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Tuesday, May 14, 2013

Instrucción de poder para iniciar proceso ejecutivo

INSTRUCCIÓN DE PODER
OTORGARA: El(la) Sr.(a) , Con C.I. No. , (e. Civil), con Domicilio en , ocupación , hábil por derecho.-
A FAVOR DE: El(la) Sr.(a) , Con C.I. No. , (e. Civil), con Domicilio en , ocupación , hábil por derecho.-
OBJETO: Para que para que en representación de su persona, acciones y derechos: cobre dineros judicial o extrajudicialmente del señor _____________________________, por la suma de ___________________, más intereses convencionales, costas, gastos judiciales y otros en base al documento _______(documento privado, testimonio, Letra de cambio, etc.), de fecha ______________________.-
MÁS PODER.- Para realizar cuanta medida preparatoria sea necesaria y conducente al cobro judicial o extrajudicial de la nombrada acreencia, como ser emplazamiento a reconocimiento de firmas, constitución en mora, declaración anticipada y otros, sea en todos sus grados e instancias.-
MÁS PODER.- Para instaurar proceso ejecutivo contra el nombrado deudor _____________________, ante la autoridad jurisdiccional que sea necesario y conveniente de esta capital y/o de cualquier punto del país, sea en todos sus grados e instancias hasta su conclusión y con expresa relevación de costas.-
A los efectos señalados, se le amplié todas las facultades inherentes, sin que por falta de facultad expresa el mandato sea tachado de insuficiente, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 62 del Código de Procedimiento Civil y 811 Parte II del Código Civil, y que de manera únicamente enunciativa y no limitativa se describe: Tramite en todos sus grados e instancias hasta su conclusión, procesos civiles, ejecutivos ordinarios, concursales y de cualquier naturaleza.- Presentar demandas, exhibición, confrontación y cotejo de documentos, asistir a audiencias, inspecciones, vista de ojos, con voz y voto, designar peritos, liquidadores, depositarios, pedir ordenes instruidas, exhortos, comisiones, declinatorias de jurisdicción y competencia, citaciones por edictos, tramitar cualquier medida precautoria o medida provisional necesaria y conveniente, como ser: Anotación preventiva, embargo, secuestro, arraigos, producir pruebas documentales, literales, periciales, testificales, tachar las contrarias, emplazar a reconocimiento de firmas, confesiones provocadas, promover y responder incidentes de toda naturaleza, acusar, recusar, excusar, apelar, compulsar, recurrir de nulidad o casación, expresar agravios, recurrir en queja, transigir, suscribir documentos de transacción, desistir y aceptar desistimientos, conciliar, y suscribir actas de conciliación, pedir la ejecución de las mismas, solicitar habilitación de días y horas necesarias, querella de las terceras personas que se hallaren involucradas en el hecho denunciado, presentar instructivas juradas, contestar recursos, interponer recursos ordinarios y extraordinarios, estipular y aceptar condiciones.- Tramitar rebeldías, proponer y absolver oposiciones.- Solicitar, aprobar, observar anotaciones, remates, adjudicaciones; renunciar recursos, términos legales, pedir sus acortamientos o reducciones.- Sustituir el presente mandado en todo o en parte y reasumir, pedir enmiendas, complementaciones, explicaciones, reposiciones, revocatorias, careos, justiprecios, tasaciones, adjudicaciones, ocurrir ante autoridades administrativas, judiciales, laborales, políticas, civiles y militares, presentar toda clase de memoriales, formular reclamos y observaciones, solicitar certificaciones, informes, dictámenes, resoluciones, copias legalizadas, fotocopias, testimonios.- Interponer Acciones de defensa, Acciones de Libertad, de amparo constitucional, de Inconstitucionalidad, de cumplimiento, franqueados por la Constitución Política del Estado.- En suma hacer cuanto sea necesario al éxito del presente mandato, sin que por falta de facultad expresa alguna, deje de surtir sus efectos, ni se alegue falta de personería en el(la) apoderado(a).-

Cochabamba .-

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