REGISTRO DE CLIENTES PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LÍQUIDOS (DIÉSEL OÍL Y/O GASOLINAS) Y GLP EN LAS SIGUIENTES MODALIDADES: REGISTRO DE CLIENTES DE DISTRIBUIDORAS DE GLP REGISTRO DE CLIENTES DE ESTACIONES DE SERVICIO Y PUESTOS DE VENTA REGISTRO DE CLIENTES GRACO Y MAYORISTAS REGISTRO DE CLIENTES DIRECTOS PARA LOS SIGUIENTES PRODUCTOS: DIÉSEL OÍL GASOLINA ESPECIAL GASOLINA PREMIUM GASOLINA SÚPER ETANOL 92 KEROSENE GLP EN GARRAFAS DE 10 Y 45 KG
¿Qué necesito?
VER ANEXO - CIRCULAR YPFB / GCIL / 014 / DCOM / 129/2017 SUSCRIPCIÓN DE CONTRATOS DE COMPRA / VENTA DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y GLP
¿Cómo y dónde hago el trámite?
REGISTRO DE CLIENTES DE DISTRIBUIDORAS DE GLP
1. CLIENTE: Requisitos básicos para la firma del contrato a la Unidad Distrital Comercial.
2. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: los requisitos para el caso de Distribuidoras de GLP.
3. CLIENTE: Especificar en la Circular YPFB / GCIL / 014 / DCOM / 129/2017.
4. COMERCIAL DE DISTRITAL: Derivación de la carpeta del cliente a la Unidad de Distrital Comercial para su revisión y elaboración de informe técnico.
5. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: realiza la revisión de la carpeta del cliente y el informe técnico para la viabilidad o el proceso solicitado. Posteriormente, se deriva nuevamente en Distrital Comercial.
6. COMERCIAL DE DISTRITAL: Instrumento al Área Legal la elaboración del Informe legal El informe técnico de la unidad
Distrital Comercial ha sido favorable de otra manera se rechaza la misma.
7. UNIDAD LEGAL RESPONSABLE: Elabora el contrato del cliente, posteriormente el Representante legal del cliente en cuestión. Los trámites correspondientes a su protocolo, se deriva, se deriva, el Contrato, se firma, el cliente, la Oficina Comercial.
8. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN: El Gerente de Comercialización (GCOM), el acuerdo a la revisión previa, el cumplimiento de los requisitos de la firma, el Contrato, los padres y el corazón del Distrito Comercial.
9. DISTRITO COMERCIAL: para un archivo correspondiente a la Unidad Legal del Distrito, al Cliente ya la GCOM. Finalmente, procederá como registro en el sistema correspondiente.
REGISTRO DE CLIENTES DE ESTACIONES DE SERVICIO Y PUESTOS DE VENTA
1. CLIENTE: Requisitos básicos para la firma del contrato a la Unidad Distrital Comercial.
2. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: los requisitos para el caso de Estaciones de servicio.
3. CLIENTE: Especificar en la Circular YPFB / GCIL / 014 / DCOM / 129/2017.
4. COMERCIAL DE DISTRITAL: Derivación de la carpeta del cliente a la Unidad de Distrital Comercial para su revisión y elaboración de informe técnico.
5. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: realiza la revisión de la carpeta del cliente y el informe técnico para la viabilidad o el proceso solicitado. Posteriormente, se deriva nuevamente en Distrital Comercial.
6. COMERCIAL DE DISTRITAL: Instrumento al Área Legal la elaboración del Informe legal El informe técnico de la unidad
Distrital Comercial ha sido favorable de otra manera se rechaza la misma.
7. UNIDAD LEGAL RESPONSABLE: Elabora el contrato del cliente, posteriormente el Representante legal del cliente en cuestión. Los trámites correspondientes a su protocolo, se deriva, se deriva, el Contrato, se firma, el cliente, la Oficina Comercial.
8. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN: El Gerente de Comercialización (GCOM), el acuerdo a la revisión previa, el cumplimiento de los requisitos de la firma, el Contrato, los padres y el corazón del Distrito Comercial.
9. DISTRITO COMERCIAL: para un archivo correspondiente a la Unidad Legal del Distrito, al Cliente ya la GCOM. Finalmente, procederá como registro en el sistema correspondiente.
