Requisitos del trámite
Carta de Solicitud de Certificación de No SAO, dirigida a la Comisión Gubernamental del Ozono (CGO)
Certificado expedido por el fabricante o proveedor en el exterior, acreditando que no utilizan o contiene sustancias agotadoras del ozono (listadas en el Anexo A del PROTOCOLO DE MONTREAL)
Fotocopia de Factura Comercial o Reexpedición
Lista de Empaque (Packing List)
Certificado DPCO (Certificado de Protección a la Capa de Ozono) emitido por la Comisión Gubernamental del Ozono
Costo del Trámite
Trámite Gratuito
Pasos para realizar el trámite
El solicitante se apersona a oficinas de la Comisión Gubernamental del Ozono (CGO) presentando los requisitos documentarios
Dentro de los 10 días hábiles vuelve a las oficinas de la Comisión Gubernamental del Ozono (CGO) a recoger la Certificación de No Sustancias Agotadoras de Ozono (SAO) (en caso de ser aprobado)
NOTA
Dirección de la Comisión Gubernamental de Ozono
La Paz, Calle Cañada Strongest N°1878 Piso 2, 2146381- 2146382
Direcciones donde se realiza este trámite
Sin direcciones registradas.
Más información
Duración: 10 dias
Marco Legal:
Compendio de normativas de gestión ambiental de sustancias agotadoras de ozono
D.S. N° 27562, 9 de junio de 2004, aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental de Sustancias Agotadoras del Ozono
Ley N° 1584, 3 de agosto de 1994, aprueba la adhesión a los Convenios sobre la Capa de Ozono
Ley N° 1933, 21 de diciembre de 1998, aprueba y ratifica la adhesión a la Enmienda del protocolo de Montreal Relativo a las sustancias que Agotan la Capa de Ozono de 1987
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:18
Ministerio de Medio Ambiente y Agua - MINMAA
ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL
Sigla Entidad: MINMAA
Contacto: quinochavez@hotmail.com
Web: www.mmaya.gob.bo
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