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Friday, February 19, 2021

Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - GESTIÓN DE CONTRATOS PARA ESTACIONES DE SERVICIO, DISTRIBUIDORAS DE GLP, CLIENTES GRACO Y CLIENTES DIRECTOS

 REGISTRO DE CLIENTES PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LÍQUIDOS (DIÉSEL OÍL Y/O GASOLINAS) Y GLP EN LAS SIGUIENTES MODALIDADES:  REGISTRO DE CLIENTES DE DISTRIBUIDORAS DE GLP  REGISTRO DE CLIENTES DE ESTACIONES DE SERVICIO Y PUESTOS DE VENTA  REGISTRO DE CLIENTES GRACO Y MAYORISTAS  REGISTRO DE CLIENTES DIRECTOS PARA LOS SIGUIENTES PRODUCTOS:  DIÉSEL OÍL  GASOLINA ESPECIAL  GASOLINA PREMIUM  GASOLINA SÚPER ETANOL 92  KEROSENE  GLP EN GARRAFAS DE 10 Y 45 KG 

¿Qué necesito?

VER ANEXO - CIRCULAR YPFB / GCIL / 014 / DCOM / 129/2017 SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS DE COMPRA / VENTA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y GLP 

¿Cómo y dónde hago el trámite?

REGISTRO DE CLIENTES DE DISTRIBUIDORAS DE GLP

1. CLIENTE: Requisitos básicos para la firma del contrato a la Unidad Distrital  Comercial.

2. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: los requisitos para el caso de  Distribuidoras de GLP.

3. CLIENTE: Especificar  en la Circular YPFB / GCIL / 014 / DCOM / 129/2017.

4. COMERCIAL DE DISTRITAL: Derivación de la carpeta del cliente a la Unidad de Distrital  Comercial para su revisión y elaboración de informe técnico.

5. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: realiza la revisión de la carpeta del cliente y el informe técnico para la viabilidad o el proceso solicitado. Posteriormente, se deriva nuevamente en Distrital Comercial.

6. COMERCIAL DE DISTRITAL: Instrumento al Área Legal la elaboración del Informe legal  El informe técnico de la unidad

Distrital Comercial ha sido favorable de otra manera se rechaza la misma.

7. UNIDAD LEGAL RESPONSABLE: Elabora el contrato del cliente, posteriormente el  Representante legal del cliente en cuestión. Los trámites correspondientes a su protocolo, se deriva, se deriva, el  Contrato, se firma, el cliente, la Oficina  Comercial.


8. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN: El Gerente de Comercialización (GCOM), el  acuerdo a la revisión previa, el cumplimiento de los requisitos de la firma,  el Contrato, los padres y el corazón del Distrito Comercial.


9. DISTRITO COMERCIAL: para un archivo correspondiente a la Unidad Legal del  Distrito, al Cliente ya la GCOM. Finalmente, procederá como registro en el sistema correspondiente.



REGISTRO DE CLIENTES DE ESTACIONES DE SERVICIO Y PUESTOS DE VENTA


1. CLIENTE: Requisitos básicos para la firma del contrato a la Unidad Distrital  Comercial.


2. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: los requisitos para el caso de  Estaciones de servicio.


3. CLIENTE: Especificar  en la Circular YPFB / GCIL / 014 / DCOM / 129/2017.


4. COMERCIAL DE DISTRITAL: Derivación de la carpeta del cliente a la Unidad de Distrital  Comercial para su revisión y elaboración de informe técnico.


5. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: realiza la revisión de la carpeta del cliente y el  informe técnico para la viabilidad o el proceso solicitado. Posteriormente, se deriva nuevamente en Distrital Comercial.


6. COMERCIAL DE DISTRITAL: Instrumento al Área Legal la elaboración del Informe legal  El informe técnico de la unidad


Distrital Comercial ha sido favorable de otra manera se rechaza la misma.


7. UNIDAD LEGAL RESPONSABLE: Elabora el contrato del cliente, posteriormente el  Representante legal del cliente en cuestión. Los trámites correspondientes a su protocolo, se deriva, se deriva, el  Contrato, se firma, el cliente, la Oficina  Comercial.


8. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN: El Gerente de Comercialización (GCOM), el  acuerdo a la revisión previa, el cumplimiento de los requisitos de la firma,  el Contrato, los padres y el corazón del Distrito Comercial.


