INSTRUCCIÓN DE PODER
OTORGARA: El(la) Sr.(a) , Con C.I. No. ,
(e. Civil),
con Domicilio en ,
ocupación ,
hábil por derecho.-
A FAVOR DE: El(la) Sr.(a) , Con C.I. No. ,
(e. Civil),
con Domicilio en ,
ocupación ,
hábil por derecho.-
OBJETO:
Para
que para que en representación de sus personas, acciones y derechos, se
apersone ante autoridades policiales: Comando General de la Policía , Comando
Departamental de la Policía ,
FELCC, Dirección Departamental de Identificación Personal, D.N.R.P., Transito;
Ministerio Publico: Fiscales de Materia, de Distrito, Fiscalía General de la Republica , Inspectoría
General (Ministerio Publico); Autoridades Judiciales: Juzgados de Instrucción
c, de Sentencia, Tribunales de Sentencia en materia penal de la Capital y/o provincias,
Salas Penales, Juzgados de Ejecución Penal; así como ante la Corte Superior de
Distrito de Cochabamba y de cualquier Departamento del País en sus respectivas
Salas y Presidencia y ante la
Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación y su respectiva
Presidencia y Salas; Tribunal Constitucional, Jueces Registradores de Derechos
Reales de todo el país. Ante Autoridades Administrativas: El REJAP, Consejo de la Judicatura (Nacional
y/o Departamentales), y Defensor del Pueblo, Colegios Nacional y
Departamentales de Abogados de la
Republica y sus respectivos Tribunales de Honor así como sus
instancias pertinentes. Notarías de Fe Publica, H. Alcaldía Municipal, y a
cuanta repartición sea necesaria, pudiendo ser inclusive de cualquier
Provincia. En resumen: Ante cualquier autoridad policial, Jurisdiccional y/o
administrativa, sin limitación alguna por razón de materia, cuantía o
naturaleza, a objeto de proseguir hasta concluir con todos las gestiones
pertinentes dentro del proceso penal iniciado por el Ministerio Publico y el(la)
mandante como querellante y posterior acusadora particular contra ______________________,
por el delito de _____________________, así
como usar todos los recursos ordinarios y/o extraordinarios que la Ley otorga. MAS PODER.- Para
apersonare ante las autoridades antes mencionadas a objeto de: Solicitar
medidas cautelares de orden personal y real, pedir anotaciones preventivas,
desarchivos, certificaciones. Presentar toda clase de pruebas en materia penal,
proponer peritos y ofrecer dictámenes periciales, seguir todas las instancias y
procedimientos penales, pedir resoluciones, observar, objetar o impugnar prueba
del contrario, solicitar inhibitorias, declinatorias, prorrogas de competencia,
presentar tachas e inhabilitar testigos, presentar toda clase de escritos y
memoriales, solicitar embargos, exhibiciones, ordenes instruidas, exhortos
suplicatorios, solicitar testimonios ante notario, plantear incidentes, excepciones
que la Ley
franquea, así como responder si los plantearan presentando las pruebas
necesarias al efecto. Solicitar notificaciones, nulidades, extinciones,
rebeldías. Asistir con voz, voto y legítima representación de la poder
conferente a audiencias de cualquier índole, inclusive de Conciliación,
replicar y duplicar cuando así corresponda. Prestar y pedir juramentos siempre
que fueren necesarios. Solicitar audiencias, suspensiones de audiencias,
participar en los debates, convalidaciones, emplazamientos, correcciones,
inspecciones, peritajes, reconstrucciones; presentar excusas, recusaciones;
solicitar informes, certificados, testimonios, copias y fotocopias legalizadas
y simples, presentar toda clase de medidas y diligencias preparatorias y precautorias;
solicitar se subsane y regularice procedimiento, solicitar el registro de las
medidas precautorias donde correspondiere, pedir remates asistir a las mismas,
adjudicaciones, compensaciones, hacer depósitos y/o recoger los mismos, recibir
dineros, citar y hacerse citar, observar avalúos y peritajes, certificaciones,
resoluciones; desistir, llegar a acuerdos transaccionales, firmar documentos
transaccionales y otros que fueren necesarios. Interponer demandas de
recusación, compulsa; plantear recursos de: reposición con alternativa de
apelación, apelación incidental, apelación restringida, casación, solicitar
explicación, complementación y enmienda. Pedir ejecución de sentencia hasta que
estén enteramente cumplidas. Apersonarse ante las autoridades e instancias
correspondientes con voz y legítima representación de la poder conferente en
caso de producirse nulidades y/o reenvios del proceso, presentando toda clase
de pruebas, proponer peritos y ofrecer dictámenes periciales, seguir todas las
instancias y procedimientos penales, pedir resoluciones, presentar y sustentar
acusación particular, objetar designación de Jueces Ciudadanos además de todas
las facultades anteriormente descritas. Ejercer la acción civil emergente del o
de los delitos hasta su conclusión. Mas poder para: denunciar y solicitar
separación de los funcionarios policiales, judiciales y del Ministerio Publico
por incumplimiento de sus obligaciones, negligencia, entorpecer las
investigaciones y/o perjudicar de alguna manera el normal y legal desenvolvimiento
de la tramitación del proceso hasta concluir con la sanción de los
responsables, solicitando las sanciones disciplinarias correspondientes,
demandando la calificación de responsabilidad Civil en caso necesario. Mas
poder para: Tramitar en los Colegios Nacional y Departamental de Abogados y sus
respectivos Tribunales de Honor y cuanta instancia fuere precisa a efectos de
presentar denuncias contra afiliados involucrados, asistir a audiencias,
presentar memoriales, ofrecer prueba y realizar cuanta diligencia sea necesaria
a objeto de lograr las sanciones correspondientes.- Interponer Acciones de defensa, Acciones de
Libertad, de amparo constitucional, de Inconstitucionalidad, de cumplimiento, franqueados
por la Constitución Política del Estado.- En suma, realizar cuanta gestión, tramitación y/o diligencia sea
necesaria para el cumplimiento del presente mandato, sin limitación alguna, con
expresa relevación de de costas. MAS PODER.- Para sustituir en todo o en
parte y reasumir el presente mandato. -
Cochabamba .-
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