacción, dentro del plazo previsto.

Thursday, December 26, 2013

MINUTA DE CONTRATO - XI

(La ENTIDAD después de haber elegido una de las modalidades descritas anteladamente, deberá a continuación aplicar el siguiente texto). El incumplimiento en los plazos de entrega y las otras obligaciones que el PROVEEDOR asume mediante el presente Contrato, independientemente del valor de los BIENES cuya entrega se halle demorada y/o las obligaciones incumplidas, suspenderá todos y cada uno de los plazos de pago por parte de la ENTIDAD.
Los plazos se reiniciarán cuando el PROVEEDOR efectúe la entrega retrasada. Adicionalmente a la suspensión de los plazos de pago, la ENTIDAD aplicará las sanciones por demoras en la entrega de los BIENES objeto del presente Contrato en la forma prevista en la cláusula vigésima sexta del presente Contrato, pudiendo procesarse la resolución del mismo por incumplimiento del PROVEEDOR. Si la ENTIDAD incurre en la demora de pago, que supere los sesenta (60) días calendario desde la fecha de emisión del certificado de cumplimiento de contrato o en cumplimiento del cronograma de entregas (cuando se realicen pagos parciales), el PROVEEDOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés equivalente a la tasa promedio pasiva anual del sistema bancario, por el monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre trescientos sesenta y cinco (365) días y multiplicándola por el numero de días de retraso en que incurra la ENTIDAD. A este fin el PROVEEDOR deberá hacer conocer a la ENTIDAD la demora en el pago (en días) mediante nota dirigida al RPC. 
VIGESIMA TERCERA.- (FACTURACION). El PROVEEDOR en el momento de la entrega del bien o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio del objeto de la venta (efectuado la adquisición), deberá emitir la respectiva factura oficial en favor de la ENTIDAD, por el monto de la venta. (Cuando se contemplen entregas parciales la entidad deberá introducir el siguiente texto). De acuerdo al cronograma de entregas, el PROVEEDOR emitirá la factura respectiva en cada una de las entregas, a objeto de que la ENTIDAD haga efectivo el pago; caso contrario dicho pago no se realizará.

