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Tuesday, May 4, 2021

Gobernación de Santa Cruz - licencia para actividades con sustancias peligrosas

 DETALLE DEL TRÁMITE

COSTO: No tiene costo

LUGAR DE ATENCIÓN: Dirección de Tierras y Calidad Ambiental

LUGAR DE PAGO: Av. Omar Chávez Esq. Pozo

DURACIÓN DEL PROCESO: 10 dias hábiles, si no se tienen observaciones

SECRETARÍA: Secretaría de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente

TEMA: Medio Ambiente

OBSERVACIÓN:
PASOS Y REQUISITOS

Toda persona natural o colectiva, pública o privada que realice actividades con sustancias peligrosas, deberá tramitar la obtención de su LASP ante la Autoridad Ambiental Competente Nacional (AACN) o Autoridad Ambiental Competente Departamental (AACD) según corresponda.

Serán consideradas sustancias peligrosas aquellas que presenten o conlleven, entre otras, las siguientes características intrínsecas: corrosividad, explosividad, inflamabilidad, patogenicidad o bioinfecciosidad, radioactividad, reactividad y toxicidad, de acuerdo a pruebas estándar.

REQUISITOS PARA OBTENER LA LICENCIA PARA ACTIVIDADES CON SUSTANCIAS PELIGROSAS (LASP)

 1. DOCUMENTOS LEGALES:

    Memorial firmado por el Representante Legal y Abogado dirigido a la Autoridad Ambiental Competente solicitando la LASP.

    Fotocopia del Actade Constitución de la Sociedad precisando el tipo de actividad(es).

    Fotocopia del Poder Suficiente otorgado por Notario de Fe Pública (Si Corresponde)

    Fotocopia del NIT.

    Fotocopia de la Cédula de Identidad del Representante Legal de la AOP

    Autorizacion de Sustancias Controladas y su Planilla de descargos presentada a Sustancias Controladas con el respectivo sello de recepción y su certificación.

    Fotocopia de afiliaciónde ASOSUR, FUNDEMPRESA, SEDES o del área al que pertenece.

    Fotocopia del permiso del INSTITUTO BOLIVIANO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA NUCLEAR (IBTEN), con relación a Sustancias Radioactivas, (si corresponde).

    Licencia de Funcionamiento.

    Manual y/o Plande Seguridad Industriale Higiene Ocupacional (Sellado por el Ministerio de Trabajo) y su certificación original de aprobación o tramite.

    Contrato de Seguro vigente, que cubra posibles daños resultante de Actividades con Sustancias Peligrosas (Art. 31 LASP.).

    Fotocopia del Plano Uso de Suelo, compatible con la actividad.

    Fotocopia actualizada de RENCA.

    Padrón Fitosanitario Nacional de Insumos Agrícolas.

    Certificado de Registro Nacional de plaguicidas, fertilizantes y sustancias afines.

 2. DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS:

    a.   Datos generales de la Actividad Obrao Proyecto (AOP).


    Nomina del personal jerárquico y curriculum vitae del personal técnico responsable de las actividades operativas con sustancias peligrosas y sus respectivas fotocopias de Cédula de Identidad.


    Organigrama en el cual se establece el grado de responsabilidad del personal jerárquico y/o responsable encargado de la manipulación, almacenamiento, uso y disposición de sustancias peligrosas. (Presentar cursos de capacitación en Seguridad Industrial, del Responsable y/o Encargado).


    Especificar actividad que realiza.


    Las normas técnicas aplicables a la manipulación, transporte, almacenamiento y a la disposición de las sustancias peligrosas.


    Hojas de Seguridad o Fichas técnicas de cada producto a utilizar.


    Listado de sustancias que se utilizan con su nombre científico (genérico), su registro en Naciones Unidas y la actividad en la que se emplea, en fisico y digital.


    Detalle del Almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas.


    Detalle del Tratamiento y disposición final de sustancias peligrosas.


    Plano de las Instalaciones y Obras Civiles, aprobados por el Gobierno Municipal respectivo.


    Fotografías panorámicas de sus extinguidores y medidas de seguridad.


    Análisis de Riesgo.


    Plan de Contingencia.


    Declaración Jurada firmada.


    RENCA


CONTENIDO MÍNIMO DE UN ANÁLISIS DE RIESGOS PARA ACTIVIDADES CON SUSTANCIAS PELIGROSAS:


 Evaluación de Riesgo


Descripción general del sitio, su medio ambiente, instalaciones, actividades, fuentes de riesgo y condiciones bajo las cuales puede ocurrir un accidente.


Descripción de sustancias peligrosas, incluyendo características físicoquímicas, toxicologicas, identificación de peligro, comportamiento físico químico bajo condiciones normales de uso.


Descripción detallada de los posibles escenarios de riesgo y su probabilidad o las condiciones bajo las cuales puede ocurrir un accidente, causas tanto internas como externas.


Evaluación de la extensión del riesgo y severidad de las consecuencia.


 Administración del Riesgo


Desarrollo y clasificación de alternativas para reducir y evitar riesgos.


Descripción de las acciones que deberían tomarse en cuenta para controlar las condiciones o eventos y limitar sus consecuencias, incluyendo una descripción de los equipos de seguridad y los recursos disponibles.


Descripción de los recursos movilizados, internos y externos: personas autorizadas para determinar los procedimientos de acción y coordinación de las medidas de mitigación dentro y fuera del sitio.


Planes para limitar los riesgos para las personas dentro y fuera del sitio incluyendo el tipo de advertencia, además de la comunicación a las autoridades para establecer la puesta en marcha de las medidas de mitigación.


Planes para entrenamiento en el trabajo, así como la coordinación necesaria con servicios de emergencia.

Control y revisión de las acciones propuestas

La Autoridad Ambiental Competente evaluará la documentación referida y enmarcada en lo dispuesto por el Reglamento para Actividades con Sustancias Peligrosas (LASP) de la Ley Nº 1333, y emitirá el criterio que corresponda en un plazo máximo de 10 días hábiles, a partir de la recepción del documento ambiental, debiendo el Representante Legal de AOP. dar respuesta a las modificaciones, complementaciones y/o enmiendas en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de su Legal Notificación según dispuesto por el Art. 9 del Decreto Supremo Nº 28492 de fecha 17/01/06.

Esta Licencia Ambiental tiene una vigencia de 10 años.

La LASP debe ser tramitada en la Instancia Ambiental donde se otorgó la Licencia Ambiental principal de la AOP, por ejemplo, si corresponde al Sector de Hidrocarburos o Minería y obtuvo su DIA, DAA o CD ante la Autoridad Ambiental Competente Nacional, deberá tramitar su LASP de igual forma ante la AACN.

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