MODIFICACIONES AL CONTRATO
El contrato podrá ser modificado mediante Contrato Modificatorio, cuando la modificación a
ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato, sin dar lugar al incremento
de los precios unitarios. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que
sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
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