Wednesday, December 25, 2013

MINUTA DE CONTRATO - X

VIGESIMA.- (SOLUCION DE CONTROVERSIAS). En caso surgir controversias sobre los derechos y obligaciones de las partes durante la ejecución del presente contrato, las partes acudirán a los términos y condiciones del contrato, Documento Base de Contratación, propuesta adjudicada, sometidas a la Jurisdicción Coactiva Fiscal. II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO VIGESIMA PRIMERA.- (REPRESENTANTE DEL FABRICANTE). (ESTA CLÁUSULA SE APLICARÁ EN EL CASO QUE LA COMPRA ADJUDICADA A UN PROVEEDOR IMPLIQUE UNA IMPORTACION EXPRESA PARA LA ENTIDAD. SI SE TRATA DE UNA COMPRA LOCAL, NO CORRESPONDE APLICAR ESTA CLÁUSULA). El FABRICANTE ha designado mediante la carta Nº __________ debidamente legalizada y que forma parte del presente Contrato, (registrar el número o el cite) como su representante legal en Bolivia a _______________________ (registrar el nombre de la empresa proveedora). VIGESIMA SEGUNDA.- (FORMA DE PAGO). (PARA APLICAR ESTA CLÁUSULA DEBE HABERSE ESTABLECIDO EN EL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN LA FORMA DE PAGO Y HABERSE ADECUADO EL CONTRATO ANTES DE LA APROBACIÓN DEL DBC). Modalidad 1: Pago contra entrega 
El monto del presente contrato, que corresponde a __________________ (registrar el monto en forma numérica y literal) será pagado por la ENTIDAD a favor del PROVEEDOR, una vez efectuada la recepción definitiva de los BIENES objeto del presente Contrato. Modalidad 2: Pagos parciales El monto del presente contrato, que corresponde a __________________ (registrar el monto en forma numérica y literal) será pagado por la ENTIDAD a favor del PROVEEDOR de la siguiente manera: (LA ENTIDAD DEBERA ADECUAR LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE MODALIDAD DE PAGO AL SISTEMA DE PROVISION Y PAGOS PREVISTOS EN EL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN, PUDIENDO ESTABLECER UN CRONOGRAMA DE ENTREGAS Y PAGOS PARCIALES). Modalidad 3: Pago con Carta de Crédito aplicable en procesos de contratación de bienes importados Una vez suscrito el presente contrato, la ENTIDAD solicitará al Banco Central de Bolivia la emisión de una carta de crédito a favor del PROVEEDOR cubriendo la importación de los bienes a ser provistos. Los términos y condiciones de la emisión de la carta de crédito deben guardar estrecha relación con los términos y condiciones del presente contrato. 
La carta de crédito deberá ser emitida bajo las reglas y usos uniformes de la Cámara de Comercio Internacional (UCP600) o posteriores modificaciones. La fecha de entrega de los BIENES objeto del presente contrato, se computará a partir de la fecha de la apertura de la Carta de Crédito. El PROVEEDOR debe cubrir todos los gastos y comisiones cobradas por el banco del exterior. Si el proveedor requiere que la carta de crédito sea confirmada, la comisión de confirmación será cubierta por el PROVEEDOR. El precio del Contrato será pagado por la ENTIDAD en favor del PROVEEDOR de la siguiente manera: 
􀂃 Se pagará el sesenta por ciento (60%) que corresponde a __________________ (registrar el monto en forma numérica y literal) contra la presentación al banco del exterior, de los documentos requeridos en la carta de crédito. 􀂃 El cuarenta por ciento (40%) restante correspondiente a ___________ (registrar el monto en forma numérica y literal) se hará efectivo a favor del PROVEEDOR cuando éste presente al banco del exterior el Acta de Recepción Definitiva suscrita por la ENTIDAD.

Tuesday, December 24, 2013

MINUTA DE CONTRATO - IX

DECIMA NOVENA.- (TERMINACION DEL CONTRATO). El presente contrato concluirá por una de las siguientes causas: 19.1. Por Cumplimiento de Contrato: De forma normal, tanto la ENTIDAD como el PROVEEDOR, darán por terminado el presente Contrato, uno vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en él, lo cual se hará constar por escrito. 19.2. Por Resolución del Contrato: Si se diera el caso y como una forma excepcional de terminar el Contrato, a los efectos legales correspondientes, la ENTIDAD y el PROVEEDOR, acuerdan voluntariamente las siguientes causales para procesar la resolución del Contrato: 
19.2.1. Resolución a requerimiento de la ENTIDAD, por causales atribuibles al PROVEEDOR. La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por disolución del PROVEEDOR (sea Empresa o Asociación Accidental). b) Por quiebra declarada del PROVEEDOR. c) Por suspensión de la adquisición sin justificación, por el lapso de ______ (registrar los días en función del plazo total de la adquisición) días calendario continuos, sin autorización escrita de la ENTIDAD. d) Por incumplimiento injustificado del plazo de entrega o el cronograma de entregas (si corresponde) de provisión sin que el PROVEEDOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión de la entrega dentro del plazo vigente. e) Cuando el monto de la multa por atraso en la entrega definitiva, alcance el diez por ciento (10%) del monto total del contrato (decisión optativa), o el veinte por ciento (20%), de forma obligatoria. 
19.2.2. Resolución a requerimiento del PROVEEDOR por causales atribuibles a la ENTIDAD. El PROVEEDOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos: a) Por instrucciones injustificadas emanadas de la ENTIDAD para la suspensión de la adquisición por más de treinta (30) días calendario. b) Si apartándose de los términos del contrato, la ENTIDAD pretende efectuar aumento o disminución en las cantidades de la adquisición. c) Por incumplimiento injustificado en el pago parcial o total, por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de la fecha de entrega definitiva de los bienes en la entidad. 
19.2.3. Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten a la ENTIDAD o al PROVEEDOR. Si en cualquier momento antes de la terminación de la adquisición de los bienes, objeto del presente Contrato, la ENTIDAD se encontrase con situaciones fuera de control de las partes que imposibiliten la conclusión de la adquisición, o vayan contra los intereses del Estado, la ENTIDAD en cualquier momento, mediante carta notariada dirigida al PROVEEDOR, suspenderá la adquisición y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicho comunicación oficial de resolución, el PROVEEDOR suspenderá la adquisición de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita la ENTIDAD. Se liquidarán los costos proporcionales que demandase el cierre de la adquisición y algunos otros gastos que a juicio de la ENTIDAD fueran considerados sujetos a reembolso. Con estos datos la ENTIDAD elaborará la liquidación final y el trámite del pago correspondiente. 
19.2.4. Reglas aplicables a la Resolución: Para procesar la resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el PROVEEDOR darán aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce. Si dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de la adquisición y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato. El requiriente de la resolución expresará por escrito su conformidad a la solución, por lo que desistirá de su intención de resolución del contrato en forma escrita. En caso contrario, si al vencimiento del término de los quince (15) días no existe ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará a cuyo fin la ENTIDAD o el PROVEEDOR, según quién haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del Contrato se ha hecho efectivo. Esta carta dará lugar a que: cuando la resolución sea por causales imputables al PROVEEDOR, se consolide en favor de la ENTIDAD la garantía de cumplimiento de contrato, la de correcta inversión de anticipo (cuando corresponda) y la de funcionamiento de maquinaria y/o equipo (cuando corresponda). La ENTIDAD, procederá a establecer los montos reembolsables al PROVEEDOR por concepto de adquisición satisfactoriamente efectuada. Con base en la liquidación final y establecidos los saldos en favor o en contra cuando corresponda se hará efectiva la ejecución y cobro de la garantía de cumplimiento de contrato. 
La ENTIDAD quedará en libertad de continuar la adquisición a través de otro PROVEEDOR; preferentemente podrá efectuar consulta al proponente calificado en segundo lugar en la licitación, para establecer si mantiene su propuesta y así sucesivamente, siempre que dicha propuesta sea aceptable en precio y plazo.

