Requisitos del trámite
REQUISITOS PARA LA OBTENCION O RENOVACION DE REGISTRO SANITARIO DE EMPRESAS PROCESADORAS DEL RUBRO ALIMENTICIO Y HABILITACIÓN DE LINEA DE PRODUCTOSLa persona natural o jurídica que deseen obtener o renovar su certificado de “Registro Sanitario”, y habilitar de línea de productos deberá aproximarse a la oficina respectiva de la Jefatura Distrital del SENASAG presentando un expediente que contenga los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud (se recomienda utilizar el formato establecido).
2. Fotocopia del NIT.
3. Formulario de Solicitud y Formulario de relación de ingredientes y aditivos a utilizar debidamente llenado.
4. Carta o Certificado de Aprobación de Etiquetas según el formato vigente, si aplicase, por única vez la Carta de Revisión de etiquetas junto con el Formulario de Uso de Stock sobre las etiquetas observadas de los productos.
5. Flujograma de proceso por grupo de productos.
6. Croquis de distribución de ambientes de la planta, de acuerdo al formato establecido.
7. Croquis de ubicación de la planta, de acuerdo al formato establecido.
8. Memoria Descriptiva del proceso utilizado para el tratamiento del agua. (Solo para empresas dedicadas a la elaboración, transformación y/o embotellado de agua y bebidas).
9. Copia del Certificado de R.S. SENASAG vigente del proveedor del producto de origen nacional o de importación además de una carta o cualquier otro documento que acredite el aprovisionamiento de la materia prima o productos. (Solo para el caso de que la empresa procesadora fraccione algunos productos).
En casos excepcionales y dependiendo de la naturaleza y origen del producto (Productos locales de origen agrícola sin procesar) se aceptaran los resultados de los análisis fisicoquímicos y/o microbiológicos de las muestras correspondientes a estos productos a ser fraccionados, que serán tomadas por técnicos del SENASAG; al momento de la inspección, las cuales deberán ser previamente autorizadas por el Responsable del Área.
10. Copia del certificado Sanitario de Origen del producto a importar y/o los resultados de los análisis fisicoquímico y microbiológico del producto (s) a ser importado (s) emitidos por un laboratorio oficial si amerita en el caso de aditivos y auxiliares alimenticios deberá presentar también la ficha técnica de los productos a registrar, en la cual se debe especificar el uso previsto. (Solo para empresa procesadora que importe sus materias primas o insumos).
11. Copia de la documentación que acredite que la materia prima y la empresa cuentan con la certificación emitida por Organismo de Certificación (De tercera parte o a través de los Sistemas Participativos de Garantía) registrado ante el Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica del SENASAG, que respalde que los productos con tal denominación responden a ese sistema de producción. (Solo para empresas que elaboran productos bajo la denominación de ecológico, orgánico o biológico).
12. Copia de Certificado de registro Sanitario SENASAG del proveedor de materia prima (carne y alcohol respectivamente) y carta o cualquier otro documento que acredite el aprovisionamiento de la misma. (Solo para empresas procesadoras de cárnicos y derivados y/o de Bebidas Alcohólicas).
Los documentos deberán ser presentados en fólder Amarillo rotulado con el nombre de la empresa postulante, persona de contacto y el teléfono, en doble ejemplar.
Tasas Aplicables R.S.Área de Inocuidad Alimentaria
TASA ADMINISTRATIVA DE REGISTRO.- Según el anexo de la Ley 830, en el punto 1.2.Inocuidad Alimentaria, N° de servicio 1 se detalla “Registro sanitario deempresas: procesadoras de alimentos, cámaras frigoríficas, cámaras demaduración de productos vegetales y empresas fraccionadoras de alimentos ybebidas. (Evaluación documental, registro en sistema y emisión del certificadode registro: registro sanitario de empresas: procesadoras de alimentos, cámarasfrigoríficas, cámaras de maduración de productos vegetales y empresasfraccionadoras de alimentos y bebidas:
N° Servicio 1.a “Categoría Industrial”
TASA DE HABILITACIÓN DE LINEA DE PRODUCTOS:
Según el anexo de la Ley 830, en el punto 1.2. Inocuidad Alimentaria, N° de servicio 2 se detalla:
A: Habilitación, inspección y fiscalización delínea (grupo) de productos con nivel de alto riesgo o altamente perecibles A1 oA2 correspondientes al registro sanitario de procesadoras de alimentos, cámarasfrigoríficas, cámaras de maduración de productos vegetales y fraccionadoras(cárnicos y derivados, aves y derivados, pescados y mariscos, leche yderivados, y huevos entre otros):
N° Servicio 2.a “Categoría Industrial”
Por tanto el Pago de la Tasa por el servicio será:
MONTO TOTAL A CANCELAR =TASA ADMINISTRATIVA + (TASA HABILITACION DE LINEA * Nº DE LINEAS)
Es importante mencionar que la habilitación de Líneapuede contener uno como varios productos, independientemente de la cantidad, latasa es aplicable a la establecida por Línea.
