El Programa de Regularización de Derecho Propietario sobre Vivienda (Prorevi) atiende las correcciones de datos de identidad en folios reales y procesos judiciales de regularización en casos de asentamiento registrados desde el 2008 de manera pacífica y de buena fe, según explicó el responsable legal de la entidad Dionisio Saravia.
A nivel nacional, el Prorevi estaría atendiendo en alrededor de 147 Gobiernos Municipales que fueron aprobados por el Ministerio de Planificación, de los cuales se encuentra observado también a las jurisdicciones de Alto y La Paz, detalló la autoridad en un medio local.
En el Prorevi se encuentran registrados hasta la fecha 50.875 ciudadanos, de los cuales 8.807 solicitaron mediante Derechos Reales, su corrección de datos de identidad, de los cuales 700 corresponden a la ciudad de El Alto y cerca de 1.652 a la ciudad de La Paz.
De acuerdo con el Decreto Supremo 247, artículo 10 las regularizaciones procede a bienes inmuebles urbanos destinados a viviendas, que como resultado del proceso de regularización, demuestran el cumplimiento simultaneo con los requisitos: “que tenga construcción habitada de carácter permanente destinadas a vivienda con una antigüedad no menor de cinco años antes de la promulgación de la presente ley. Posesión pública de buena fe, pacífica y continua. Que se encuentren dentro de los radios urbanos o áreas urbanas homologadas”, establece la norma.
Según el D.S., no procede la regularización del derecho propietario sobre un bien urbano en los casos en los que el detentador tenga un derecho real de uso, habitación, usufructo, o se detente el inmueble en calidad de prenda, arrendamiento, comodato, anticresis y otros similares o tenga la condición de guardia, vigilante, depositario, cuidador y proceso legal pendiente.
Los ciudadanos que realicen correcciones de datos de identidad mediante folio real emitido por Derechos Reales y que cuenten sólo con un error de identidad deben realizar un registro en la página web de Prorevi (www.prorevi.gob.bo) con los datos correctos.
Además deben presentar un certificado o resolución administrativa emitida por el servicio general de identificación personal del Segip que describa los datos personales. En caso de personas extranjeras deben presentar certificado consular y realizar la minuta de rectificación unilateral y protocolizado ante notario de fe pública (testimonio de escritura pública).
Mientras que en los casos de procesos judiciales de regularización individual, por asentamiento pacífico, el D.S. 247 establece: “para ser admitido por el juez competente se debe presentar cualquier medio de prueba que considere pertinente con el proceso de regularización que demuestre los requisitos previstos en el artículo 10 de la presente ley”.
“Declaraciones testificales de dos colindantes y/o dos vecinas (os) de inmueble en un radio no mayor de 100 metros, que acredite la posesión continua, pública, pacifica, y de buena fe del bien inmueble, por lo menos en cinco años”, señala la norma.
En la actualidad la ciudadanía alteña que demanda la modificación de sus datos de acuerdo a la Ley de Regularización de Derechos Propietario sobre bienes inmuebles urbanos destinados a vivienda, diariamente se presenta en Prorevi en la ciudad de La Paz, desde donde confirma la posibilidad de legalizar su derecho propietario.
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