Monday, December 23, 2013

MINUTA DE CONTRATO - VII

DECIMA QUINTA.- (PROTOCOLIZACION DEL CONTRATO). La presente minuta, será protocolizada con todas las formalidades de Ley por la ENTIDAD, el importe por concepto de Protocolización debe ser pagado directamente por el PROVEEDOR, en caso que este monto no sea cancelado por el PROVEEDOR, podrá ser descontado por la ENTIDAD a tiempo de hacer efectivo el pago del Contrato. Esta protocolización contendrá los siguientes documentos: 1. Minuta del contrato (original). 2. Documento legal de representación de la ENTIDAD y poder de representación legal del PROVEEDOR (fotocopias legalizadas). 3. Garantía(s) (fotocopia simple). En caso de que por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado, servirá a los efectos de Ley y de su cumplimiento, como documento suficiente a las partes. 

DECIMA SEXTA.- (SUBCONTRATOS). El PROVEEDOR podrá realizar la subcontratación de algunos servicios que le permitan la entrega de los BIENES, bajo su absoluta responsabilidad y riesgo, siendo directa y exclusivamente responsable por los servicios contratados, así como también por los actos y omisiones de los subcontratistas. Ningún subcontrato de servicios o intervención de terceras personas relevará al PROVEEDOR del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato. Las subcontrataciones que realice el PROVEEDOR de ninguna manera incidirán en el precio ofertado y aceptado por ambas partes en el presente contrato. 

DECIMA SEPTIMA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO). El PROVEEDOR bajo ningún título podrá, ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato. En caso excepcional, emergente de causa de fuerza mayor, caso fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato, total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.