REQUISITOS PARA HABILITACIÓN DE LINEA CUANDO SE TIENE EL REGISTRO SANITARIO DE EMPRESAS PROCESADORAS DEL RUBRO ALIMENTICIO VIGENTE
La persona natural o jurídica que deseen habilitar una nueva línea de productos deberá aproximarse a la oficina respectiva de la Jefatura Distrital del SENASAG presentando un expediente que contenga los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud (se recomienda utilizar el formato establecido).
2. Formulario de Solicitud y Formulario de relación de ingredientes y aditivos a utilizar debidamente llenado.
3. Carta o Certificado de Aprobación de Etiquetas según el formato vigente, si aplicase, por única vez la Carta de Revisión de etiquetas junto con el Formulario de Uso de Stock sobre las etiquetas observadas de los productos.
5. Flujograma de proceso por grupo de productos.
6. Croquis de distribución de ambientes de la planta, de acuerdo al formato establecido. (Si aplica)
7. Croquis de ubicación de la planta, de acuerdo al formato establecido. (Si aplica)
8. Memoria Descriptiva del proceso utilizado para el tratamiento del agua. (Solo para empresas dedicadas a la elaboración, transformación y/o embotellado de agua y bebidas).
9. Copia del Certificado de R.S. SENASAG vigente del proveedor del producto de origen nacional o de importación además de una carta o cualquier otro documento que acredite el aprovisionamiento de la materia prima o productos. (Solo para el caso de que la empresa procesadora fraccione algunos productos).
En casos excepcionales y dependiendo de la naturaleza y origen del producto (Productos locales de origen agrícola sin procesar) se aceptaran los resultados de los análisis fisicoquímicos y/o microbiológicos de las muestras correspondientes a estos productos a ser fraccionados, que serán tomadas por técnicos del SENASAG; al momento de la inspección, las cuales deberán ser previamente autorizadas por el Responsable del Área.
10. Copia del certificado Sanitario de Origen del producto a importar y/o los resultados de los análisis fisicoquímico y microbiológico del producto (s) a ser importado (s) emitidos por un laboratorio oficial si amerita en el caso de aditivos y auxiliares alimenticios deberá presentar también la ficha técnica de los productos a registrar, en la cual se debe especificar el uso previsto. (Solo para empresa procesadora que importe sus materias primas o insumos).
11. Copia de la documentación que acredite que la materia prima y la empresa cuentan con la certificación emitida por Organismo de Certificación (De tercera parte o a través de los Sistemas Participativos de Garantía) registrado ante el Sistema Nacional de Control de la Producción Ecológica del SENASAG, que respalde que los productos con tal denominación responden a ese sistema de producción. (Solo para empresas que elaboran productos bajo la denominación de ecológico, orgánico o biológico).
12. Copia de Certificado de registro Sanitario SENASAG del proveedor de materia prima (carne y alcohol respectivamente) y carta o cualquier otro documento que acredite el aprovisionamiento de la misma. (Solo para empresas procesadoras de cárnicos y derivados y/o de Bebidas Alcohólicas).
Los documentos deberán ser presentados en fólderAmarillo rotulado con el nombre de la empresa postulante, persona de contacto yel teléfono, en doble ejemplar.
Tasas Aplicables R.S. Área de Inocuidad Alimentaria
TASA DE HABILITACIÓN DE LINEA DE PRODUCTOS:
Según el anexo de la Ley 830, en el punto 1.2.Inocuidad Alimentaria, N° de servicio 2 se detalla:
A: Habilitación, inspección y fiscalización de línea (grupo) de productos con nivel de alto riesgo o altamente perecibles A1 oA2 correspondientes al registro sanitario de procesadoras de alimentos, cámaras frigoríficas, cámaras de maduración de productos vegetales y fraccionadoras (cárnicos y derivados, aves y derivados, pescados y mariscos, leche y derivados, y huevos entre otros):
N° Servicio 2.a “Categoría Industrial”
Por tanto el Pago de la Tasa por el servicio será:
MONTO TOTAL A CANCELAR =TASA HABILITACION DE LINEA * Nº DE LINEAS
Es importante mencionar que la habilitación de Línea puede contener uno como varios productos, independientemente de la cantidad, la tasa es aplicable a la establecida por Línea.
Costo del Trámite
N° Cuenta Bancaria (Banco Unión): 1-1053094Monto: 4885 BS
Por concepto de: EMISIÓN
Pasos para realizar el trámite
1. Recepción del expediente2. Evaluación documental del expediente
3. Inspección de BPM y toma de muestra
4. Recepción de resultados de laboratorio o plan de adecuación
5. Elaboración de Informe técnico
6. Elaboración de Dictamen
7. Registro de datos en el sistema
8. Aprobación e Impresión de R.S.
Direcciones donde se realiza este trámite
Sin direcciones registradas.
Más información
Duración: 25 dias
Marco Legal:
Ley 2061, Ley 830 y R.A. 143/2017
Observaciones: Este servicio necesariamente debe acompañar al proceso de obtención o renovación de registro sanitario, Tambien podrá habilitar una línea de productos siempre que el registro sanitario se encuentra vigente.
Última actualización de la Información: 10/09/2019 12:19
Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria - SENASAG
ESTE TRÁMITE ES PRESENCIAL
Sigla Entidad: SENASAG
Contacto: yerikoark@gmail.com
Web: http://www.senasag.gob.bo
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