MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio, cuando la modificación
a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato, sin dar lugar al
incremento del canon de arrendamiento. Se podrán realizar uno o varios contratos
modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del
contrato principal.
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