Información actualizada por: GADC - Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba
Este trámite depende de: Unidad de Gestion y Control Ambiental - UGCA
Horarios de atención tramite: El trámite es en linea
Horarios de atención entidad: 8:00 - 12:00 - 14:30 - 18:30
Gestionar el instrumento de regulación de alcance particular, para el registro y categorización de las unidades industriales del sector industrial manufacturero en royecto o en operación, mediante la presentacion del formulario de Registro Ambiental Industrial (RAI).
¿Qué requisitos se necesitan?
Carta de presentación del RAI.
Instrumento legal de designación del Promotor para la Industria en entidades estatales.
Cédula de Identidad del RL y Consultor Ambiental.
Certificado RENCA actualizado del Consultor Ambiental .
Certificado de Uso de Suelo extendido por la instancia correspondientedel GAM.
Testimonio de constitución de la Sociedad (si corresponde).
Poder Notariado del Representante Legal de la Sociedad (si corresponde).
Croquis de ubicación.
Plano de ubicación con coordenadas geográficas UTM.
Hojas de Seguridad de Sustancias Peligrosas, si corresponde en categoría 4.
Fotografías claras que permiten una visualización de la situación actual.
El trámite tiene un costo variable.
El Tramite no tiene costo alguno
¿Cómo se realiza este trámite?
1. Se procesa sólo cuando proviene de un municipio sin Instancia Ambiental conformada o con silencio administrativo, en ningún caso con informe del GAM.
2. La AACD revisará el formulario del RAI en el plazo de cinco (5) días paraindustrias en proyecto y diez (10) días para industriasen operación, al cabo de los cuales el Representante Legal deberá recabar su notificación de categorización.
- La AACD categorizará a las industrias sobre la base del Anexo 1 del RASIM, de la siguiente manera:
3. Las industrias en proyecto de:
a). Categorías 1 y 2, requieren de un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental y Plande Manejo Ambiental.
b). Categoría 3, requieren de una Descripción del Proyecto y Plan de Manejo Ambiental.
c). Categoría 4, no requieren cumplir con las disposiciones de los Capítulos II,III, IV, V,VI y VII del Título III del RASIM.
4.Las industrias en operación de:
a). Categorías 1, 2 y 3, requieren de un Manifiesto Ambiental Industrial y un Plan de Manejo Ambiental.
b). Categoría 4, no requieren cumplir con las disposiciones de los Capítulos II,III, IV, V,VI y VII del Título III del RASIM.
¿Dónde puedo realizar el trámite?
: Secretaria Departamental de Planificación - Gobernación de Cochabamba
Teléfonos:
Más información del trámite
Tiempo promedio para realizar el trámite: 10 dias
Marco Legal:
Ley N° 1333 de Medio Ambiente, de 27 de abril de 1992 y Reglamentos Conexos
Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (RASIM), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 26736 de 30 de julio de 2002.
Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales; del MMA yA, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 006 de 13 de enero de 2011
Manual de Procedimiento para la Otorgacion de Licencias Ambientales del Gobierno Autonomo Departamental de Cochabamba, aprobado mediante R.A. N° 189/2011 de 25-07-2011
Puede realizar este trámite en línea: El tramite, aun no se encuentra en la web del GADC
Información del trámite: snia.mmaya.gob.bo
Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: Aun, no se encuentra en la web, tampoco tiene aplicacion movil
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