1. Formulario Nº 0030 de solicitud de Registro de Modificaciones de Sociedades Comerciales, con carácter
de declaración jurada debidamente llenado y firmado por el representante legal de la sociedad.
2. Testimonio de escritura pública de disminución de capital y consiguiente modificación a la escritura
constitutiva y/o estatutos en original o fotocopia legalizada legible, debiendo contener la transcripción del
acta de asamblea de socios o junta de accionistas que apruebe la disminución de capital y la consiguiente
modificación a la escritura constitutiva y/o estatutos.
3. Publicación in extenso en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas, del
testimonio de la escritura pública respectiva. (Adjuntar páginas completas del periódico en que se efectúan
las publicaciones).
4. En caso de ser sociedades comerciales o comerciante individual sujetos a regulación sectorial, deben
acreditar la autorización de la Superintendencia respectiva.
5. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la sociedad comercial cuente con la
Matrícula de Comercio actualizada.
DISMINUCION DE CAPITAL DE EMPRESA UNIPERSONAL
REQUISITOS:
1. Formulario Nº 0032 de solicitud de Registro de Cambios de Empresa Unipersonal o Comerciante Individual
con carácter de declaración jurada.
2. Para efectuar el presente trámite es requisito indispensable que la empresa unipersonal cuente con la
Matrícula de Comercio actualizada.
Formulario
Descargue y llene el formulario desde su computadora.
Formulario 0030 Formulario 0032
Arancel
- Empresa Unipersonal: Bs. 140,00
- S.R.L./ Soc. Colectiva y en Comandita simple: Bs. 245,00
- S.A./S.A.M. y en Comandita por Acciones: Bs. 315,00
Siete días hábiles, computables a partir del día hábil siguiente al ingreso del trámite ante el Registro de
Comercio.
Concepto
Acto mediante el cual el propietario de una empresa unipersonal o los socios de una sociedad comercial o de una sucursal constituida en el extranjero, con ajuste a la ley y a los estatutos societarios, disminuyen su capital social o el de su(s) sucursal(es) con la finalidad de adecuar su capacidad económica.
Marco legal
Estas figuras se encuentran contempladas en el Código de Comercio, Art. 142, 204 num. 6), 209, 352, 353 y 354.
Procedimientos
Presentada la documentación requerida en Ventanilla de Atención al Cliente, ésta efectúa la constatación del cumplimiento de los requisitos exigidos, el cobro del arancel correspondiente y la emisión del código de trámite que identifica el cargo de recepción.
Ingresado el trámite, se remite en el día al Jefe de Oficina de Sede o Gerencia de Área, para el reparto al Analista Jurídico quién luego de efectuar el análisis jurídico y verificar el cumplimiento de las formalidades legales establecidas, puede efectuar el registro correspondiente o en su caso observar el trámite.
- En el primer caso, se efectúa el registro de disminución de capital y se procede a digitar las partes pertinentes de la documentación que corresponda al trámite. Luego, se procede a la digitalización de la documentación en el sistema informático y archivo físico correspondiente, pudiendo Ventanilla de Atención al Cliente extender el respectivo certificado de registro.
- En el segundo caso, se emite una nota de devolución del trámite en la que se determinan las razones por las que el mismo ha sido observado y cómo puede subsanarse; derivándose la documentación del trámite a Ventanilla de Atención al Cliente, para su devolución.
En caso de reingreso del trámite, adjuntando testimonio de aclarativa, complementación o modificación al instrumento, el Analista Jurídico debe realizar el procedimiento indicado precedentemente y en caso de proceder al registro, debe digitar en forma vinculante también los datos de dichos documentos dentro del mismo registro de la escritura aclarada, complementada o modificada.
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