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Sunday, January 5, 2014

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

5.1 La entidad convocante podrá ampliar el plazo de presentación de propuestas como máximo por diez (10) días, por única vez mediante Resolución expresa, por las siguientes causas debidamente justificadas: 
a) Enmiendas al DBC. 
b) Causas de fuerza mayor. 
c) Caso fortuito. La ampliación deberá ser realizada de manera previa a la fecha y hora establecidas para la presentación de propuestas. 
5.2 Los nuevos plazos serán publicados en el SICOES y en la Mesa de Partes de la entidad convocante y notificados a los potenciales proponentes, de acuerdo con lo establecido con el Artículo 51 de las NB-SABS. 
5.3 Cuando la ampliación sea por enmiendas al DBC, la ampliación de plazo de presentación de propuestas se incluirá en la Resolución de Aprobación del DBC.

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