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Monday, August 19, 2013

MINUTA DE CONTRATO - Part 4

DÉCIMA.- (DOCUMENTOS DE CONTRATO) Para cumplimiento de lo preceptuado en el presente contrato, forman parte del mismo los siguientes documentos: 
10.1 Documento Base de Contratación y aclaraciones y enmienda(s) al Documento Base de Contratación (si existieren) 
10.1.1 Términos de Referencia  
10.1.2 Otros documentos necesarios para la prestación del servicio como________ (señalar los que correspondan). 
10.2 Documentos completos de propuesta del SUPERVISOR, incluyendo la Propuesta Económica, detalle de personal y equipo asignado a la prestación del servicio, Programa y Método de Ejecución. 
10.3 Fotocopias legalizadas de: 
- Cédula de Identidad del representante legal del adjudicado. 
- Número de Identificación Tributaria (NIT). 
- Contrato de Asociación Accidental (si corresponde). 
10.4 Originales de: 
- Certificado de Actualización de Matrícula del SUPERVISOR, expedido por el Registro de Comercio de Bolivia 
- Certificado de Información sobre Solvencia con el Fisco, emitido por la Contraloría General del Estado. 
- Resolución de Adjudicación. 
- Garantías de Cumplimiento de Contrato y cuando corresponda, de Correcta Inversión de Anticipo. En el caso de Asociaciones Accidentales, cada asociado tiene la obligación de presentar la documentación anterior. 
DÉCIMA PRIMERA.- (IDIOMA) El presente Contrato, toda la documentación aplicable al mismo y la que emerja de la documentación del servicio, deben ser elaborados en idioma castellano. 
DÉCIMA SEGUNDA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO) El presente contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones: - Ley N° 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales. 
- Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS). 
- Ley del Presupuesto General de la Nación, aprobado para la gestión. - Otras disposiciones relacionadas directamente con la normativa anteriormente señalada. 
DÉCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL SUPERVISOR) El SUPERVISOR, tiene derecho a plantear reclamos por falta de pago del servicio prestado, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato. Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y de forma documentada, al FISCAL DE OBRA, hasta treinta (30) días hábiles posteriores al suceso. El FISCAL DE OBRA, dentro del lapso impostergable de diez (10) días hábiles de recibido el reclamo, analizará el mismo, debiendo emitir su informe - recomendación a la ENTIDAD, para que a su vez tome conocimiento y analice la recomendación a objeto de aceptar la misma, o en su caso pedir aclaración, ampliación del informe o rechazar la recomendación, lo que realizará por escrito, a los fines de la respuesta al SUPERVISOR. En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, el FISCAL DE OBRA podrá solicitar el análisis del reclamo a las dependencias técnica, financiera o legal según corresponda, a objeto de procesar la respuesta al SUPERVISOR. Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los veinticinco (25) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por el FISCAL DE OBRA. (Si el plazo de prestación del servicio es corto, el plazo previsto puede ser reducido en concordancia con el plazo de contrato). 
El FISCAL DE OBRA y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.

Sunday, August 18, 2013

MINUTA DE CONTRATO - Part 3

El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el SUPERVISOR no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los __________ (Registrar en forma literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio estipulado en el contrato, una vez iniciado éste. Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar. 
Las garantías substitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el SUPERVISOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente. El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. (En caso de no existir anticipo, la entidad deberá eliminar la presente cláusula del contrato) 
SÉPTIMA.- (GARANTÍAS) El SUPERVISOR, garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en todas sus partes con la _____ (registrar el tipo de garantía otorgada) Nº _______emitida por ______ (registrar el nombre de la Entidad emisora de la garantía) el ________ de ____________ de 20 ___ con vigencia hasta el __________ de _______________ del 20__, a la orden de ______(Registrar el nombre o razón social de la entidad), por el siete por ciento (7 %) del monto del Contrato, equivalente a: _________________ (registrar el monto de la garantía en forma literal) ____________ (registrar el monto de la garantía en forma numérica, entre paréntesis). El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el SUPERVISOR, será pagado en favor de la ENTIDAD sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento. Empero, si se procediera a la recepción definitiva del producto dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrito por ambas partes Contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato. EL SUPERVISOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato durante la vigencia de éste. 
El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución. Las garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo custodia de la Unidad Administrativa, lo que no eximirá la responsabilidad del FISCAL DE OBRA. 
OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN) Cualquier aviso o notificación entre las partes contratantes será enviada: Al SUPERVISOR: __________ (registrar el domicilio que señale el SUPERVISOR, especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad) A LA ENTIDAD: _______ (registrar el domicilio de la Entidad, especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad) 
NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO) El presente Contrato entrará en vigencia una vez que haya sido suscrito por ambas partes, debiendo luego cumplirse con los siguientes trámites: 
1. Otorgarse el anticipo, cuando haya sido solicitado.
2. Ser protocolizado. 
3. Ser registrado en la Contraloría General del Estado.

