¿En qué consiste?
Es la transmisión de dominio de propiedad del vehículo de un propietario a otro, a través de
un documento (factura, minuta) y perfeccionada por el testimonio a cuyo trámite final el
GAMLP emite el certificado de registro de propiedad del vehículo automotor al nuevo
propietario.
Instancia responsable:
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Administración del Padrón
Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos.
Tiempo de duración:
24 horas en el GAMLP.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
1. El trámite es personal, pero en caso de realizarlo con poder notariado vigente, éste debe
mencionar explícitamente que usted se encuentra facultado para realizar la
transferencia del vehículo automotor.
2. El nuevo propietario deberá estar empadronado en la Unidad de Administración del
Padrón Municipal de Contribuyentes, Área de Vehículos.
3. Debe tener los impuestos pagados al día.
4. No tiene que registrar gravámenes asociados para iniciar el trámite.
5. Todos los documentos a presentarse deberán entregarse en fotocopias legibles y con la
rúbrica del solicitante en cada hoja.
Requisitos:
Para iniciar su trámite
1. Documento de identidad del vendedor, vigente
2. Documento de identidad del comprador, vigente.
3. Certificado de registro de propiedad de vehículos automotores CRPVA (RUA 03).
4. Minuta de transferencia.
Persona natural
* Cédula de identidad, pasaporte o cédula de extranjero.
Persona jurídica
* Número de identificación tributaria (NIT).
* Poder notariado vigente y documento de identificación del representante legal.
Para continuar su trámite
Una vez concluido su trámite en el Organismo Operativo de Tránsito, debe volver a las
instalaciones de Vehículos, con los siguientes documentos:
1. Testimonio de compra y venta.
2. Resolución de transferencia.
3. Certificado de registro de propiedad vehículos automotores CRPVA (RUA 03).
4. Documento de identificación del comprador.
Para terminar el trámite, recojo de certificado de propiedad vehículos automotores CRPVA
(RUA 03), ver requisitos en la parte final de vehículos automotores del Manual Ciudadano
de Trámites.
Casos especiales:
Para transferencias por donación a instituciones públicas
1. Disposición legal que autorice la transferencia del vehículo.
2. Certificado de registro de propiedad vehículos automotores CRPVA (RUA 03).
3. Número de identificación tributaria (NIT) de ambas instituciones.
4. Memorándum de designación o poder notariado vigente.
5. Documento de identificación de las autoridades correspondientes.
6. Testimonio de protocolización.
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