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Tuesday, January 12, 2016

Registro Internacional de Buques de Bolivia REGISTRO TEMPORAL

El Registro de inscripción temporal (Especial) es la modalidad por la cual un armador registra a su nave en ésta institución, adjuntando toda la documentación requerida a objeto que ésta enarbole el pabellón boliviano para un solo viaje o por un tiempo determinado sin estar autorizado a realizar actividad comercial alguna.

La vigencia de ésta modalidad de inscripción será de no más de tres meses a partir de la emisión del certificado o una vez cumplido el viaje de entrega y el registro caducará de hecho, extinguiendo el derecho para el armador de enarbolar el pabellón boliviano.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE INSCRIPCIÓN TEMPORAL:

Formulario de solicitud de cotización firmada por el Registrador Delegado o el armador; (Haga click aquí)
Copia de COTIZACIÓN aprobada y firmada por el Registrador Delegado o el armador;
Copia del formulario de SOLICITUD DE REGISTRO debidamente llenado y firmado por el armador y el Registrador Delegado; (Haga click aquí)
Copia del CONTRATO DE COMPRA-VENTA o PROPIEDAD (Bill of Sale) y CERTIFICADO DE CONSTRUCCIÓN si la embarcación es de nueva construcción;
Copia del PODER DE ABOGADO (Power Attorney) otorgado a favor del representante del buque;
Copia del CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE LA ANTERIOR BANDERA (Deletion Certificate) o certificación de que el mismo se encuentra en trámite (No se requiere de este documento si es un buque de nueva construcción);
Carta de CONFIRMACIÓN DE LA AUTORIDAD DE LAS CUENTAS DE RADIO RESPONSABLE (Si la embarcación cuenta con los servicios de la misma); (ACR's reconocidas por el RIBB)

El Registro Internacional Boliviano de Buques, a través de las Unidades competentes, revisarán los documentos remitidos.

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