Sunday, December 22, 2013

MINUTA DE CONTRATO - VI

DECIMA PRIMERA.- (IDIOMA). El presente Contrato, toda la documentación aplicable al mismo y la que emerja de la adquisición, debe ser elaborada en idioma castellano. En el caso de manuales de uso de los BIENES deberán estar traducidos al idioma castellano. En el caso de folletos informativos, deberán estar preferentemente en idioma castellano. 
DECIMA SEGUNDA.- (LEGISLACION APLICABLE AL CONTRATO). El presente Contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones: - Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. - Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS. - Ley del Presupuesto General aprobado para la gestión. - Las demás disposiciones relacionadas directamente con las normas anteriormente mencionadas. 
DECIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL PROVEEDOR). El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, a la ENTIDAD, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso. La ENTIDAD, dentro del lapso impostergable de diez (10) días hábiles siguientes, tomará conocimiento, analizará el reclamo, debiendo emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR, para que tome conocimiento y analice la respuesta a objeto de aceptar la misma, o en su caso asumir la acción legal respectiva. Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinte (20) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por la ENTIDAD. (Si el plazo de adquisición de los BIENES es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo del contrato). La ENTIDAD no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula. 
DECIMA CUARTA.- (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS). Correrá por cuenta del PROVEEDOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de la propuesta. En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el PROVEEDOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.

Saturday, December 21, 2013

MINUTA DE CONTRATO - V

OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACION). Cualquier aviso o notificación que tengan que darse las partes bajo este Contrato será enviada: Al PROVEEDOR: _______________________ (registrar el domicilio que señale el PROVEEDOR, especificando calle y número y ciudad del inmueble donde funcionan sus oficinas). A la ENTIDAD: _____________________(registrar el domicilio de la ENTIDAD, especificando calle y número del inmueble y ciudad donde funcionan sus oficinas). 
NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO). El presente Contrato entrará en vigencia una vez que haya sido firmado por ambas partes, debiendo luego cumplirse con los siguientes trámites: 1. Ser protocolizado. 2. Ser registrado en la Contraloría General del Estado. 
DECIMA.- (DOCUMENTOS DE CONTRATO). Para cumplimiento de lo preceptuado en el presente contrato, forman parte del mismo los siguientes documentos: 
10.1. Documento Base de Contratación de la Licitación Pública Nº ______ (registrar el número de la licitación y las aclaraciones y enmienda(s) al DBC de condiciones, si existieren). 
10.2. Propuesta adjudicada 
10.3. Documentos completos de la propuesta del PROVEEDOR, incluyendo propuesta económica y programa de entrega. 
10.4. Otros documentos específicos de acuerdo al tipo de contratación. Fotocopias legalizadas de: 
10.5. Testimonio de Constitución del PROVEEDOR, exceptuando a empresas unipersonales. 
10.6. Contrato de asociación accidental (si corresponde). 
10.7. Certificado de Actualización de Matricula emitido por el Registro de Comercio (si corresponde). 
10.8. Numero de Identificación Tributaria NIT 
10.9. Poder general del representante del PROVEEDOR. Originales de: 
10.10. Certificado de Información Sobre Solvencia Fiscal, emitido por la Contraloría General del Estado. 
10.11. Resolución de Adjudicación. 10.12. Garantía de Cumplimiento de Contrato. 
10.13. Garantía de Correcta Inversión de Anticipo (si corresponde). 
10.14. Garantía de Funcionamiento de Maquinaria y/o Equipo (si corresponde).

