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Wednesday, November 5, 2014

Regularización de derecho propietario por sucesión hereditaria

¿En qué consiste? 
Regularizar la titularidad del bien inmueble gravado obtenido por declaratoria de herederos. 
Instancia responsable: 
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles. 
Tiempo de duración: 
40 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 
1. El trámite es personal o con poder de representación legal. 
2. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente. 
Requisitos: 
1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del o los propietarios (según corresponda). 
2. Fotocopia del testimonio de declaratoria de herederos. 
3. Fotocopia del testimonio de propiedad del fallecido. 
4. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real del fallecido. 
5. El inmueble no debe tener deudas por concepto de impuestos. 
6. Fotocopia del comprobante de pago del impuesto, a efecto de identificar el número del inmueble. Además debe agregar la siguiente documentación, para: Terreno:
7. Fotocopia del plano o croquis de ubicación. 
Vivienda unifamiliar 
8. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté aprobado). 
9. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones. 
Propiedad horizontal 
10. Fotocopia del plano de fraccionamiento. Trámite realizado por terceras personas 
11. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal. 

¿Qué hace usted y qué hace el GAMLP por usted?

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