Gestión de la Administración del Parque Industrial, ante la denuncia por infracción a las normas por parte de empresas asentadas en predios del Parque Industrial. |
DETALLE DEL TRÁMITE | |
---|---|
COSTO: | Bs. 0. |
LUGAR DE ATENCIÓN: | Dirección de Industrias - Proyecto PADI - P.I. 24 Diagonal 4 EsquinaTransversal 5 |
LUGAR DE PAGO: | |
DURACIÓN DEL PROCESO: | 15 días |
SECRETARÍA: | Secretaría de Desarrollo Productivo |
TEMA: | Parques Industriales |
OBSERVACIÓN: |
PASOS Y REQUISITOS |
---|
1.- La empresa o tercero, que desee la intervención de la Administración del Parque Industrial para comprobar y sancionar la infracción al cumplimiento de normas del P.I., medioambientales, de invasión de retiros, de seguridad industrial, etc., por parte de empresas asentadas en predios del Parque Industrial, debe presentar a la Administración del Parque Industrial (PADI), una carta en la cual indique con claridad los hechos denunciados, así como la norma infringida por la empresa denunciada.
2.- Recibida la carta, el Jefe del Proyecto de Apoyo al Desarrollo Industrial, deriva la misma al Departamento Técnico del PADI, a los efectos de que se proceda a la inspección y verificación de los hechos denunciados de los terrenos, así como los daños causados y la responsabilidad en su caso. 3.- El Departamento Técnico, elevará el correspondiente informe, en el cual se describirá la inspección de los predios afectados, así como la verificación de la denuncia formulada y la responsabilidad de la empresa denunciada. 4.- Efectuado el informe del departamento técnico, el Jefe del Proyecto de Apoyo al Desarrollo Industrial, en su caso, dispondrá se oficie a la empresa denunciada a los efectos de que explique sobre los puntos denunciados, dentro de plazo de tres días de recibido el oficios, aplicando las sanciones correspondientes en su caso. 5.- Presentada la respuesta o sin ella, previa segunda inspección para la verificación de la persistencia de hechos que generaron la denuncia, el Jefe del Proyecto de Apoyo al Desarrollo Industrial dispondrá la aplicación de las sanciones correspondientes. |
No comments:
Post a Comment