Requisitos del trámite
REQUISITOS PARA LA REVISIÓN Y/O APROBACIÓN DE ETIQUETAS DE SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS DE CONSUMO HUMANO
La persona natural o jurídica que deseen revisión y/o aprobación de etiquetas de suplementos alimenticios de consumo humano, deberá aproximarse a la oficina respectiva de la Jefatura Distrital del SENASAG presentando un expediente que contenga los siguientes documentos:
a). Requisitos Generales
1. Carta de solicitud de aprobación de etiquetas (se recomienda utilizar el formato establecido).
2. Copia del NIT.
3. Formulario de solicitud de aprobación de modelo de etiqueta (Formulario UIA-REGSOL-003)
4. Declaración Jurada (FormularioUIA-INSPETRL-DJUR-001)
5. Modelo de la etiqueta (Debe ser el mismo que se utilizará para su comercialización), deberá presentar el modelo por producto y si existiesen varias presentaciones deberá adjuntar cada una de ellas, así mismo cuando se tengan etiquetas de selección múltiple deberá adjuntar la misma, por cada uno de los productos a seleccionar, podrá presentarse el modelo de etiqueta en formato electrónico de acuerdo a los criterios establecidos o en formato Físico.
6. Copia del certificado Sanitario de origen (en caso de productos importados).
b) Requisitos específicos (según corresponda)
7. Certificado de conformidad sobre el etiquetado nutricional y sistema grafico emitido por el Ministerio de Salud.
8. Certificado de producto orgánico emitido por la autoridad competente (En caso de declarar como producto orgánico, ecológico o biológico).
9. Certificación de premios o reconocimientos que sean declarados en la etiqueta.
10. Para suplementos alimenticios y/o alimentos para régimen especial, deberán presentar además los respaldos necesarios (Fichas técnicas, etc.).
11. En el caso de productos que sean, contengan o deriven de OGM's, deberá adjuntar los documentos respaldatorios que avalen tal estado.
12. Para aditivos alimentarios deberá presentar la Ficha técnica.
Los documentos deberán ser presentados en fólder Amarillo rotulado con el nombre de la empresa postulante, persona de contacto y el teléfono, en doble ejemplar.
Tasas Aplicables R.S.Área de Inocuidad Alimentaria
TASA APLICABLE.- Según el anexo de la Ley 830, en el punto 1.2. Inocuidad Alimentaria, N° de servicio 21 se detalla:
Para Evaluación y Aprobación del contenido de información de suplementos alimenticios, por cada etiqueta de alimentos encualquier idioma.
Costo del Trámite
N° Cuenta Bancaria (Banco Unión): 1-1053094
Monto: 100 BS
Por concepto de: EMISIÓN
Pasos para realizar el trámite
1. Recepción y verificación de documentos en el expediente
2. Evaluación de etiquetas
3. Registro de datos en el sistema
4. Emisión de documento de revisión o Aprobación de etiquetas e Impresión
Direcciones donde se realiza este trámite
Sin direcciones registradas.
Más información
Duración: 10 dias
Marco Legal:
Ley 2061, Ley 830, D.S. 26510, NB:314001 y R.A. 140/2017
Observaciones: Respecto al tiempo de evaluación de etiquetas: "De 1 a 10 etiquetas, en 5 días hábiles luego del cumplimiento total de los requisitos. De 10 a 50 etiquetas, en 10 días hábiles luego del cumplimiento de los requisitos. De 50 a 100, en 15 días hábiles. De 100 para arriba, en 20 días hábiles."
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:19
Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria - SENASAG
ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL
Sigla Entidad: SENASAG
Contacto: yerikoark@gmail.com
Web: http://www.senasag.gob.bo
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