Friday, August 16, 2013

El Segip habilita a 16 entidades financieras

El Servicio General de Identificación Personal (Segip) habilitó desde ayer a 16 entidades financieras para el pago del valor para la obtención de la cédula de identidad. Hasta ayer, sólo podía adquirirse el valorado en el Banco Unión.

El director del Segip, Antonio Costas, señaló que con la habilitación de las 16 entidades son en total 632 agencias, ubicadas en 98 localidades a nivel nacional, en las que se podrá adquirir los valorados.

“Este nuevo servicio permitirá que el pago para la papeleta valorada se pueda realizar ahora en cualquiera de las entidades financieras y bancarias habilitadas en todo el país”, dijo.

Costas resaltó que este servicio le facilitará y ahorrará tiempo al ciudadano y se terminarán con las filas.

En La Paz, las entidades habilitadas son: Banco Unión, Fassil, Mutual La Primera, Mutual La Paz, Cooperativa El Buen Samaritano, Banco FIE, Eco Futuro, Crecer, Emprender y Banco Bisa.

Cochabamba: Banco Unión, Fassil, Mutual La Primera, Mutual La Paz, Banco FIE, Eco Futuro, Crecer, Emprender, Banco Bisa y las cooperativas El Buen Samaritano y San Martín.

Oruro: Banco Unión, Banco FIE, Eco Futuro y Crecer.

Beni: Banco Unión, Banco FIE, Cooperativa El Buen Samaritano, Eco Futuro, Crecer, Mutual La Paz y Banco Bisa.

Segip realizará carnetización de escolares desde septiembre

El director del Servicio General de Identificación Personal (Segip), Pedro Echavarría, dio a conocer a EL DIARIO que cuatro brigadas estarán a cargo de la carnetización de escolares en unidades educativas de los distritos rurales de El Alto desde septiembre próximo.

Al inicio de clases, luego de las vacaciones escolares, en las instalaciones del Segip se redujo la presencia de padres de familia y escolares en más del 60% como consecuencia de haber retornado a las labores escolares, aspecto que dejó sin cédula de identidad a una cantidad de educandos, por lo que ésta institución realizará la implementación de “brigadas de identificación” para evitar que a inicios de la próxima gestión los menores sufran por la carencia de este documento.

“Las tres a cuatro brigadas comenzarán su trabajo a partir del mes de septiembre sobre todo en los distritos rurales, donde se ha identificado la falta de identidad de la mayoría de los educandos”, manifestó Chavarría.

Los distritos municipales rurales 12, 13 y 14 serán los beneficiados con las brigadas del Segip quienes visitarán todas las unidades educativas de estos distritos, con la finalidad de poder entregar las cédulas de identidad todos los escolares y poder evitar que la población menor de edad en esta urbe no tenga este documento.

Entre los requisitos solicitados por la entidad pública se incluyen el certificado de nacimiento del escolar, una fotocopia simple de la cedula de identidad de los padres de familia y el depósito bancario de dicho documentos.

“Las juntas escolares, son las instancias encargadas de organizar y programar la entrega de la cédula de identidad en beneficio de los escolares, factor que ayudará a que se evite aglomeraciones o pérdida de tiempo de los educandos”, aseguró la autoridad del Segip.

En la actualidad estas brigadas del Segip serán las primeras instancias que realicen una visita a las unidades educativas del área rural de El Alto, donde en un 99% tienen, no sólo problemas por la carencia de sus cédulas de identidad, sino que muchos de sus progenitores no concluyeron con el registro y posible reconocimiento de sus hijos.

Un segundo factor que favorece a que el escolar tenga una cédula de identidad se refiere a que los mismos pueden evitar ser víctimas de trata y tráfico, por tener sus huellas dactilares y registró en un sistema a nivel nacional, el mismo que permite que su actualización pueda realizarlo desde cualquier ciudad o departamento donde se encuentre.

Thursday, August 15, 2013

SEGIP Suman nuevas entidades financieras donde pagar valorado para cédulas



El Servicio General de Identificación Personal (Segip) habilitó desde este jueves a 16 entidades financieras para el pago del valor que se requiere para la obtención de la cédula de identidad.

El director del Segip, Antonio Costas, señaló que con estas 16 entidades financieras se llega a un total de 632 agencias habilitadas a nivel nacional para el pago de estas valoradas, las cuales están ubicadas en 98 localidades de todo el territorio.

"Este nuevo servicio permitirá que el pago para la papeleta valorada se puede realizar ahora en cualquiera de las entidades financieras y bancarias habilitadas en todo el país", señaló Costas, quien recordó que en el pasado inmediato sólo el Banco Unión se encargaba del cobro de Bs. 17 por concepto del valor de la cédula de identidad.

En La Paz las entidades habilitadas son: Banco Unión, Fassil, Mutual La Primera, Mutual La Paz, Cooperativa El Buen Samaritano, Banco FIE, Eco Futuro, Crecer, Emprender y Banco Bisa.

Beni: Banco Unión, Banco FIE, Cooperativa El Buen Samaritano, Eco Futuro, Crecer, Mutual La Paz y Banco Bisa Cochabamba: Banco Unión, Fassil, Mutual La Primera, Mutual La Paz, Cooperativa El Buen Samaritano, Banco FIE, Eco Futuro, Crecer, Emprender, Banco Bisa y Cooperativa San Martín. Oruro: Banco Unión, Banco FIE, Eco Futuro y Crecer.

Pando: Banco Unión, Banco FIE, Eco Futuro, Crecer, Cooperativa El Buen Samaritano y Banco Bisa.

Potosí: Banco Unión, Cooperativa El Buen Samaritano, Banco FIE, Eco Futuro, Crecer, Banco Bisa y Mutual Potosí.

Santa Cruz: Banco Unión, Fassil, Mutual La Primera, Mutual La Paz, Cooperativa El Buen Samaritano, Banco FIE, Eco Futuro, Crecer, Banco Bisa, Cooperativa San Martín, Cooperativa La Merced, Cooperativa Gran Grigota y Funbodem. Tarija: Banco Unión, Fassil, Mutual La Primera, Mutual La Paz, Cooperativa El Buen Samaritano, Banco FIE, Eco Futuro, Crecer y Banco Bisa. A estas se suman otras agencias en las provincias de otros departamentos.

MINUTA DE CONTRATO - Part 2

CUARTA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) El SUPERVISOR desarrollará sus actividades, hasta la entrega de la obra, de forma satisfactoria, en estricto acuerdo con elalcance de trabajo, la propuesta adjudicada, los Términos de Referencia y el cronograma de servicios en el plazo de ___________________ (Registrar en forma literal y numeral el plazo de prestación del servicio, entre paréntesis) días calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el Fiscal de Obra expida la Orden de Proceder. En caso de otorgarse anticipo, la Orden de Proceder no podrá ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo. El plazo establecido precedentemente se distribuye de acuerdo al siguiente detalle: 
1. Movilización ___________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario. 
2. Periodo de realización de la Supervisión (durante la ejecución de la obra, hasta la entrega provisional) ___________ (registrar el número de días de forma numérica) días calendario. 
3. Período de elaboración del Informe Final (lapso que media entre la recepción provisional y la recepción definitiva de la obra) _____________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario. 
4. Periodo de aprobación del Informe Final, por parte de la entidad _______________ (Registrar el número de días de forma numérica y literal) días calendario. Emitida, por escrito, la Orden de Proceder comenzará a correr el plazo de prestación del servicio, mismo que podrá ser ampliado en los casos siguientes: 
a) Por modificación del servicio, por parte de la ENTIDAD, mediante el procedimiento establecido en la cláusula Trigésima Primera, incrementando o instruyendo la realización de otros servicios de supervisión relacionados al objeto del presente contrato, lo que será consignado en el Contrato Modificatorio. 
b) Por demora en el pago de certificados de prestación del servicio, 
c) Por otras causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo. 
QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO) El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente Contrato es de: ______________ (Registrar en forma numérica y literal el monto del Contrato, en bolivianos, establecido en la Resolución de Adjudicación). (En contrataciones de empresas extranjeras asociadas con nacionales el monto del contrato podrá ser en moneda extranjera). Este precio corresponde a la propuesta adjudicada establecida en la propuesta económica que forma parte de este Contrato. Queda establecido que los precios consignados en la propuesta adjudicada incluyen todos los elementos sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento del servicio de Supervisión Técnica. Este precio también comprende todos los costos referidos a salarios, incidencia en ellos por leyes sociales, impuestos, aranceles, daños a terceros, gastos de seguro de equipo y de accidentes personales, gastos de transporte y viáticos, o sea todo otro costo directo o indirecto incluyendo utilidades que pueda tener incidencia en el precio total del servicio, hasta su conclusión. Es de exclusiva responsabilidad del SUPERVISOR, prestar los servicios contratados dentro del monto establecido como costo del servicio, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que excedan dicho monto, a excepción de aquellos autorizados expresamente por escrito mediante los instrumentos técnico-legales previstos en este Contrato. (En caso de que el precio total contratado fuese en moneda extranjera se debe dejar expresamente establecido que el pago se realizará en moneda nacional y al tipo de cambio oficial de venta, establecido por el Banco Central de Bolivia en el día de la facturación). 
SEXTA.- (ANTICIPO) Después de ser suscrito legalmente el Contrato, con objeto de cubrir gastos de movilización, la ENTIDAD entregará al SUPERVISOR, a solicitud expresa de éste, un anticipo de hasta el veinte por ciento (20%) del monto del contrato, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto entregado. El importe del anticipo será descontado en ____ (indicar el numero de certificados de pago acordados entre ambas partes contratantes) certificados de pago, hasta cubrir el monto total del anticipo.

Wednesday, August 14, 2013

MINUTA DE CONTRATO - Part 1

MINUTA DE CONTRATO
SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE ___________ (registrar el lugar donde será protocolizado el Contrato)
En el registro de Escrituras Públicas a su cargo se servirá usted insertar el presente contrato de Servicios de Supervisión Técnica, para _____________________ (registrar el tipo de obra a ser supervisada y el lugar) sujeto a las siguientes cláusulas:
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO PRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES) Dirá usted que las partes Contratantes son: ______ (registrar de forma clara y detallada el nombre o razón social de la entidad), representada por ______________ (Registrar el nombre y el cargo del responsable de la
suscripción del Contrato de Supervisión Técnica) designado por _____________ (Registrar la Resolución o documento de designación por autoridad competente), que en adelante se denominará la ENTIDAD y la___________(Registrar la Razón Social del Adjudicado), legalmente representada por __________ (Registrar el nombre completo y número de Cédula de Identidad del representante legal habilitado para la suscripción del contrato), en virtud del Testimonio de Poder Nº _______ (Registrar el número) otorgado
ante __________________ (Registrar el N° de Notaria de Fe Pública ante la cual fue otorgado el Poder), el __________ (Registrar la fecha, día, mes y año) en la __________ (Registrar el lugar donde fue otorgado el Poder), que en adelante se denominará el SUPERVISOR, quienes celebran y suscriben el presente Contrato de Supervisión Técnica.
SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO) Dirá usted que la ENTIDAD, mediante Licitación Pública Nº ___________ (registrar el número de la Licitación), convocó a empresas consultoras de servicios de supervisión técnica para que presenten sus documentos administrativos, legales y propuesta técnica y económica, de acuerdo con los Términos de Referencia y condiciones establecidas en el Documento Base de Contratación aprobado mediante Resolución Nº ____ de ______ (registrar el número y fecha de la Resolución de aprobación del Documento Base de Contratación), proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el marco de las Normas Básicas del Sistema de
Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), aprobadas por Decreto Supremo N° 0181 de 28 de junio de 2009.
Que la Comisión de Calificación de la ENTIDAD, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas, realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe de Evaluación y Recomendación al Responsable del Proceso de Contratación (RPC) de la ENTIDAD, el mismo que fue aprobado y en base al cual, se pronunció la Resolución de Adjudicación Nº _______________ (registrar el número y la fecha de la Resolución), resolviendo adjudicar la prestación del servicio a  __________________ (registrar la razón social de la Empresa o Asociación Accidental de Empresas adjudicatarias del servicio), por haber sido calificada, al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses de la Entidad.
(Si el RPC en caso excepcional decide adjudicar el servicio a un proponente que no sea el recomendado por la Comisión de Calificación, deberá adecuarse este hecho en la redacción de la presente cláusula).
TERCERA.- (OBJETO DEL CONTRATO) El SUPERVISOR se compromete y obliga por el presente Contrato, a ejecutar todos los trabajos necesarios para la ______________(Describir de forma detallada la supervisión que será ejecutada e identificar de forma clara la obra objeto de la supervisión y el lugar de su emplazamiento) hasta su conclusión, con estricta y absoluta sujeción a este Contrato, a los documentos que forman parte de él y dando cumplimiento a las normas, condiciones, precio, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de prestación del servicio y características técnicas establecidas en los documentos del Contrato y a las cláusulas contractuales contenidas en el presente instrumento legal. 
Para la correcta prestación del SERVICIO hasta su conclusión, dentro de los Términos de Referencia que forman parte del presente Contrato, así como para garantizar la calidad del mismo, el SUPERVISOR se obliga a prestar el servicio, con el personal profesional idóneo y equipo ofertado, así como todo lo necesario de acuerdo con los documentos de contratación y propuesta presentada.