Costo Valores = 230 Bs
- Ser Titular de la partida o familiar dentro del primer o segundo grado de consanguinidad. Caso contrario, presentar poder notarial específico (en original y fotocopia) para apersonarse ante el SERECÍ, otorgando facultades expresas para el trámite requerido.
- La persona que solicita debe estar registrada en el Padrón Electoral Biométrico.
- Cédula de Identidad original y vigente del solicitante y/o apoderado, mas una fotocopia simple.
- Testimonio original de la sentencia, debidamente notificado por funcionario judicial.
- Auto de Ejecutoria.
- Cuando la Sentencia Judicial sea tramitada en distrito judicial distinto de la Dirección Departamental y/o Regional receptora, deberá contar con la notificación mediante Comisión Instruida y adicionalmente fotocopia simple de las piezas principales del expediente. (Demanda, Auto de Admisión, Sentencia y Auto de Ejecutoria y en su caso; Auto de Vista o auto Supremo).
- En casos de Sentencias con antiguedad de más de dos años, desde su ejecutoria, se solicitará el testimonio original de la Sentencia y Auto de ejecutoria y adicionalmente fotocopias legalizadas de las piezas principales del expediente. (Demanda, Auto de Admisión, Sentencia y Auto de Ejecutoria y en su caso; Auto de Vista o auto Supremo).
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