La falta de definición de la situación jurídica de los niños, niñas y adolescentes en los hogares de Cochabamba genera una demora de más de tres años en los procesos de adopción y ocasiona que muchos de ellos crezcan lejos del calor de un hogar.
Una de las madres adoptivas que llevó un “embarazo” de más de 12 meses por la peregrinación y espera para adoptar a una niña de 0 a 2 años después de cumplir con todos los requisitos que le exigieron es Wenddy Paco, quien a un año de no tener una respuesta pide a las autoridades pensar en el bienestar de todos los niños y niñas que terminan institucionalizándose en los hogares sin una familia.
La jueza del Juzgado Público en Materia de Niñez y Adolescencia Nº 1, Claudia María Canaza, explicó que el “cuello de botella” está en determinar la situación jurídica de los niños que tienen padres, a los que se les debe extinguir la autoridad de los padres; y los otros que no tienen una filiación conocida.
“El nuevo Código de la Niña, Niño y Adolescente si bien nos trae muchas cosas positivas, no hizo un adecuado análisis de las instituciones que deben intervenir para definir la situación jurídica de este grupo”, aseveró Canaza.
Antes de la promulgación del nuevo Código, la instancia técnica (Sedeges) definía la situación de los niños, pero esta atribución fue conferida a las Defensorías que “no cuentan con el personal capacitado suficiente, los recursos económicos para hacer publicaciones de edictos y por el cambio constante de funcionarios los procesos de informes se pierden o deben empezarse desde cero”, dijo la jueza de Niñez.
El jefe de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Cercado, Juan Carlos Sánchez, indicó que con el nuevo código hubo un desfase en las atribuciones del Sedeges y Defensoría, siendo los únicos afectados los niños que pueden ser adoptados. “La Defensoría comenzó a hacer las inspecciones a los hogares para conocer cuál es su situación legal”, añadió Sánchez.
Frente a esta situación, el Tribunal Departamental de Justicia, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, el Servicio Departamental de Gestión Social (Sedeges) y otras organizaciones privadas conformaron una mesa técnica que elaboró “Rutas Críticas” para tener un lineamiento general de las competencias y atribuciones de cada entidad involucrada en la adopción.
Sánchez reconoció que la “dejadez” y “omisión” del Sedeges y funcionarios de la Defensoría para agilizar la situación legal de los niños provocaron el retraso de las adopciones. El Juzgado Público de la Niñez Nº 1, además de los otros dos juzgados en la misma materia, recibe por semana entre tres a cinco solicitudes de adopción principalmente de niñas entre 0 a 3 años; sin embargo, la petición más antigua sin respuesta data de la gestión 2012.
La jueza Claudia Canaza aclaró que gran parte de los niños institucionalizados cuentan con familias y no están abandonados por sus padres. El trámite para la adopción desde el ingreso de la demanda en el juzgado dura un promedio de tres meses.
Ley prevé ciertos requisitos
La Ley Nº 548 del Código Niña, Niño y Adolescente en Bolivia establece la adopción nacional (padres de nacionalidad boliviana) e internacional (padres extranjeros o bolivianos que residen en el extranjero) para las personas solteras y parejas que mantengan una unión conyugal libre o de hecho de manera estable en el primer caso y en el segundo parejas estables.
Entre los principales requisitos para adoptar a un niño, niña y adolescente en Bolivia están los siguientes: ser mayor con 15 años de la persona adoptada y tener un mínimo de 25 años, el certificado de matrimonio, la acreditación de buena salud física y mental, un informe social, no tener antecedentes policiales y la certificación para ser padres adoptivos.
Una vez cumplidos estos requisitos los padres deben presentar una demanda ante el juez de materia, si todo está en orden se desarrollará una audiencia de asignación en la que el juez otorgará permiso a los solicitantes para que visiten a la persona a ser adoptada, luego vendrá un periodo pre-adoptivo para conferir una guardia provisional, la ratificación y sentencia.
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