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Saturday, May 23, 2020

Ministerio de Educación - Certificación del Certificado Acreditativo del Título Profesional de Universidades Privadas

Procesar la Certificación del Certificado Acreditativo del Título Profesional de Universidades Privadas

Requisitos del trámite


a) Certificación del Certificado Acreditativo del Título Profesional de Universidades Privadas y otros documentos emitidos por el Ministerio de Educación

1. Fotocopia de cédula de identidad.

2. Presentar en sobre manila el Certificado de Equivalencia de Notas original y la Resolución Ministerial Certificado de Equivalencia de Notas original debidamente rotulado (nombre completo, cédula de identidad y teléfono de referencia).

3. Fotocopia del Certificado de Equivalencia de Notas a certificar en blanco y negro.

4. Boleta de pago por concepto de legalización.

b) Documentos académicos emitidos por instituciones externas al Ministerio de Educación (universidades privadas)

1. Los documentos académicos originales a certificar deben llevar la firma de cualquier autoridad ejecutiva de la institución emisora (Rector/a, Vicerrector/a o Secretario/a General) actuales.

2. Los documentos académicos en fotocopias certificadas, deben llevar firma de cualquier autoridad ejecutiva de la institución emisora (Rector/a, Vicerrector/a o Secretario/a General) actuales.

NOTA. No se certifican documentos que sean fotocopias simples, escaneados, a colores y/o reducciones.

3. Boleta de pago por concepto de certificación.

4. Presentar en un sobre manila los documentos académicos debidamente rotulado (nombre completo, cédula de identidad y teléfono de referencia).

Costo del Trámite


N° Cuenta Bancaria (Banco Unión):
Monto: 100 BS
Por concepto de: Certificación

Pasos para realizar el trámite


1. Apersonarse a ventanilla de informaciones de la Plataforma de Atención al Público y solicitar la legalización o certificación (según corresponda).

2. Recibir en ventanilla de informaciones un ticket y según la numeración correlativa; dirigirse a la ventanilla de legalizaciones y presentar los requisitos.

3. Una vez revisado los documentos en ventanilla de legalizaciones, el usuario deberá dirigirse a ventanilla de venta de valores para realizar el pago según arancel por la legalización o certificación (según corresponda).

4. Presentar la boleta de pago del arancel y los documentos revisados en ventanilla de legalizaciones.

5. En ventanilla de legalizaciones se le proporcionará la contraseña del trámite, y deberá volver dentro de 24 horas para recoger el documento legalizado o certificado (según corresponda). (Si el trámite fuera en el Ministerio de Educación).

NOTA. El tiempo de duración del trámite de legalización o certificación en las oficinas regionales (Direcciones Departamentales de Educación (DDE) es de 5 días hábiles.

6. La entrega del documento legalizado o certificado (según corresponda) se realiza en la fecha indicada por ventanilla de legalizaciones presentando la contraseña del trámite y fotocopia de la cédula de identidad.

NOTA. El documento legalizado o certificado también puede ser recogido por las siguientes personas:

Esposos:

1. Fotocopia del certificado de matrimonio.

2. Fotocopia de cédula de identidad del esposo o esposa (según corresponda).

Hermanos:

1. Fotocopia de cédula de identidad del interesado.

2. Fotocopia de cédula de identidad del hermano o hermana (según corresponda).

Padres:

1. Fotocopia del certificado de nacimiento del interesado.

2. Fotocopia de cédula de identidad del padre o madre (según corresponda).

Hijos:

1. Fotocopia del certificado de nacimiento del interesado.

2. Fotocopia del certificado de nacimiento del hijo o hija (según corresponda).

Ciudadanos extranjeros:

1. Cédula de extranjero original.

2. Fotocopia de cédula de extranjero.

Otras personas:

1. Poder Legal o Carta Notariada.

2. Fotocopia de cédula de identidad.
Direcciones donde se realiza este trámite

Sin direcciones registradas.
Más información

Duración: 24 horas
Marco Legal:
Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa NB/SOA
Código Civil (Art. 1311)
Código de Procedimiento Civil (Art. 58 al 60)
Decreto Ley N° 7458 del 30 de diciembre de 1965
Ley N° 2341 del 23 de abril de 2002


Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:18

Ministerio de Educación de Bolivia - MINEDU

ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL

Sigla Entidad: MINEDU

Contacto: informacion@minedu.gob.bo

Web: www.minedu.gob.bo

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