REGISTRO DE CLIENTES GRACOS Y MAYORISTAS
1. CLIENTE: Requisitos básicos para la firma del contrato a la Unidad Distrital Comercial.
2. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: los requisitos para el caso de Clientes GRACO.
3. CLIENTE: Especificar en la Circular YPFB / GCIL / 014 / DCOM / 129/2017.
4. COMERCIAL DE DISTRITAL: Derivación de la carpeta del cliente a la Unidad de Distrital Comercial para su revisión y elaboración de informe técnico.
5. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: realiza la revisión de la carpeta del cliente y el informe técnico para la viabilidad o el proceso solicitado. Posteriormente, se deriva nuevamente en Distrital Comercial.
6. COMERCIAL DE DISTRITAL: Instrumento en el Área Jurídica, la elaboración del Informe, el cumplimiento jurídico, y la elaboración, el Informe técnico de la Unidad Distrital Comercial ha sido favorable de otra manera se rechaza la misma.
7. UNIDAD LEGAL RESPONSABLE: Elabora el contrato del cliente, posteriormente el Representante legal del cliente en cuestión. Los trámites correspondientes a su protocolización, se derivan, se derivan, el Contrato, se firman, en, el Cliente, la Oficina de Comercialización Interna de Líquidos.
8. GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN INTERNA DE LÍQUIDOS: Gerencia de Comercialización Interna de Líquidos (GCIL), de acuerdo con la Verificación de Cumplimiento de los Requisitos, PROCEDER a la firma del contrato con la propiedad y la Remisión El Mismo al Distrito Comercial.
9. DISTRITO COMERCIAL: Remite un ejemplar del contrato a la Unidad Legal del Distrito, al Cliente ya la GCIL para su archivo correspondiente. Finalmente, procederá como registro en el sistema correspondiente.
REGISTRO DE CLIENTES DIRECTOS
1. CLIENTE: Requisitos básicos para la firma del contrato a la Unidad Distrital Comercial.
2. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: los requisitos para el caso de clientes directos
3. CLIENTE: acuerdo de acuerdo con Distrital Comercial con todos los Requisitos para la firma del contrato, de acuerdo Instructivo GCIL-020 DCOM 054/2016.
4. COMERCIAL DE DISTRITO: la carpeta del cliente a la Unidad de Distrital Comercial para su revisión.
5. JEFE UNIDAD DISTRITAL COMERCIAL: realiza la revisión de la carpeta del cliente y el informe técnico para la viabilidad o el proceso solicitado. Consecutivamente se deriva nuevamente en Distrital Comercial.
6. COMERCIAL DE DISTRITO: en caso de que el informe técnico sea favorable, se incluya en el Área legal de la elaboración del informe legal correspondiente.
7. UNIDAD LEGAL RESPONSABLE: elabora informe legal en función de Informe técnico de cumplimiento de los requisitos solicitados y remite el mismo al Distrital Comercial.
8. COMERCIAL DE DISTRITO: Evalúe los informes Tanto el técnico como el legal y sí lo hace para cumplir con la autorización del Registro Correspondiente en el Sistema de facturación.
Direcciones donde se realiza este trámite
Sin direcciones registradas.
Más información
Marco Legal:
Ley 3058 Ley de Hidrocarburos
Ley 1178 Ley de Administración y Control Gubernamental
Ley 100 Venta Combustible en Zonas Fronterizas
Decreto Supremo Nº 29158. Control Venta de Combustibles
Decreto Supremo Nº 28511, Complementación al Control de Ventas de Combustible
Decreto Supremo Nº 29801, Complementación regulación de a la venta de DO y GE
Decreto Supremo Nº 29814, Determinación del Precio Internacional de GE y DO
Decreto Supremo Nº 29753, Ampliación de mecanismos de control y sanción a la ilícita distribución, transporte y comercialización de productos líquidos y GLP
Observaciones: TRÁMITE REALIZADO A NIVEL NACIONAL EN TODOS LOS DISTRITOS COMERCIALES DE YPFB.
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:19
Costo del Trámite
<p><font><font>LOS COSTOS VARÍAN SEGÚN EL TIPO DE CLIENTE Y PRODUCTOS A COMERCIALIZAR.
Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB
contacto: jpatzi@ypfb.gob.bo
web: www.ypfb.gob.bo
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