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Thursday, May 14, 2015

La Paz Baja en el registro de actividades económicas (I)

¿En qué consiste?
Comunicar a la Administración Tributaria la baja de una actividad económica por motivo de cierre, quiebra, transformación, fusión u otra causa.
Instancia responsable:
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Tasas y Patentes.
Tiempo de duración:
3 días hábiles para baja de actividades económicas por doble registro.
10 minutos para baja del registro de la actividad económica.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
El trámite es personal o con poder notariado.

Requisitos:
1. Declaración jurada de baja de actividades mediante formulario F-403 (recabar y llenar en plataforma de atención al contribuyente).
2. Solicitud de baja de la actividad económica, mediante nota dirigida a la Máxima Autoridad Tributaria Municipal (en caso de no contar con la baja o certificación de Impuestos Nacionales).
3. Original y fotocopia de la cédula de identidad del titular.
4. Fotocopia de los comprobantes de pago de las últimas cinco gestiones de la patente
municipal, por la actividad económica motivo de la baja.
5. Original de la licencia de funcionamiento (en caso de no contar con el original, fotocopia).
En caso de personas jurídicas, agregar:
6. Original y fotocopia de la cédula de identidad del propietario o representante legal.
7. Original y fotocopia del poder notariado vigente del representante legal.
Marco legal:
• Código Tributario Ley Nº 2492.
• Resolución Ejecutiva Nº 96/2012

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