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Sunday, August 30, 2020

SENASAG - AUTORIZACIÓN ZOOSANITARIA PARA TÉCNICA, PRUEBA, ENSAYO O ESTUDIO PARA LOS LABORATORIOS QUE REALIZAN CONTROL DE CALIDAD A PRODUCTO DE USO VETERINARIO

Objetivo para la Autorización zoosanitaria para técnica, prueba, ensayo o estudio para los laboratorios que realizan control de calidad a producto de uso veterinario, es garantizar la competencia técnica y la fiabilidad de los resultados de laboratorio.


Requisitos del trámite
Requisitos documentales

a. Carta de solicitud de Acreditación de análisis/ensayo dirigida a la Jefatura Distrital de su jurisdicción, firmada por el propietario o representante legal.

b. Detalle de provisión de agua y desagües (Escala 1:100).Si algún documento fue actualizado adjuntar a la documentación a presentar.

c. Certificado de Acreditación ante el SENASAG del Responsable Técnico.

d. Documentos de gestión y técnicos referidos a los análisis/ensayos solicitados a acreditar conforme a la norma NB/ISO/IEC 17025 (en medio físico o magnético).

e. Formulario de liquidación de pago.

f. Comprobante de pago del servicio.

i. Requisitos de Gestión de Calidad

Requisitos Técnicos

(Implementar)

Requisitos para pruebas experimentales en animales vivos (infraestructuras) BIOTERIO.

(implementar)

*El Laboratorio Registrado que no concluya con la Acreditación de sus análisis/ensayos NO podrá realizar análisis/ensayos de carácter oficial para el Servicio sanitario Oficial SENASAG.



Costo del Trámite
N° Cuenta Bancaria (Banco Unión): 1-1053094
Monto: 949 BS
Por concepto de:



Pasos para realizar el trámite
1.- Toda documentación de solicitud será revisada por el Área de Registro y Certificación Zoosanitaria de la Jefatura Distrital del Senasag.

2.- Si la documentación se encuentra incompleta, el Área de Registro y Certificación Zoosanitaria y Área Jurídica de la Distrital, comunicara al laboratorio postulante la información y/o documentación faltante y se definirá un plazo para su presentación de 5 días.

3.- Ante el incumplimiento al plazo concedido, el servicio devolverá toda la documentación.

4.- Los postulantes podrán ingresar su solicitud nuevamente sin una nueva liquidación siempre que adjunte el formulario de liquidación de la primera solicitud el cual debe ser de la misma gestión.

5.- La Documentación completa, será enviada por el área de registro zoosanitaria a la comisión de evaluación.

6.- La comisión de evaluación realizara la revisión documental y evaluación in situ, y emitirá un informe de aprobación o rechazo en un plazo no mayor a los 15 días hábiles.

7.- La comisión de evaluación revisara el plan de acciones en un plazo de 5 días hábiles. Las evidencias podrán ser solicitadas conforme a lo programado al plan de acciones.

8.- El cumplimiento de plan acciones será verificado en las evaluaciones de seguimiento según programación del Unidad Nacional de laboratorios

9.-Las solicitudes para la emisión del Registro de los Laboratorios de Diagnóstico de Enfermedades Animales y laboratorios de control de calidad serán procesadas en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la presentación de la solicitud por parte del interesado.



Direcciones donde se realiza este trámite
Sin direcciones registradas.


Más información
Duración: 45 dias
Marco Legal:
Ley 830
Reglamento General de Sanidad Animal

Observaciones: Resolucion Administrativa N° 128/2007 (Reglamento para la Acreditacion y Registro de Laboratorios de Diagnostico de Enfermedades Animales y Laboratorios de Control de Calidad a Productos de Uso Veterinario 2007)
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:18

Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria - SENASAG
ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL

Sigla Entidad: SENASAG

Contacto: yerikoark@gmail.com

Web: http://www.senasag.gob.bo


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