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Sunday, May 10, 2020

GADC - Programa de Prevención y Mitigación - Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental - PPM -PASA (Sector Telecomunicaciones Categoria 3)

Continuar con el procedimiento técnico administrativo de aprobación y otorgación de la licencia ambiental, para las AOPs identificadas en el nivel de EIA de Categorías 3. Se le otorgará un Certificado de Dispensación, previa presentación y aprobación del PPM-PASA. conforme al Anexo "C - 1", adjunto al Decreto Supremo 3549.

Requisitos del trámite


Presentar el formulario del Anexo "C-1" del D.S.3549, debidamente llenado, enformato digital, una editable y otra en formato PDF, con la declaración jurada firmada por el RL y consultores RENCAs.
Contar con el Formulario del Anexo "A" aprobado por la AACD.
Carta de presentación del PPM-PASA, también será considerada como Declaración Jurada.
Cédula de Identidad del RL y 2 Consultores Ambientales.
Certificado RENCA actualizado de 2 Consultores Ambientales
Testimonio de constitución de la Sociedad y poder notariado del RL (si corresponde).
Instrumento legal de designación del Promotor (para AOPs conpromotores estatales).
Derecho propietario del predio, contrato de arrendamiento o certificación similar.
NIT de la Empresa (si corresponde).
Registrode FUNDEMPRESA (si corresponde).
Certificado de Uso de Suelo extendido por la instancia correspondiente del GAM.
Plano de diseño General de la Actividad Obra o Proyecto.
Plano o croquis de fácil ubicación, georeferenciado.
Fotografías claras que permiten una visualización adecuada.

Costo del Trámite


Trámite Gratuito

Pasos para realizar el trámite


1. El RL deberá presentar el Formulario del Anexo "C-1" de acuerdo al Artículo 4 ParágrafoIII del D.S. N° 3549 ante la AAC, relativos a las Medidas de Mitigación y Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental .

2. Cuando la AOP sea de competencia Departamental y no exista Observaciones deberá seguir el siguiente procedimiento:

a). El RL, remitirá el PPM-PASA a la Autoridad Ambiental Competente Departamental.

b). LaAutoridad Ambiental Competente Departamental en un plazo no mayor a diez (10)días hábiles emitirá la Licencia Ambiental. De existir observaciones otorgará al RL un plazo de quince (15) días hábiles por única vez, para aclaraciones,complementaciones o enmiendas.

c). Una vez subsanadas las observaciones, la AAC en un plazo no mayor a ocho (8)días hábiles emitirá la Licencia Ambiental.
Direcciones donde se realiza este trámite

Sin direcciones registradas.
Más información

Duración: 10 dias
Marco Legal:
El Programa de Prevención y Mitigación - Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental (PPM -PASA), se rige de acuerdo con Ley N° 1333 de Medio Ambiente, de 27 de abril de 1992 y Reglamentos Conexos
Decreto Supremo Nº 3549, de 02 de mayo de 2018. Que Modifica, complementa e incorpora nuevas disposiciones al Reglamento de Prevención y Control Ambiental - RPCA aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995 y el Decreto Supremo N° 28592, de 17 de enero de 2006.
Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales; del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 006 de 13 de enero de 2011.
Manual de Procedimiento para la Otorgacion de Licencias Ambientales del Gobierno Autonomo Departamental de Cochabamba, aprobado mediante R.A. N° 189/2011 de 25-07-2011

Observaciones: 1. El procedimiento técnico administrativo de aprobación y otorgación de la licencia ambiental, para las AOPs de Categorías 3, se realizará mediante la elaboración del PPM-PASA. 2. El RL conjuntamente el equipo profesional con RENCA, elaborará el PPM-PASA, correspondiente, declarando la información necesaria y cumpliendo los requisitos establecidos. Los datos reportados por el RL tendrán calidad de Declaración Jurada.
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:19

Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba - GADC

ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL

Sigla Entidad: GADC

Contacto: gobernacion@gobernaciondecochabamba.bo

Web: www.gobernaciondecochabamba.bo


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