| Autorización de la Administración del Parque Industrial, para otorgar en calidad de hipoteca voluntaria a un tercero, lotes de terrenos ubicados en el Parque Industrial. |
| DETALLE DEL TRÁMITE | |
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| COSTO: | Bs. 0. |
| LUGAR DE ATENCIÓN: | Dirección de Industrias - Proyecto PADI - P.I. 24 Diagonal 4 EsquinaTransversal 5 |
| LUGAR DE PAGO: | |
| DURACIÓN DEL PROCESO: | 10 días |
| SECRETARÍA: | Secretaría de Desarrollo Productivo |
| TEMA: | Parques Industriales |
| OBSERVACIÓN: | |
| PASOS Y REQUISITOS |
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1.- La empresa propietaria del lote de terreno, debe presentar a la Administración del Parque Industrial (PADI), una carta solicitando autorización para constituir a favor de un tercero una hipoteca voluntaria sobre su lote de terreno, a la cual deberá adjuntar una certificación de la entidad financiera o particular, a favor de quien se desea constituir el gravamen, en el cual se indique el destino o fin del crédito, así como toda la documentación que acredite, la titularidad del derecho propietario del terreno.
2.- Recibida la carta, el Jefe del Proyecto de Apoyo al Desarrollo Industrial, deriva la solicitud al Área Legal, a los efectos de que se realice el correspondiente análisis e informe legal, sobre la procedencia de la solicitud, conforme al Reglamento de Venta de Terrenos del Parque Industrial.
3.- Elevado el informe legal correspondiente, el Jefe del Proyecto de Apoyo al Desarrollo Industrial, oficia a la empresa propietaria otorgado la correspondiente autorización de constitución de hipoteca voluntaria.
4.- El Oficio de autorización de constitución de hipoteca, extendido por la Administración del ParqueIndustrial, deberá ser inserto en la correspondiente Escritura Pública de crédito o préstamo.
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