Friday, December 20, 2013

MINUTA DE CONTRATO - IV

SEPTIMA.- (GARANTIA) El PROVEEDOR garantiza el correcto cumplimiento del presente Contrato en todas sus partes con la __________ (registrar el tipo de garantía otorgada, Boleta de Garantía, Boleta de Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento), a la orden de _________ (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por el siete por ciento (7%) del valor del Contrato que corresponde a ________ (registrar el monto en forma numeral y literal). El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el PROVEEDOR, será pagado en favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su sólo requerimiento. Si se procediera a la recepción definitiva de los BIENES objeto de la adquisición, dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta de recepción definitiva, suscrita por ambas partes contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. 
El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuantas veces lo requiera la ENTIDAD por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. (En caso de convenirse el desembolso de anticipo, en la presente cláusula se deberá adicionar el siguiente texto). Garantía de Correcta Inversión de Anticipo. 
El PROVEEDOR entregará a la ENTIDAD, una ________ (registrar el tipo de garantía requerida en el Documento Base de Contratación), por el cien por cien (100%) del monto del anticipo solicitado por el PROVEEDOR que corresponde a __________ (registrar el monto en forma numeral y literal, el mismo que no podrá exceder del 20% del monto total del contrato), con vigencia hasta la amortización total del anticipo, a la orden de _________ (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD). El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, cuantas veces lo requiera la ENTIDAD, por razones justificadas, quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El importe de esta garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el PROVEDOR no invierta el mismo en la adquisición de los BIENES, dentro de los ___________ (registrar en forma literal y numérica, el plazo que prevea al efecto la ENTIDAD). (En caso de que la entidad requiera la garantía de Funcionamiento de Maquinaria y/o Equipo, en la presente cláusula se deberá adicionar el siguiente texto. Cuando el proveedor solicite retención en sustitución de esta garantía la entidad deberá adecuar esta cláusula). Garantía de Funcionamiento de Maquinaria y/o Equipo. El PROVEEDOR, se obliga a constituir una ________ (registrar el tipo de garantía requerida en el Documento Base de Contratación), a la orden de _________ (registrar el nombre o razón social de la ENTIDAD), por el ________ (La Entidad deberá registrar el monto de la garantía, que no exceda el uno y medio por ciento (1.5%) del monto del contrato) que avalará el correcto funcionamiento y/o mantenimiento de los BIENES objeto del presente contrato, con una vigencia de ________ (La Entidad deberá registrar el plazo de vigencia de la garantía en literal y numeral que deberá exceder en treinta días el plazo de garantía de los bienes) computable a partir de la Recepción Definitiva de los bienes. 
El importe de esta garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que los bienes adquiridos por la entidad no presenten buen funcionamiento y/o el PROVEEDOR no hubiese efectuado el mantenimiento preventivo dentro del plazo de vigencia de la garantía. Si dentro del plazo previsto por la ENTIDAD los BIENES objeto del presente contrato, no presentasen fallas en su funcionamiento y tuvieran el mantenimiento adecuado, dicha garantía será devuelta una vez concluida la vigencia de la garantía de los bienes.

Thursday, December 19, 2013

MINUTA DE CONTRATO - III

QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO).- El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente contrato es de: ___________ (registrar en forma numérica y literal el monto del contrato, en bolivianos, establecido en la Resolución de Adjudicación). (En caso de que el precio total contratado fuese en moneda extranjera se debe dejar expresamente establecido que el pago se realizará en moneda nacional y al tipo de cambio oficial de venta establecido por el Banco Central de Bolivia en el día de la facturación) 
El precio o valor final de la adquisición, será el resultante de aplicar los precios unitarios de la propuesta adjudicada a las cantidades de BIENES efectiva y realmente provistas. Queda establecido que los precios unitarios consignados en la propuesta adjudicada obligan a la provisión de BIENES nuevos y de primera calidad, sin excepción. Este precio también comprende todos los costos de verificación, transporte, impuestos aranceles, gastos de seguro de los BIENES a ser provistos, es decir, todo otro costo que pueda tener incidencia en el precio hasta su entrega definitiva de forma satisfactoria. Es de exclusiva responsabilidad del PROVEEDOR, efectuar la provisión de los BIENES contratados por el monto establecido, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por provisiones que hiciesen exceder dicho monto. 

SEXTA.- (ANTICIPO) (En caso de no existir anticipo, la entidad deberá eliminar la presente cláusula) La ENTIDAD, podrá otorgar uno o varios anticipos al PROVEEDOR, cuya suma no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto del Contrato, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto entregado. El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el PROVEEDOR no haya iniciado la provisión de los BIENES dentro de los __________ (Registrar en forma literal y numeral, el plazo previsto al efecto) días establecidos al efecto. Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente por otra garantía, cuyo valor deberá ser la diferencia entre el monto otorgado y el monto ejecutado. 
Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta la amortización total del anticipo. La ENTIDAD llevará el control directo de la vigencia y validez de esta garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al PROVEEDOR. Este anticipo deberá ser amortizado por el PROVEEDOR de la siguiente manera __________ (la entidad, de acuerdo al tipo de adquisición, deberá establecer la modalidad de amortización).