9. DISTRITO COMERCIAL: para un archivo correspondiente a la Unidad Legal del  Distrito, al Cliente ya la GCOM. Finalmente, procederá como registro en el sistema correspondiente.



REGISTRO DE CLIENTES GRACOS Y MAYORISTAS


1. CLIENTE: Requisitos básicos para la firma del contrato a la Unidad Distrital  Comercial.


2. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: los requisitos para el caso de  Clientes GRACO.


3. CLIENTE: Especificar  en la Circular YPFB / GCIL / 014 / DCOM / 129/2017.


4. COMERCIAL DE DISTRITAL: Derivación de la carpeta del cliente a la Unidad de Distrital  Comercial para su revisión y elaboración de informe técnico.


5. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: realiza la revisión de la carpeta del cliente y el  informe técnico para la viabilidad o el proceso solicitado. Posteriormente, se deriva nuevamente en Distrital Comercial.


6. COMERCIAL DE DISTRITAL:  Instrumento en el Área Jurídica, la elaboración del Informe, el cumplimiento jurídico,  y la elaboración, el Informe técnico de la Unidad  Distrital Comercial ha sido favorable de otra manera se rechaza la misma.


7. UNIDAD LEGAL RESPONSABLE: Elabora el contrato del cliente, posteriormente el  Representante legal del cliente en cuestión. Los trámites correspondientes a su protocolización, se derivan, se derivan, el  Contrato, se firman, en, el Cliente, la Oficina  de Comercialización Interna de Líquidos.


8. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN INTERNA DE LÍQUIDOS: Gerencia de  Comercialización Interna de Líquidos (GCIL), de acuerdo con la Verificación de Cumplimiento de los Requisitos, PROCEDER a la firma del contrato con la propiedad y la Remisión El Mismo al Distrito Comercial.


9. DISTRITO COMERCIAL: Remite un ejemplar del contrato a la Unidad Legal del  Distrito, al Cliente ya la GCIL para su archivo correspondiente. Finalmente, procederá como registro en el sistema correspondiente.



REGISTRO DE CLIENTES DIRECTOS


1. CLIENTE: Requisitos básicos para la firma del contrato a la Unidad Distrital  Comercial.


2. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: los requisitos para el caso de  clientes directos


3. CLIENTE: acuerdo de acuerdo con Distrital Comercial con todos los  Requisitos para la firma del contrato, de acuerdo Instructivo GCIL-020 DCOM 054/2016.


4. COMERCIAL DE DISTRITO: la carpeta del cliente a la Unidad de Distrital  Comercial para su revisión.


5. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: realiza la revisión de la carpeta del cliente y el informe técnico para la viabilidad o el proceso solicitado. Consecutivamente se deriva nuevamente en Distrital Comercial.


6. COMERCIAL DE DISTRITO: en caso de que el informe técnico sea favorable, se incluya en el  Área legal de la elaboración del informe legal correspondiente.


7. UNIDAD LEGAL RESPONSABLE: elabora informe legal en función de Informe técnico de cumplimiento de los requisitos solicitados y remite el mismo al Distrital Comercial.


8. COMERCIAL DE DISTRITO: Evalúe los informes Tanto el técnico como el legal y sí lo  hace para cumplir con la autorización del Registro Correspondiente en el  Sistema de facturación.





Direcciones donde se realiza este trámite

Sin direcciones registradas.

Más información

Marco Legal:


    Ley 3058 Ley de Hidrocarburos

    Ley 1178 Ley de Administración y Control Gubernamental

    Ley 100 Venta Combustible en Zonas Fronterizas

    Decreto Supremo Nº 29158. Control Venta de Combustibles

    Decreto Supremo Nº 28511, Complementación al Control de Ventas de Combustible

    Decreto Supremo Nº 29801, Complementación regulación de a la venta de DO y GE

    Decreto Supremo Nº 29814, Determinación del Precio Internacional de GE y DO

    Decreto Supremo Nº 29753, Ampliación de mecanismos de control y sanción a la ilícita distribución, transporte y comercialización de productos líquidos y GLP 

Observaciones: TRÁMITE REALIZADO A NIVEL NACIONAL EN TODOS LOS DISTRITOS COMERCIALES DE YPFB.

Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:19

Costo del Trámite

<p><font><font>LOS COSTOS VARÍAN SEGÚN EL TIPO DE CLIENTE Y PRODUCTOS A COMERCIALIZAR.

  Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB

contacto: jpatzi@ypfb.gob.bo

web: www.ypfb.gob.bo 

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