Con la Ley Municipal de Catastro, aprobada ayer y que será promulgada en 10 días por el alcalde Luis Revilla, el ciudadano realizará el trámite en 10 días; además el documento será observado sólo una vez y no así dos o tres.
"La ley va a permitir que las subalcaldías otorguen el catastro, ya que nuestra base de datos tendrá el respaldo jurídico”, dijo la concejala Gabriela Niño de Guzmán, como otra de las ventajas de la Ley de Catastro.
Niño de Guzmán argumentó que la Alcaldía cumple con las previsiones y el mandato de la Constitución Política del Estado (CPE) en la Ley Marco de Autonomías, que estable que es competencia de gobiernos municipales el registrar y administrar el catastro.
La ley trabajará en dos aspectos, en el ordenamiento dentro del municipio al dar el valor jurídico a la base de datos georreferenciales y el procedimiento para el otorgamiento del catastro, que incluye los requisitos y los plazos, refirió la concejala.
Niño de Guzmán aclaró que el catastro no da derecho propietario, "es un documento de orden técnico que identifica el lugar exacto donde está un predio, eso es el catastro; y la superficie de un terreno, si hubiera uno, daría las características y el volumen de la construcción”.
Otro elemento importante, además de la descentralización del trámite en las subalcaldías, es que, si antes el ciudadano contrataba los oficios de un topógrafo, con la aplicación de la ley la Alcaldía dotará de un funcionario municipal para este trabajo.
"En muchos casos las familias de laderas no tienen dinero para contratar profesionales, por lo que la Alcaldía destinará a funcionarios para que hagan el levantamiento topográfico a costos menores”, explicó.
Según Niño de Guzmán, esta ley también establece márgenes de tolerancia respecto a la medición del predio, ya que en su momento se lo realizaba con una cinta métrica, lo que ahora no sucede porque hay nuevos equipos.
Lo anterior, al igual que la importancia de los nombres de las calles, era un requisito que prolongaba el trámite de catastro. "Ahora ya no nos interesa, sino la ubicación georreferencial”, señaló la concejala, quien espera que la ley se promulgue en 10 días.
Otros beneficios
Trámites La entrega de certificados catastrales será en subalcaldías.
Observación Con la ley, el trámite del catastro sólo tendrá una observación.
Requisito Para tener el catastro uno debe tener el documento derecho propietario.
Ventaja Si uno no cuenta con el documento de derecho propietario, con la ley se entregará un certificado catastral provisional para el trámite.
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