Wednesday, December 18, 2013

MINUTA DE CONTRATO - II

TERCERA.- (OBJETO DEL CONTRATO) El PROVEEDOR se compromete y obliga por el presente Contrato, a proveer _______________ (describir de forma detallada el tipo de bienes a ser provistos y en caso de tratarse de muchos ítems, deberá hacerse constar que el detalle de los bienes objeto del contrato, se encuentran en documento anexo), que en adelante se denominará los BIENES, con estricta y absoluta sujeción a este Contrato, a los documentos que forman parte de el y dando cumplimiento a las normas, condiciones, precio, dimensiones, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de entrega y características técnicas establecidas en los documentos del Contrato y a las cláusulas contractuales contenidas en el presente instrumento legal. Para la adquisición de los BIENES dentro de las especificaciones técnicas que forman parte del presente Contrato, así como para garantizar la calidad de los mismos, el PROVEEDOR se obliga a efectuar la provisión de acuerdo con los documentos de contratación y propuesta adjudicada. 

CUARTA.- (PLAZO DE ADQUISICIÓN) El PROVEEDOR entregará los BIENES en estricto apego a la propuesta adjudicada, las especificaciones técnicas y el cronograma de entregas (cuando corresponda), en el plazo de _________ (registrar literalmente el plazo total de entrega de los BIENES) ____________ (registrar numéricamente el plazo, entre paréntesis) días calendario, que serán computados a partir, de _______ (Elegir una de las siguientes opciones, de acuerdo a lo que corresponda) - la fecha de apertura de la Carta de Crédito (Cuando se trate de importación por el PROVEEDOR) - desembolso del anticipo (Cuando se trate de compra local con anticipo) - la firma del presente contrato, (Cuando se trate de compra local sin anticipo). (En caso de que las entregas fuesen parciales, dentro del plazo total, se deberá hacer constar las cantidades y fechas, a efectos del control del cumplimiento del contrato). El plazo de adquisición de los BIENES, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado cuando la ENTIDAD, mediante el procedimiento establecido en este mismo Contrato, incremente la cantidad de los BIENES a ser provistos y ello repercuta en el plazo total o cuando por demora en el pago de las partidas entregadas o de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo, el PROVEEDOR efectúe el trámite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que será analizado por la ENTIDAD para luego suscribir el respectivo Contrato Modificatorio que establezca la ampliación de plazo.

Tuesday, December 17, 2013

MINUTA DE CONTRATO - I

SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE ___________ (registrar el lugar donde será protocolizado el Contrato). En el registro de Escrituras Públicas que corren a su cargo, sírvase usted insertar el presente contrato de adquisición de _____________ (registrar el tipo de bien o bienes objeto de la Adquisición), sujeto a las siguientes términos y condiciones: I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 

PRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES) Dirá usted que las partes CONTRATANTES son: ___________ (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la ENTIDAD), representada por __________ (registrar el nombre y el cargo del responsable de la suscripción del Contrato de Adquisición) designado por _____________ (Registrar la Resolución o documento legal de designación), que en adelante se denominará la ENTIDAD y ______________ (registrar la Razón Social del Adjudicado), legalmente representada por __________ (Registrar el nombre completo y número de Cédula de Identidad del representante legal habilitado para la suscripción del Contrato), en virtud del Testimonio de Poder Nº _______ (Registrar el numero) otorgado ante __________________ (Registrar el N° de Notaria de Fe Pública ante la cual fue otorgada el Poder), el __________ (Registrar la fecha, día, mes y año) en la __________ (Registrar el lugar donde fue otorgado el Poder), que en adelante se denominará el PROVEEDOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato de Adquisición de Bienes (los documentos que acrediten la legal constitución deberán ser los pertinentes a cada caso o a cada tipo de organización a contratarse) 

SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO) Dirá usted que la ENTIDAD, mediante Licitación Pública Nº.___________ (registrar el número de la Licitación), convocó a Empresas interesadas a que presenten documentos y propuestas técnicas y económicas de acuerdo a las especificaciones técnicas y condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación aprobado mediante Resolución Nº ____ de ______ (registrar el número y fecha de la Resolución de aprobación del Documento Base de Contratación), proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Que la Comisión de Calificación de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas realizó el análisis y la evaluación de las mismas, habiendo emitido informe de evaluación y recomendación al Responsable del Proceso de Contratación (RPC), el mismo que fue aprobado y en base al cual se pronunció la Resolución de Adjudicación Nº _________ (registrar el número y la fecha de la Resolución), resolviendo adjudicar la adquisición de los bienes a __________ (registrar la razón social de la Empresa o Asociación de Empresas adjudicatarias de la adquisición de el (los) bien(es) ), al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de la ENTIDAD. (Si el RPC, en caso excepcional decide adjudicar la adquisición a un proponente que no sea el recomendado por la Comisión de Calificación, debe adecuarse este hecho, en la redacción de la presente cláusula)

Monday, December 16, 2013

ANEXO 5 MODELO DE CONTRATO INDICE DEL CONTRATO DE ADQUISICION DE BIENES - II

II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO

VIGESIMA PRIMERA Representante del Fabricante
VIGESIMA SEGUNDA Forma de Pago
VIGESIMA TERCERA Facturación
VIGESIMA CUARTA Modificación de la Adquisición
VIGESIMA QUINTA Pago por Adquisición Adicional
VIGESIMA SEXTA Morosidad y sus Penalidades
VIGESIMA SÉPTIMA Responsabilidad y Obligaciones del Proveedor
VIGESIMA OCTAVA Seguros
VIGESIMA NOVENA Suspensión Temporal de la Adquisición
TRIGESIMA Normas de Calidad Aplicables
TRIGESIMA PRIMERA Embalaje
TRIGESIMA SEGUNDA Inspección y Pruebas
TRIGESIMA TERCERA Derechos de Patente
TRIGESIMA CUARTA Manuales de Operación, Mantenimiento y Reparación
TRIGESIMA QUINTA Recepción Definitiva
TRIGESIMA SEXTA Cierre o Liquidación de Contrato
TRIGESIMA SÉPTIMA Conformidad

Sunday, December 15, 2013

ANEXO 5 MODELO DE CONTRATO INDICE DEL CONTRATO DE ADQUISICION DE BIENES - I

I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA Partes Contratantes
SEGUNDA Antecedentes Legales del Contrato
TERCERA Objeto del Contrato
CUARTA Plazo de Adquisición
QUINTA Monto del Contrato
SEXTA Anticipo
SEPTIMA Garantía
OCTAVA Domicilio a Efectos de Notificación
NOVENA Vigencia del Contrato
DECIMA Documento del Contrato
DECIMA PRIMERA Idioma
DECIMA SEGUNDA Legislación Aplicable al Contrato
DECIMA TERCERA Derechos del Proveedor
DECIMA CUARTA Estipulaciones Sobre Impuestos
DECIMA QUINTA Protocolización del Contrato
DECIMA SEXTA Subcontratos
DECIMA SEPTIMA Intransferibilidad del Contrato
DECIMA OCTAVA Causas de fuerza Mayor y/o Caso Fortuito
DECIMA NOVENA Terminación del Contrato
VIGESIMA Solución de Controversias

Saturday, December 14, 2013

FORMULARIO V-3 EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y PROPUESTA TÉCNICA

La entidad deberá definir los criterios y puntajes para los factores de evaluación de la calidad de la propuesta técnica dependiendo del tipo de bien, los cuales deberán mejorar la especificación mínima solicitada o establecer condiciones adicionales que mejoren la calidad de los bienes requeridos. 
Los factores de evaluación deberán ser definidos de manera previa a la publicación de la convocatoria y no podrán ser modificados. Los factores de evaluación deberán determinarse de acuerdo con los siguientes parámetros: