El importe de la garantía podrá ser cobrado por la ENTIDAD en caso de que el SUPERVISOR
no haya iniciado la prestación del servicio dentro de los __________ (Registrar en forma
literal y numérica, el plazo previsto al efecto) días calendario establecidos al efecto, o en
caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realización del servicio
estipulado en el contrato, una vez iniciado éste.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente deduciéndose el monto amortizado y
ser emitida por el saldo que resta por amortizar.
Las garantías substitutivas deberán mantener
su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el
SUPERVISOR realizará las acciones correspondientes a este fin oportunamente.
El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la vigencia y validez de la garantía, en cuanto
al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al SUPERVISOR o solicitar a la ENTIDAD
su ejecución.
(En caso de no existir anticipo, la entidad deberá eliminar la presente cláusula del
contrato)
SÉPTIMA.- (GARANTÍAS) El SUPERVISOR, garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución
del presente Contrato en todas sus partes con la _____ (registrar el tipo de garantía
otorgada) Nº _______emitida por ______ (registrar el nombre de la Entidad emisora de
la garantía) el ________ de ____________ de 20 ___ con vigencia hasta el __________ de
_______________ del 20__, a la orden de ______(Registrar el nombre o razón social de la
entidad), por el siete por ciento (7 %) del monto del Contrato, equivalente a:
_________________ (registrar el monto de la garantía en forma literal) ____________
(registrar el monto de la garantía en forma numérica, entre paréntesis).
El importe de dicha garantía en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el
SUPERVISOR, será pagado en favor de la ENTIDAD sin necesidad de ningún trámite o acción
judicial, a su solo requerimiento.
Empero, si se procediera a la recepción definitiva del producto dentro del plazo contractual y en
forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Acta correspondiente, suscrito por
ambas partes Contratantes, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del Contrato,
juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
EL SUPERVISOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de
Contrato durante la vigencia de éste.
El FISCAL DE OBRA llevará el control directo de la
vigencia de la garantía en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al
SUPERVISOR, o solicitar a la ENTIDAD su ejecución.
Las garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, estarán bajo
custodia de la Unidad Administrativa, lo que no eximirá la responsabilidad del FISCAL DE
OBRA.
OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN) Cualquier aviso o notificación entre
las partes contratantes será enviada:
Al SUPERVISOR:
__________ (registrar el domicilio que señale el SUPERVISOR, especificando calle y
número del inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad)
A LA ENTIDAD:
_______ (registrar el domicilio de la Entidad, especificando calle y número del
inmueble donde funcionan sus oficinas y la ciudad)
NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO) El presente Contrato entrará en vigencia una vez que
haya sido suscrito por ambas partes, debiendo luego cumplirse con los siguientes trámites:
1. Otorgarse el anticipo, cuando haya sido solicitado.
2. Ser protocolizado.
3. Ser registrado en la Contraloría General del Estado.
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