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Sunday, June 7, 2015

La Paz Cambio de nombre de mausoleos familiares por cesión de derecho de uso perpetuo (I)

¿En qué consiste?

Es la cesión del derecho de uso a perpetuidad de un mausoleo familiar entre particulares por 2 veces consecutivas y por el lapso de 10 años cada una.

Instancia responsable:

Cementerio General.


Tiempo de duración:

Entre 24 y 72 horas.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
1. Antes de solicitar cualquier cesión debe solicitar la confirmación del titular del mausoleo familiar en la ventanilla de estadística.
2. Para realizar la cesión del mausoleo, éste debe encontrarse vacío.
3. No puede realizarse cualquier transferencia antes de los 10 años de utilización del mausoleo.
4. No puede realizarse más de 2 cesiones por mausoleo.
5. El interesado deberá completar los requisitos faltantes en caso de inexistencia de documentación en el Archivo del Cementerio General.

Requisitos:

1. Fotocopia del comprobante de pago al día.
2. Minuta protocolizada de cesión de derecho de uso a perpetuidad que incluya la ubicación exacta del mausoleo (original o legalizada).
3. Fotocopia de la cédula de identidad vigente del cedente (titular) y del beneficiario.
4. Carta de solicitud sobre cambio de nombre dirigida a la Administración del Cementerio General.
5. Certificación de la Dirección de Patrimonio Cultural de que el mausoleo no se encuentra dentro de la catalogación de Patrimonio Histórico de la ciudad de La Paz y de personajes históricos. En caso de inexistencia de documentación del Mausoleo Familiar, se deberá presentar:
6. Testimonio de adjudicación del lote de terreno (original o legalizado).
7. Resolución Municipal de adjudicación de la fracción de terreno (original o fotocopia legalizada).
8. Plano de construcción debidamente aprobado por el GAMLP.

Marco legal:

• Ordenanza Municipal Nº 165/2004, artículo 29.

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