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Tuesday, July 21, 2020

Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - Medidas cautelares para personas jurídicas.

Es una medida precautoria que busca impedir que mercancías presuntamente infractoras sean fabricadas, comercializadas o usadas en el comercio y asi evitar una posible vulneración a los derechos de propiedad industrial.

Requisitos del trámite


Escrito de solicitud de medidas cautelares
Testimonio de poder (Notaria De Fe Publica)
Prueba que considere pertinente

Costo del Trámite


Trámite Gratuito

Pasos para realizar el trámite


Presentación en Ventanilla Única del SENAPI del escrito, solicitando la aplicación de una medida cautelar, el cual debe contener toda la información respecto del local comercial, fabrica o empresa y del propietario o importador.
Debe cumplirse con todos los requisitos establecidos en el Art. 247 de la decisión 486 de la CAN.
Una vez cumplido los requisitos el SENAPI en el plazo de 3 días dictara una Resolución Administrativa concediendo o no la medida cautelar.
Esta resolución puede ser impugnada por las partes en el plazo de 10 días a través de un recurso de revocatoria.
Dictada la resolución de revocatoria en el plazo de 20 días, esta puede ser impugnada a través de un recurso jerárquico, el cual deberá ser presentado dentro los 10 días de ser notificado con la Resolución de Revocatoria.
Direcciones donde se realiza este trámite

Sin direcciones registradas.
Más información

Duración: 15 dias
Marco Legal:
Decisión de la CAN N° 486 (Régimen Común sobre Propiedad Industrial). - .
Reglamento de Procedimiento Interno de las Acciones de Infracción. - .
Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo. - .
D.S. N° 27113 Reglamento de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo. - .


Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:19

Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - SENAPI

ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL

Sigla Entidad: SENAPI

Contacto: trilogianet@gmail.com; EdnaRivas@gmail.com

Web: http://senapi.gob.bo


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