¿En qué consiste?
En la autorización técnica y legal que permite la división y partición de un predio, con el
objeto de habilitar una nueva unidad catastral, en el marco del Reglamento de Usos de
Suelo y Patrones de Asentamiento (USPA) vigente.
Instancia responsable:
Subalcaldías de los macrodistritos urbanos, a través de sus unidades de Administración
Territorial.
Tiempo de duración:
10 días hábiles.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
En todo trámite de división y partición los predios resultantes deberán enmarcarse en los
patrones de edificación vigentes, al igual que las construcciones existentes en ellos, para
lo cual deben considerarse los siguientes parámetros de edificación:
a) Área máxima a cubrir -AMC
b) Área máxima a edificar-AME
c) Altura máxima de fachada-AMF
d) Retiro mínimo de edificación-RME
e) Área de lote edificable-ALE
f) Frente mínimo de lote-FML
Requisitos:
1. Formulario Único de Administración Territorial (FUAT).
2. Cédula de identidad del (los) propietario (s) (original y fotocopia), el documento
original sólo se presenta para la verificación de datos en plataforma, siendo
inmediatamente devuelto al interesado.
3. Certificado de Registro Catastral vigente (original y fotocopia), el documento original
sólo se presenta para la verificación de datos en plataforma, siendo inmediatamente
devuelto al interesado.
4. Planos de división y partición (1 juego original, 3 juegos de copias originales,
firmados por el arquitecto responsable y propietarios).
5. Planos de división y partición en formato digital (2 cds en Autocad, protegido en caja
y rotulado, con 1 láyer de polígonos cerrados con el cálculo de superficies).
Marco legal:
• Reglamento de Usos del Suelo y Patrones de Asentamiento (USPA vigente).
No comments:
Post a Comment