¿En qué consiste?
Regularizar la titularidad del bien inmueble gravado obtenido por declaratoria de herederos.
Instancia responsable:
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón
Municipal de Contribuyentes, Área de Inmuebles.
Tiempo de duración:
40 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
1. El trámite es personal o con poder de representación legal.
2. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones,
además estar rubricadas por el contribuyente.
Requisitos:
1. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del o los propietarios (según corresponda).
2. Fotocopia del testimonio de declaratoria de herederos.
3. Fotocopia del testimonio de propiedad del fallecido.
4. Fotocopia de la tarjeta de registro de propiedad o folio real del fallecido.
5. El inmueble no debe tener deudas por concepto de impuestos.
6. Fotocopia del comprobante de pago del impuesto, a efecto de identificar el número
del inmueble.
Además debe agregar la siguiente documentación, para:
Terreno:
7. Fotocopia del plano o croquis de ubicación.
Vivienda unifamiliar
8. Fotocopia del Formulario Único de Registro Catastral (no es necesario que esté
aprobado).
9. Fotocopia del plano de construcción o plano a mano alzada con dimensiones.
Propiedad horizontal
10. Fotocopia del plano de fraccionamiento.
Trámite realizado por terceras personas
11. Fotocopia de la cédula de identidad y del poder de representación legal.
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