Todos los juzgados del departamento de Cochabamba y Derechos Reales atenderán con regularidad, debido a que está prohibida la vacación colectiva.
El representante distrital del Consejo de la Magistratura, Johnny Rocha, informó que tras la aprobación y aplicación de la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal (586), aprobada en octubre de 2014, queda sin efecto el receso colectivo en el Órgano Judicial, como se dio hasta la gestión pasada.
Recordó que hasta 2014, las vacaciones colectivas eran a principio de año o en junio, lo que provocaba que los procesos se posterguen, porque solo funcionaban los juzgados de turno.
Para evitar que los litigantes sean perjudicados, ahora rigen los recesos individuales, de acuerdo a un cronograma establecido.
El decano del Tribunal Departamental de Justicia, Jimy Rudy Siles Melgar, informó que el rol de los descansos laborales se determina a inicio del año judicial, el 4 de enero.
Cuestionó la vacación individual porque aún no fue superada la mora.
Añadió que cuando un adminitrador de justicia sale de vacaciones, los que están en funciones deben hacerse cargo de sus causas. Ese problema se presenta con frecuencia en los juzgados de provincias.
Explicó que también hay casos en que el descanso es tomado a la vez por el juez y el secretario del mismo juzgado, situación que deriva en la paralización del trabajo porque ni el oficial de diligencias ni el auxiliar tienen la capacidad para dar continuidad a los juicios.
DERECHOS REALES Rocha informó que en la Unidad de Derechos Reales, el servicio es regular todo el año.
Los funcionarios toman su descanso individualmente para que el trabajo sea sostenido y la población que necesita hacer trámites de inscripción de sus bienes, cambio de nombre, entre otras diligencias, no se perjudique.
Los abogados y litigantes expresaron su satisfacción por la regularidad en el servicio.
Recordaron que en años anteriores debían esperar más de un mes para dar continuidad a los procesos judiciales en temas tan importantes como las solicitudes de asistencia familiar.
No comments:
Post a Comment