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Saturday, August 23, 2014

AUTORIZACIÓN DE HIPOTECA DE TERRENOS

Autorización de la Administración del Parque Industrial, para otorgar en calidad de hipoteca voluntaria a un tercero, lotes de terrenos ubicados en el Parque Industrial.
DETALLE DEL TRÁMITE
COSTO:Bs. 0.
LUGAR DE ATENCIÓN:Dirección de Industrias - Proyecto PADI - P.I. 24 Diagonal 4 EsquinaTransversal 5
LUGAR DE PAGO:
DURACIÓN DEL PROCESO:10 días
SECRETARÍA:Secretaría de Desarrollo Productivo
TEMA:Parques Industriales
OBSERVACIÓN:
PASOS Y REQUISITOS
1.- La empresa propietaria del lote de terreno, debe presentar a la Administración del Parque Industrial (PADI), una carta solicitando autorización para constituir a favor de un tercero una hipoteca voluntaria sobre su lote de terreno, a la cual deberá adjuntar una certificación de la entidad financiera o particular, a favor de quien se desea constituir el gravamen, en el cual se indique el destino o fin del crédito, así como toda la documentación que acredite, la titularidad del derecho propietario del terreno.

2.- Recibida la carta, el Jefe del Proyecto de Apoyo al Desarrollo Industrial, deriva la solicitud al Área Legal, a los efectos de que se realice el correspondiente análisis e informe legal, sobre la procedencia de la solicitud, conforme al Reglamento de Venta de Terrenos del Parque Industrial.
 
3.- Elevado el informe legal correspondiente, el Jefe del Proyecto de Apoyo al Desarrollo Industrial, oficia a la empresa propietaria otorgado la correspondiente autorización de constitución de hipoteca voluntaria.
 
4.- El Oficio de autorización de constitución de hipoteca, extendido por la Administración del ParqueIndustrial, deberá ser inserto en la correspondiente Escritura Pública de crédito o préstamo.

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